Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

de Defensa y a sus Organos de Ejecucion (Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea) a realizar actos de administracion y disposicion, a titulo oneroso, de los inmuebles de su propiedad que no resulten necesarios para el cumplimiento de su finalidad o no se encuentren considerados en sus planes estrategicos, destinando los recursos que se obtengan para fines de bienestar de su personal; considerando asimismo, por excepcion la disposicion de bienes necesarios para fines de Defensa Nacional, especialmente los ubicados en areas urbanas que almacenen materiales que representen un riesgo para la poblacion; Que, en merito a la citada Ley, el Ejercito del Peru mediante Oficio Nº 774 T-12.j.2/10.00, de fecha 9 de MORDAZA de 2009, solicito se realicen las gestiones para la transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru del terreno de 296 573,87 m2, ubicado en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 11131551 del Registro de Predios de MORDAZA, el cual integro un predio de mayor extension denominado "Cuartel MORDAZA MORDAZA Salaverry", afectado en uso a favor de la Tercera Region Militar de MORDAZA, en merito a la Resolucion Directoral Regional Nº 055-91-GRA/ SRAS-DRV, de fecha 11 de MORDAZA de 1991; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 004/T-12.j.2/10.00, de fecha 18 de marzo de 2010, el Ejercito ha determinado que el citado terreno sera destinado a la realizacion de actos de administracion y/o disposicion a titulo oneroso, con la finalidad de generar recursos economicos en beneficio de dicho Instituto Armado y su personal; Que, el articulo 1 del Reglamento de la Ley Nº 29006, establece que la desafectacion y transferencia de los inmuebles que tengan un area de extension mayor a diez (10) hectareas, seran aprobados por Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar la desafectacion y la transferencia en propiedad del terreno materia del presente caso, a favor del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29006 y Decreto Supremo Nº 021-2007-DE/SG;

Articulo 1º.- Disponer la extincion de la afectacion en uso por desafectacion del terreno de 296 573,87 m2, ubicado en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 11131551 del Registro de Predios de MORDAZA, el cual integro un predio de mayor extension denominado "Cuartel MORDAZA MORDAZA Salaverry", afectado en uso de favor de la Tercera Region Militar de MORDAZA, en merito a la Resolucion Directoral Regional Nº 055-91-GRA/SRAS-DRV, de fecha 11 de MORDAZA de 1991. Articulo 2º.- Transferir en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, el terreno referido en el articulo 1º de la presente Resolucion, para ser destinado a la realizacion de actos de administracion y/o disposicion a titulo oneroso con la finalidad de generar recursos economicos en beneficio de dicho Instituto Armado y su personal. Articulo 3º.- La MORDAZA Registral correspondiente del Registro de Predios de MORDAZA, por el merito de la presente Resolucion procedera a efectuar las acciones necesarias para la inscripcion de los actos dispuestos en la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposicion, con o sin anexos, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete o cd rom con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar, si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. LA DIRECCION

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