Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

las Reservas Matematicas de los Seguros de Rentas Vitalicias sobre la base del Calce entre las Operaciones Activas y Pasivas de las Empresas de Seguros, aprobado por Resolucion SBS N°0562-2002, segun los terminos siguientes: "Definiciones Articulo 2º.- Para efectos de lo dispuesto en la presente MORDAZA los siguientes conceptos se entenderan referidos a: ... t) Cartera run-off.- Conformada por los contratos de seguro contraidos en dolares nominales que se encuentran en MORDAZA de liquidacion hasta que toda la responsabilidad referida al pago de pensiones concluya". "Activos elegibles para calce

requiera, las "Tablas de Desarrollo" o Cronogramas de Pago para la determinacion del flujo total MORDAZA mencionado. Los flujos de los activos elegibles para el calce, determinados de conformidad con el Anexo N° 3 del presente Reglamento, deberan ser ajustados en la misma proporcion en la que es ajustado el valor final del instrumento que origina los flujos, por la provision establecida de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de clasificacion y valorizacion de las inversiones de las empresas de seguros, aprobado mediante la Resolucion SBS N° 513-2009. Del mismo modo, la Superintendencia podra requerir modificaciones en los flujos de los activos, determinados de conformidad con el Anexo N°3 del presente Reglamento, cuando considere que se presentan situaciones de sobreestimacion o se presente incertidumbre respecto a su recuperacion". "Pasivos Elegibles para el Calce

Articulo 4º.- Se consideran activos elegibles para el calce a aquellos instrumentos representativos de deuda que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de las inversiones elegibles de las empresas de seguros, aprobado mediante la Resolucion SBS N° 039-2002, para ser considerados como una inversion elegible. Son activos elegibles para el calce los siguientes instrumentos: a) Instrumentos representativos de deuda de renta fija indexados en soles, que MORDAZA emitidos en serie: Se consideran aquellos instrumentos indexados por el Indice de Precios al Consumidor (IPC) o de Valor de Actualizacion MORDAZA (VAC); b) Instrumentos representativos de deuda de renta fija en soles, que MORDAZA emitidos en serie; c) Instrumentos representativos de deuda de renta fija en dolares, que MORDAZA emitidos en serie; d) Instrumentos representativos de deuda de renta variable en dolares, en soles y en soles indexados, que MORDAZA emitidos en serie: En este MORDAZA de instrumentos, solo se considera elegible el flujo predeterminable y fijo generado por la amortizacion del principal y/o de los intereses. Asimismo, se podran considerar aquellos flujos que cumplan MORDAZA condiciones (predeterminable y fijo) que se generen mediante la utilizacion de instrumentos financieros derivados, siempre que se cuente con autorizacion previa de la Superintendencia; y, e) Otros activos autorizados por la Superintendencia. Los activos elegibles para el calce deberan respaldar en todo momento las Reservas Tecnicas Matematicas Previsionales, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de las inversiones elegibles de las empresas de seguros, y en concordancia con lo reportado en el Anexo N° S-2 "Inversiones Elegibles" de este ultimo Reglamento. Asimismo, en el caso que los activos elegibles para el calce descritos anteriormente cuenten con alguna opcion de prepago por parte del emisor, se debera tomar en consideracion ademas lo siguiente: a) Instrumentos representativos de deuda con opcion de compra "make-whole": Puede ser utilizado para el calce, el flujo total generado por la amortizacion del principal y/o intereses. b) Instrumentos representativos de deuda con opcion de compra "de precio fijo": Puede ser utilizado para el calce, unicamente el flujo preestimado generado por los intereses y/o la amortizacion del principal, es decir, aquel flujo que se genere MORDAZA de y hasta la fecha en que la opcion de compra se active. El flujo posterior a dicha fecha, generado por los intereses y/ o la amortizacion o pago del principal, no podra ser utilizado para el calce. Para determinar el flujo total de los activos elegibles para el calce se utilizaran las tecnicas y convenciones financieras de uso habitual en el MORDAZA y las caracteristicas propias de dichos activos incluidas en sus respectivos contratos. Adicionalmente, las empresas pondran a disposicion de la Superintendencia, cuando esta lo

Articulo 5°.- Se consideran pasivos elegibles para el calce, tanto para el calculo de las reservas matematicas senaladas en el capitulo III como para la determinacion de los indices de cobertura de pasivos senalados en el articulo 7° de la presente MORDAZA, a aquellos pasivos de seguros generados en contratos que cumplan con las siguientes condiciones: a) La poliza corresponda a un seguro de renta vitalicia asociada al Sistema Privado de Pensiones; b) Los beneficios correspondan a montos preestablecidos en soles indexados y/o reajustados o dolares reajustados a una tasa fija anual conforme senala el articulo 105° del Decreto Supremo N°1042010-EF. Se incluye los beneficios en dolares nominales correspondientes a la cartera run ­off". c) La prima se encuentre totalmente pagada. Para determinar los flujos de pasivos elegibles para el calce, se deben considerar las probabilidades de que dichos flujos lleguen a ser cobrados por los respectivos asegurados o sus beneficiarios, si corresponde, en el periodo de cobertura de la poliza. La metodologia a ser aplicada para estimar dichos flujos debe ser la que se encuentra establecida en la Resolucion SBS N° 309-93 del 18 de junio de 1993. La Superintendencia podra incorporar otros pasivos de seguros cuando lo considere pertinente". "Parametros predefinidos Articulo 8º.- Para efectos de la determinacion de la reserva matematica de las polizas incorporadas al sistema de calce se considerara como valores para el factor de seguridad y la tasa de anclaje, porcentajes equivalentes al ochenta por ciento (80%) y al tres por ciento (3%), respectivamente. Estos parametros se emplearan para el calculo de la reserva matematica de polizas expresadas en soles indexados o reajustados a una tasa fija anual y, en dolares nominales (cartera run ­off) y/o reajustados a una tasa fija anual". "Reserva Matematica Financiera Articulo 9°.- La Reserva Matematica Financiera sera la suma del valor presente de los flujos de cada una de las polizas de seguros elegibles de conformidad con lo indicado en el articulo 5º de la presente norma. Para tal efecto, se emplearan los factores de descuento que resulten del promedio ponderado del factor de descuento empleando la tasa de MORDAZA al momento de entrada en vigencia de cada poliza y del correspondiente a la tasa de anclaje, ponderados por el factor de seguridad y los indices de cobertura de pasivos del mes de calculo correspondiente a cada banda temporal, de acuerdo a lo senalado en el Anexo Nº 2 de la presente norma. Cuando se requiera la actualizacion de la reserva matematica financiera se mantendran la tasa de anclaje, el factor de seguridad y la tasa de MORDAZA correspondientes al momento de entrada en vigencia de la poliza, empleando los indices de cobertura de pasivos de cada banda temporal correspondientes a la fecha de recalculo.

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