Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2011 (03/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, con escrito de visto de fecha 28 de setiembre de 2010, EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A. solicito la renovacion de la Resolucion Viceministerial N° 4562006-MTC/03, en el extremo que renovo la autorizacion que le fue otorgada para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 61° de la Ley General del Sistema Concursal ­ Ley N° 27809, numeral 61.2, habiendo optado la Junta de Acreedores por el regimen de administracion temporal del deudor por un Administrador inscrito ante la Comision, "(...) la administracion designada sustituira de pleno derecho en sus facultades legales y estatutarias a los directores, gerentes, representantes legales y apoderados del deudor, sin reserva ni limitacion alguna, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos"; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 63° de la citada Ley, durante el MORDAZA de reestructuracion queda en suspenso la competencia de la Junta General de Accionistas, cuyas funciones seran asumidas por la Junta; Que, en ese sentido, siendo que EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., se encuentra en reestructuracion patrimonial y que la Junta de Acreedores ha decidido por la administracion de la empresa deudora por un Administrador inscrito ante la Comision, la empresa denominada CORPORACION PERUANA DE CONSULTORIA S.A. ­ CORPECON S.A., han quedado suspendidos la administracion de la empresa por parte de los accionistas, directores, gerentes, representante legal y apoderados; asumiendo las facultades legales; Que, mediante Memorandum N° 769-2011-MTC/29, del 01 de marzo de 2011, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones remite y hace MORDAZA el Informe N° 817-2011-MTC/29.02, del 22 de febrero de 2010, mediante el cual la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada a la mencionada estacion el dia 22 de diciembre de 2010, concluyendo que opera con las caracteristicas tecnicas autorizadas y que cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, se ha verificado que EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A. y CORPORACION DE CONSULTORIA S.A. CORPECON S.A., empresa designada Administradora por la Junta de Acreedores, no se encuentran comprendidos en alguna de las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23° de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la renovacion de la autorizacion solicitada, segun declaraciones juradas presentadas, las mismas que se encuentran sujetas a fiscalizacion posterior. Asimismo, se ha verificado que ha presentado los requisitos establecidos en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio - MORDAZA, para que proceda la renovacion de la autorizacion; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion por television en la banda VHF, para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial N° 330-2005-MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial N° 746-2008-MTC/03, se advierte que dentro de la localidad denominada Chiclayo, se incluye al distrito y provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Directoral N° 3188-2010-MTC/28; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 1332-2011MTC/28, considera que procede otorgar a EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., la renovacion de la Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03, en el extremo que renovo la autorizacion que le fue otorgada para operar una estacion radiodifusora en VHF, en la localidad de Chiclayo, departamento de MORDAZA toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para la renovacion de la autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley N° 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television,

aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 0082002-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., la renovacion de la Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03, en el extremo que renovo la autorizacion para que la citada empresa continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad Chiclayo, departamento de Lambayeque. Articulo 2°.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial N° 4562006-MTC/03, en consecuencia, vencera el 17 de octubre de 2020. Articulo 3°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente a los derechos de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4°.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 646961-1

Aprueban transferencia y reconocen a la Empresa Radiodifusora 1160 S.A. como titular de autorizacion otorgada mediante R.VM. Nº 891-2007-MTC/03
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 463-2011-MTC/03 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2011 VISTA, la solicitud de registro N° 2010-053048_2, del 22 de diciembre de 2010, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre aprobacion para transferir una autorizacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Cieneguilla, departamento de MORDAZA, a favor de EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A.; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial N° 891-2007MTC/03, del 12 de noviembre de 2007, notificada el 14 de noviembre de 2007, se otorgo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, para prestar el servicio de radiodifusion

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