Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2012 (27/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 27 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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POR CUANTO El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II y del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades-Ley Nº 27972- los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales a traves de ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir o exonerar de los arbitrios, tasa, licencias, derechos y contribuciones, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 220 -2011VIVIENDA se aprueba los valores unitarios oficiales de edificacion para la Costa, MORDAZA y MORDAZA asi como por Resolucion Ministerial Nº 218 -2011-VIVIENDA se aprueba los planos basicos arancelarios de los distritos de la Provincia de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao, vigentes a la fecha; Que, con Decreto Supremo Nº 233-2011-EF, el Ministerio de Economia y Finanzas determina el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en S/. 3650.00 (Tres mil Seiscientos Cincuenta Nuevos Soles), para el ano 2012; Que el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a establecer un monto minimo a pagar por concepto de impuesto equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 1º de enero del ano al que corresponde el impuesto, para el caso, segun determina el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en S/. 3650.00 (Tres mil Seiscientos Cincuenta Nuevos Soles) para el ano 2012. Que, por ultimo la cuarta disposicion final del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, no mas de 0.4% de la UIT vigente al 1º de enero de cada ejercicio; Que estando a lo expuesto al informe Nº 298-2012 GAJ-MDCH, mediante el cual, la Gerencia de Asesoria Juridica expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el inciso 8) del Articulo 9º , concordante con el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa de lectura y aprobacion del acta por Unanimidad aprobo, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO Y DE VENCIMIENTO DE PAGO POR EL IMPUESTO PREDIAL 2012 Articulo Primero.- Aprobar la emision mecanizada de las declaraciones juradas del impuesto predial correspondiente al ano fiscal 2012. Articulo Segundo.DETERMINACION DE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE DECLARACIONES JURADAS Y DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO TRIBUTARIO 2012. Determinese en S/. 8.00 ( Ocho Nuevos Soles) el monto por concepto de derecho de emision mecanizada

de actualizacion de declaracion jurada y determinacion del impuesto predial del ano fiscal 2012, el cual se abonara conjuntamente con el pago fraccionado, asimismo en caso de predios adicionales, se abonara S/. 0.72 (72/100 Nuevos Soles), por cada predio adicional (PU). Articulo Tercero.- DETERMINACION DE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 2012. Establecer como fecha de vencimiento del pago del Impuesto Predial del ejercicio 2012: a) Al contado hasta el ultimo de dia habil de febrero del 2012. b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales segun sigue: 1era Cuota: HASTA EL 31 DE MARZO DEL 2012 2da Cuota: HASTA EL 31 DE MORDAZA 2012 3ra Cuota: HASTA EL 31 DE AGOSTO 2012 4ta Cuota: HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE 2012 Articulo Cuarto.- Aprobar la estructura de costos y estimacion de ingresos del derecho de emision mecanizada de la hoja de liquidacion del impuesto predial correspondiente al ano 2012, que figura como Anexo I y Anexo II respectivamente y forma parte de la ordenanza. Articulo Quinto.- Establecer que el monto minimo del impuesto por concepto de impuesto predial para el ano fiscal correspondiente al 2012, es el 0.6% de la UIT vigente, de conformidad con el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y la Sub Gerencia de informatica, el cumplimiento de la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINALES Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese Al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- VALIDEZ DE VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asi como del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. Tercera.- Publiquese la informacion que sustenta la emision de la presente ordenanza, que es materia de ratificacion, en la pagina web de la Municipalidad de Chorrillos, asi como en la pagina web del SAT (www.sat. gob.pe) de conformidad con lo previsto en el ultimo parrafo del articulo 19º de la Ordenanza Nº 1533-MML, emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada con fecha 27 de Junio del 2011. Cuarto.- Dejese sin efecto la Ordenanza Nº 200MDCH de fecha 23 de Diciembre del 2011 y cualquier otra disposicion que se oponga a la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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