Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2012 (27/03/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

463188

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de marzo de 2012

PODER EJECUTIVO DEFENSA
Autorizan viaje de oficial de la MORDAZA de MORDAZA a Venezuela, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA Nº 126-2012-DE/MGP MORDAZA, 27 de marzo de 2012 Visto, el Oficio N.1000-485 del Director General de Educacion de la MORDAZA, de fecha 8 de marzo del 2012; CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2012, la designacion y autorizacion de viaje de UN (1) Oficial Subalterno de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, para que participe en el Crucero de Instruccion Internacional a bordo del Buque Escuela AB "SIMON BOLIVAR" de la Armada Bolivariana de Venezuela, de acuerdo a la invitacion cursada por el Comandante MORDAZA de Educacion de la Armada Bolivariana de Venezuela; Que, la participacion de Personal MORDAZA en el referido viaje de Instruccion a bordo del Buque Escuela AB "SIMON BOLIVAR", responde a la necesidad de aprovechar y compartir las experiencias y conocimientos adquiridos con oficiales y personal de diversas Armadas del MORDAZA, conocer su idiosincrasia, formas de operacion de sus unidades, aumentando el bagaje cultural del Oficial nombrado, lo que contribuira significativamente en su perfeccionamiento profesional, para luego ser aplicados en provecho de la Institucion; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 2: Entrenamiento / Tecnico / Pasantias, Item 26, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2012, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA MONTANEZ MORDAZA, para que participe en el Crucero de Instruccion a bordo del Buque Escuela AB "SIMON BOLIVAR" de la Armada Bolivariana de Venezuela, del 27 de marzo al 4 de junio de 2012; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0012011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA

MONTANEZ MORDAZA, CIP. 00025720, DNI. 70671542, para que participe en el Crucero de Instruccion a bordo del Buque Escuela AB "SIMON BOLIVAR" de la Armada Bolivariana de Venezuela, del 27 de marzo al 4 de junio de 2012, con permanencia en puertos extranjeros por un total de TREINTA Y CINCO (35) dias. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA ­ Caracas (VENEZUELA) ­ MORDAZA US$ 908.00 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 908.00 Asignacion Especial por Estadia en Puerto Extranjero: US$. 40.00 x 35 dias x 1 persona US$ 1,400.00 -----------TOTAL A PAGAR: US$ 2,308.00 Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Oficial Subalterno designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5º.- El mencionado Personal MORDAZA revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a la exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA E. MORDAZA CASAPIA Ministro del Interior Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 769937-2

Autorizan intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru en las provincias del MORDAZA, Tambopata y Tahuamanu del departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 127-2012-DE MORDAZA, 27 de marzo de 2012 VISTO: El Oficio Nº 425-2012-IN/0101 de fecha 27 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 44º del a Constitucion Politica del Peru, es deber primordial del Estado proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 5.3 del articulo 5º, concordante con los articulos 21º, 22º, 23º, 24º y 25º del Decreto Legislativo Nº 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, disponen que las Fuerzas Armadas pueden actuar excepcionalmente en apoyo a la Policia Nacional del Peru en caso de Trafico Ilicito de Drogas, Terrorismo, Proteccion de Instalaciones estrategicas para

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.