Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2013 (14/08/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Miercoles 14 de agosto de 2013

501113
del servicio de radiodifusion comercial por television en la banda VHF en la localidad de Putina (San MORDAZA de Putina), departamento de MORDAZA, en el MORDAZA del procedimiento para la prestacion del servicio de radiodifusion en localidades fronterizas; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en la banda de VHF para la localidad de Putina (San MORDAZA de Putina), aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 345-2005-MTC/03, y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA TINAJEROS, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en la banda de VHF en la localidad de Putina (San MORDAZA de Putina), departamento de Puno; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad MORDAZA : RADIODIFUSION POR TELEVISION VHF : 8 BANDA III FRECUENCIA DE VIDEO: 181.25 MHz. FRECUENCIA DE AUDIO: 185.75 MHz. : COMERCIAL

VISTO, el Expediente Nº 2012-020571 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA TINAJEROS, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion comercial por television en la banda de VHF en la localidad de Putina (San MORDAZA de Putina), departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de notificacion de la Resolucion de autorizacion; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Directoral Nº 975-2005-MTC/17, de fecha 26 de MORDAZA de 2005, actualizada con Resolucion Directoral N° 0494-2013-MTC/28, de fecha 16 de MORDAZA del 2013, se aprobo el listado de localidades consideradas como fronterizas, comprendiendo en ellas al distrito de Putina, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de MORDAZA, a la cual pertenece la localidad de Putina (San MORDAZA de Putina); Que, con Resolucion Viceministerial Nº 345-2005MTC/03, y sus modificatorias se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en la banda de VHF para las diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Putina (San MORDAZA de Putina); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, se aprobaron las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, la misma que indica que las estaciones que operen con una potencia menor de 50 Kw de e.r.p. y una MORDAZA altura efectiva de la antena de 300 mts, se clasifican como Estaciones Clase C; Que, mediante Decreto Supremo N° 045-2010-MTC, se modifico el Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, el cual establece que podran instalarse dentro del perimetro MORDAZA, las Estaciones Primarias de baja potencia del servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM) y las estaciones del servicio de radiodifusion por television que operan con una potencia de hasta 500 w. de e.r.p., que segun la evaluacion realizada por la Direccion de Autorizaciones, requieran ser instaladas en dicha ubicacion a efectos de garantizar su MORDAZA de cobertura; en este supuesto, la estacion debera instalarse en una MORDAZA de baja poblacion, segun MORDAZA emitida por la Municipalidad competente; Que, el articulo 40º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2010MTC, establece que, excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro radioelectrico, se podra otorgar, a pedido de parte, nuevas autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion por television con tecnologia analogica, cuando esta decision promueva el desarrollo del servicio en areas rurales, de preferente interes social o en zonas de frontera; de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio; Que, con Informe Nº 1556-2013-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por el senor MORDAZA MORDAZA TINAJEROS para la prestacion

Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion:

: OCH-7P : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E : VIDEO: 300 w. AUDIO: 30 w. : C

Estudios y Planta Transmisora : Jr. MORDAZA S/N, distrito de Putina, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de Puno. Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio : Longitud Oeste : 69º 51' 36.6" Latitud Sur : 14º 54' 58.4" : El area comprendida dentro del contorno de 71 dB V/m.

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2°.- En caso alguna infraestructura utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorizacion y la estacion radiodifusora se encuentre dentro de la Superficie Limitadoras de Obstaculos o su operacion genere interferencias a los sistemas de radionavegacion, el titular debera obtener el permiso respectivo de la Direccion General de Aeronautica Civil o reubicar la estacion, asi como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, la estacion radiodifusora se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.