Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2013 (29/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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refrendado por el Ministro del sector respectivo y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion del convenio correspondiente; Que, el numeral 11.2 del referido dispositivo, senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, la Sexagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, declara de necesidad publica y preferente interes nacional, entre otros, la ejecucion del proyecto de inversion "Mejoramiento y ampliacion de la capacidad resolutiva de los servicios de salud del Hospital Regional MORDAZA A. MORDAZA, distrito de Yanacancha ­ Provincia de Pasco ­ Region Pasco, con codigo SNIP N° 173538, que se sujeta a la declaratoria de viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); Que, a traves del Informe N° 096-2013-OGPPOP/MINSA la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, informa que cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma de NOVENTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 693 897,00), con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central del Pliego 011 Ministerio de Salud para una transferencia de partidas a favor de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el financiamiento de (07) siete proyectos de inversion publica, entre los cuales se ha previsto el proyecto de inversion publica referido en el MORDAZA considerando del presente dispositivo, los mismos que cuentan con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP) y cuya ejecucion estara a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Pasco, Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, Municipalidad Provincial de Andahuaylas, Municipalidad Distrital de MORDAZA, Municipalidad Distrital de Huanca-Huanca y Municipalidad Distrital de Curibaya, para lo cual el Ministerio de Salud ha suscrito los convenios respectivos con los referidos Gobiernos Regionales y Locales, en el MORDAZA del articulo 11 de la Ley N° 29951;en virtud de lo cual, con Oficio N° 1756-2013-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita la transferencia de recursos correspondiente; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, hasta por la suma de NOVENTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 693 897,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administracion Central, para el financiamiento de la ejecucion de siete (7) proyectos de inversion publica, en el MORDAZA de lo senalado en el articulo 11 y de la Sexagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951; De conformidad con lo establecido en el articulo 11 y la Sexagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1.- Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de NOVENTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 693 897,00), para el financiamiento de la ejecucion de siete (07) proyectos de inversion publica, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA (En Nuevos Soles) : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administracion Central

El Peruano Sabado 29 de junio de 2013

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS A LA: 90 693 897,00 ============ 90 693 897,00 ============ (En Nuevos Soles)

SECCION MORDAZA : Instancias Descentralizadas ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS 90 693 897,00 ============ 90 693 897,00 ============

1.2.- La relacion de los proyectos del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados del presente articulo y los montos de transferencia, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1.- Los Titulares del pliego habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Salud y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 956025-19

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