Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2014 (06/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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00005-2014-INDECI/11.0 de fecha 01 de febrero de 2014, teniendo en consideracion lo solicitado por el Gobierno Regional de Huancavelica, asi como, el Informe Nº 0082014/GOB.REG.HVCA/ORDNSCyDC/AFTyPIP-EyER/cte del Area de Inspecciones Tecnicas y Fichas Tecnicas de la Direccion Regional de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del citado Gobierno Regional; los Formatos Nº 1 y Nº 2 de Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades - EDAN; el Estado Situacional de la Emergencia Registro SINPAD Nº 00062768; el Informe de Emergencia Nº 043-16/01/2014/COENINDECI/15:30HORAS; informa sobre la ocurrencia de las intensas precipitaciones pluviales en el Departamento de Huancavelica, que ha ocasionado el desborde del rio Cachi, ha recomendado aprobar la Declaratoria de Estado de Emergencia por impacto de danos en las localidades de Antaparco, Tintayocc, MORDAZA MORDAZA de Lambras y Magnopampa, en el distrito de San MORDAZA de Antaparco, de la provincia de Angaraes, del departamento de Huancavelica; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de Huancavelica, la Municipalidad Provincial de Angaraes y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Antaparco, segun corresponda, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demas Instituciones publicas y privadas involucradas, dentro de sus competencias, ejecutar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas; por lo que se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorandum Nº 031-2014-PCM-SGRD, considerando que corresponde declarar el Estado de Emergencia; Que, el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la solicitud de Declaratoria del Estado de Emergencia, es presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentacion, adjuntando el informe MORDAZA, asi como la opinion tecnica de los Sectores involucrados, en los casos en que corresponda; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia. Declarese el Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, en las localidades de Antaparco, Tintayocc, MORDAZA MORDAZA de Lambras y Magnopampa, del distrito de San MORDAZA de Antaparco, de la provincia de Angaraes, del departamento de Huancavelica, por impacto de danos a causa del desborde del rio Cachi, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demas Instituciones publicas involucradas, dentro de sus competencias, ejecutaran las medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas;

El Peruano Jueves 6 de febrero de 2014

acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, sera responsable de realizar las coordinaciones necesarias entre el Gobierno Regional de Huancavelica, la Municipalidad Provincial de Angaraes y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Antaparco y los Sectores, Instituciones y Organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta y rehabilitacion, con la finalidad de que estas se inicien o se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por el Ministro de Agricultura y Riego, por la Ministra de Salud, y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de febrero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1047347-1

Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de Economia y Finanzas
RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2014-PCM MORDAZA, 5 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, senora Eda MORDAZA MORDAZA Franchini, viajara a la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 8 al 12 de febrero de 2014, a fin de asistir a la Reunion de Ministros de Relaciones Exteriores de la Alianza del MORDAZA y acompanar al senor Presidente de la Republica a la VIII Cumbre de la Alianza del MORDAZA y a la Visita de Estado a ese pais; Que, la VIII Cumbre de la Alianza del MORDAZA se realizara en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, el 10 de febrero de 2014, y estara precedida de la X Reunion de Consejo de Ministros del citado mecanismo de integracion, el 9 de febrero de 2014; y de la XXII Reunion del Grupo de Alto Nivel del mismo, el 8 de febrero de 2014; Que, el 11 de febrero de 2014 se realizara la Visita de Estado a la Republica de Colombia, atendiendo la invitacion formulada por el Presidente de ese MORDAZA, senor

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