Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2015 (02/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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del gasto 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local ­ Gastos Corrientes: Un Millon Trescientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 300 000,00). Articulo 3º.- La transferencia financiera se efectuara conforme al cronograma de desembolsos, terminos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el financiamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo de la presente Resolucion. Asimismo, los recursos no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0722003-PCM, los Gobiernos Locales publicaran el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su MORDAZA Institucional sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Los Gobiernos Locales que no cuenten con MORDAZA Institucional publicaran la informacion senalada en el parrafo precedente en un diario de mayor circulacion o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido. Articulo 5º.- La Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional CMAN, se encargara de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecucion de los Convenios referidos en el articulo 3º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de los proyectos/actividades del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1244772-1

El Peruano Martes 2 de junio de 2015

PRODUCE
Modifican la Resolucion Ejecutiva Nº 35-2014-ITP/DEC que aprueba el Tarifario del Servicio de Capacitacion y Asistencia Tecnica del Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP
INSTITUTO TECNOLOGICO DE LA PRODUCCION RESOLUCION EJECUTIVA N° 35-2015-ITP/DE Callao, 29 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Memorando N° 294-2015-ITP/DGTDC de fecha 15 de MORDAZA de 2015, emitido por la Direccion General de Transferencia Tecnologica y Desarrollo para el Consumo; y el Informe N° 179-2015-ITP/OGAJ de fecha 20 de MORDAZA de 2015, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ejecutiva N° 35-2014ITP/DEC de fecha 12 de marzo de 2014, se aprobo el Tarifario del Servicio de Capacitacion y Asistencia Tecnica que brinda el Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP, el que fue modificado por la Resolucion Ejecutiva N° 1142014-ITP/DEC de fecha 01 de septiembre de 2014; Que, mediante documentos de vistos, se propone incluir en el Tarifario del Servicio de Capacitacion y Asistencia Tecnica, citado en el parrafo precedente, el precio del MORDAZA Internacional Tecnico ­ Practico; Que, el literal d) del articulo 16° del Decreto Legislativo Nº 92, Ley del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ITP establece que son recursos del ITP, los provenientes de la prestacion de servicios y contratos o convenios que celebre

con personas naturales o juridicas de derecho publico o privado, nacionales, extranjeras o internacionales; Que, asimismo el literal c) del articulo 36° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP, actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP, aprobado por Resolucion Ministerial N° 344-2012-PRODUCE, dispone que, son recursos de la Entidad, entre otros, los Recursos Directamente Recaudados que se generen de prestacion de servicios; Que, el ultimo parrafo del articulo 37° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que, para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, el articulo 2° del Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone que, el Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago. Toda modificacion a dicha Resolucion debera aprobarse por Resolucion del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, el MORDAZA propuesto a ser dictado por el Instituto Tecnologico de la Produccion, constituye un servicio que no es comercializado en exclusividad, enmarcandose en las disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos; Que, resulta necesario incluir el precio del MORDAZA Internacional Tecnico ­ Practico, en el Tarifario del Servicio de Capacitacion y Asistencia Tecnica, aprobado por la Resolucion Ejecutiva N° 35-2014-ITP/DEC de fecha 12 de marzo de 2014, el que fue modificado por la Resolucion Ejecutiva N° 114-2014-ITP/DEC de fecha 01 de septiembre de 2014; Con las visaciones de la Secretaria General, la Oficina General de Asesoria Juridica, Administracion y la Direccion General de Transferencia Tecnologica y Desarrollo para el Consumo, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, Ley del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP); la Octogesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 344-2012PRODUCE, y, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, MORDAZA que, establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1° de la Resolucion Ejecutiva N° 35-2014-ITP/DEC de fecha 12 de marzo de 2014 que aprueba el Tarifario del Servicio de Capacitacion y Asistencia Tecnica del Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP, el que fue modificado por la Resolucion Ejecutiva N° 114-2014-ITP/DEC de fecha 01 de septiembre de 2014, incluyendo el precio del MORDAZA Internacional Tecnico ­ Practico, conforme al detalle siguiente: Numero de Precio por % participantes participante de la (S/.) UIT Estimado MORDAZA Internacional 350.00 9.0909 % Tecnico ­ Practico 25 Actividad de formacion UIT: S/. 3,850.00 (segun D.S. N° 374-2014-EF)

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