Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2015 (02/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Martes 2 de junio de 2015

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salida del MORDAZA el 11 de junio y su retorno al MORDAZA el 02 de diciembre de 2015. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Ida-Vuelta MORDAZA ­ Bogota, D.C (Republica de Colombia) ­ MORDAZA (Clase economica) US $ 990.00 X 01 persona US $

Designan representantes titular y alterno del Ministerio, que conforman el Grupo de Trabajo encargado de la preparacion, organizacion y realizacion de la X Cumbre de la Alianza del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 473-2015-DE/SG MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2015-RE del 07 de MORDAZA de 2015, se declaro de interes nacional la X Cumbre de la Alianza del MORDAZA en el ano 2015, asi como sus actividades, eventos conexos y demas reuniones que correspondan tanto al ambito de gobierno como al ambito empresarial que se desarrollen MORDAZA, durante y despues de la mencionada Cumbre; Que, el articulo 2 del referido Decreto Supremo dispone la creacion de un Grupo de Trabajo, encargado de la preparacion organizacion y realizacion de la X Cumbre de la Alianza del MORDAZA en el ano 2015, el mismo que estara integrado por un representante titular y uno alterno que ostenten el cargo de Director General o equivalente en las entidades senaladas en su articulo 3, entre ellas el Ministerio de Defensa; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 5 del referido Decreto Supremo, la designacion de los representantes titulares y alternos sera formalizada mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que, es necesario designar a un represente titular y uno alterno del Ministerio de Defensa para la conformacion del mencionado Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, mediante Oficio Nº 1936 CCFFAA/D-3/ DAL del 20 de MORDAZA de 2015, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas propone la designacion del Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del MORDAZA MORDAZA EP Vilmo Wilberto MORDAZA MORDAZA, como representantes titular y alterno ante el mencionado Grupo de Trabajo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; y el Decreto Supremo Nº 022-2015-RE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Defensa, que conforman el Grupo de Trabajo encargado de la preparacion, organizacion y realizacion de la X Cumbre de la Alianza del MORDAZA, asi como sus actividades, eventos conexos y demas reuniones que correspondan tanto al ambito de gobierno como al ambito empresarial que se desarrollen MORDAZA, durante y despues de la mencionada Cumbre, de acuerdo al siguiente detalle: - Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Tercera Division del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, como Representante Titular. - MORDAZA MORDAZA EP Vilmo Wilberto MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Seccion Orden Interno del Departamento de Amenazas Internas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como Representante Alterno. Articulo 2.- Los Funcionarios designados en el articulo precedente, informaran permanentemente al Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, sobre el desarrollo de las actividades que realicen en calidad de representantes del Ministerio ante el Grupo de Trabajo MORDAZA mencionado.

990.00

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 5,346.90/30 x 19 dias x 01 persona (12 Jun - 30 Jun 15) US $ 3,386.37 US $ 5,346.90 x 05 meses x 01 persona (01 Jul -30 Nov 15) US $ 26,734.50 US $ 5,346.90/31 x 01 dia x 01 persona (01Dic 15) US $ 172.48 ----------------------------------Total General US $ 31,283.35 Articulo 3°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, MORDAZA que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicio y Tratamiento Medico Altamente Especializado del personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, con cargo al presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria Mensual sera reducido, por el Ejercito del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7º.- El personal militar designado revistara en el Comando Administrativo del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la mision de estudios. Articulo 8°.- El personal militar designado esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa 1245146-4

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