Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2016 (02/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de enero de 2016 /

El Peruano

Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el distrito de La Molina y sus modificatorias los Decretos de Alcaldía N° 020-2012-MDLM, 012-2013-MDLM, 0152013-MDLM, 026-2013-MDLM, 008-2014-MDLM, 0142014-MDLM, 032-2014-MDLM, 045-2014-MDLM y 0152015­MDLM, conforme a la propuesta planteada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, según Informe Colegiado N° 002-2015-MDLM-GDUE-SGOPHUSGPUC elaborado por la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas y la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo, el Artículo 195° de la norma constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece la finalidad de los gobiernos locales señalándose que estos representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. Proceso en el que se establecen políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, en ese sentido el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 74° de la Ley N° 27972, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida, una función promotora, normativa y reguladora, así como la ejecución, fiscalización y control en las materias de su competencia, conforme a la citada Ley y la Ley de Bases de la Descentralización; Que, asimismo, el numeral 3.6.4 del Artículo 79°, de la Ley antes mencionada, dispone que es función exclusiva de las municipalidades distritales, entre otras, normar, regular y otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación; Que, la Ley N° 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la Inversión, impulsar el Desarrollo Productivo y el Crecimiento Empresarial, en su Capítulo III, indica la simplificación de autorizaciones municipales para propiciar la inversión en materia de servicios públicos y obras públicas de infraestructura y asimismo, el numeral 3,6 del Artículo 83 de la Ley N° 27972 señala el otorgamiento de licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, mediante Ordenanza N° 1144-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó el reajuste integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del Distrito de la Molina, que es parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y III de Lima Metropolitana; Que, el Artículo 6° de la Ordenanza N° 1144-MML, establece que la Municipalidad Distrital de La Molina, en estricta sujeción a los planos y normas aprobadas en dicha Ordenanza, debe formular y aprobar vía Decreto de Alcaldía los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros, Tamaños mínimos de

departamentos, para su aplicación en la Jurisdicción del distrito; Que, la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 1144-MML, dispone que la Municipalidad Distrital de La Molina formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, las Normas sobre estándares de Calidad y el Cuadro de Niveles Operacionales para la localización de Actividades Urbanas en el Distrito; Que mediante la Ordenanza N° 1661-MML, se aprobó la Actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas, del distrito de La Molina; Que, en cumplimiento a lo señalado por la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 1144-MML esta corporación Edil a través del Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM, aprobó el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina; Que, el mencionado Decreto de Alcaldía N°0052012-MDLM, Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina fue modificado posteriormente por los Decretos de Alcaldía N° 020-2012-MDLM, 012-2013-MDLM, 015-2013-MDLM, 026-2013-MDLM, 008-2014-MDLM, 014-2014-MDLM, 032-2014-MDLM, 045-2014-MDLM y 015-2015 ­ MDLM realizándose modificaciones derivadas de la realidad del distrito de La Molina; Que, la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas y la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, mediante Informe Colegiado N°002-2015-MDLMGDUE-SGOPHU-SGPUC, a fin de mantener un distrito armónico, ordenado y moderno enmarcado en la visión de la población del distrito conforme al Plan de Desarrollo Concertado 2012-2021; proponen la modificación del Decreto de Alcaldía N° 005-2012 y sus modificatorias. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 334-2015-MDLM-GAJ ha emitido la opinión legal correspondiente, respecto del proyecto de modificación de Decreto de Alcaldía N° 005-2012, considerando que la misma resulta legalmente viable; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Incorporar el ítem (17) al Cuadro N° 1- Resumen de Zonificación Residencial del Artículo. 11° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM, modificado por el Decreto de Alcaldía N° 032-2014-MDLM y Decreto de Alcaldía N° 015-2015-MDLM, según el siguiente texto: (...) (17) En zonificación RDB (sin trama), RDB (con trama) y RDM se permitirá el uso multifamiliar solo de 03 unidades de vivienda (como máximo), en lotes con frente principal a vías locales; solo en los casos en que el Plano de Alturas de Edificación le permita una altura de 03 pisos, debiéndose respetar las áreas mínimas por unidad de vivienda señaladas en el Art. 19° numeral 19.1 del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012-MDLM y sus modificatorias. Artículo Segundo .- Modificar el segundo párrafo del literal b), del numeral 11.1 del Artículo 11° del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 005-2012MDLM, modificado por el Decreto de Alcaldía N° 020-2012-

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