Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2016 (02/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de enero de 2016 /

El Peruano

respecto al inicio de la propuesta de modificación del Plan Urbano de la ciudad de San Vicente, aprobado mediante Ordenanza Nº 017-2013-MPC, a través de su procedimiento de Anexión al área urbana y asignación de zonificación del distrito de San Vicente, para el predio de propiedad de la Asociación de Vivienda Lindas Flores y otros, según el siguiente detalle: PREDIO DE 8.8273 HAS, se ha dividido: - Sub Lote A (área 5.2311 Has).- Que, representa el 59.26 % de derecho y acciones respecto al predio matriz, cuyos propietarios son: Luis Fernando Pino Jordán y Katia Patricia Majluf Delaunde, con una participación de 0.4919%; y la Asociación de Vivienda Lindas Flores con un porcentaje de participación de 58.7681 %. - Sub Lote B (área 0.7635 Has) . - Que, representa el 8.65 % cuyo propietario es el proyecto especial de infraestructura de transporte nacional, Provias Nacional. La autopista Panamericana Sur, que en la actualidad se encuentra construida y en funcionamiento ocupa el área total de su propiedad que afecta al predio inscrito en la partida electrónica Nº 21000195. - Sub Lote C (área 2.8327 Has) . - Que, representa el 32.09% cuyos propietarios son Luis Gilberto Taipe Zúñiga y Gladys Antauco Cconislla. Que, con fecha 29 de septiembre del 2015, mediante Informe Nº614-2015-GODUR-MPC, suscrito por la Ing. Katherine Vanessa Fierro Pisconti, en su calidad de Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, indica que habiendo cumplido con la evaluación técnica y los requisitos administrativos concluye: que se prosiga con el procedimiento de modificación del Plan Urbano a través del procedimiento de anexión al área urbana y asignación de zonificación; Que, los gobiernos locales asumen competencias y ejercen funciones específicas, como es la organización de espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual compete la zonificación, según lo establecido en el numeral 1.1 del Art. 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; asimismo, dicha ley en el Art. 79º establece que son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humano y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; concordante con el numeral 40.1 del Art. 40º del Decreto Supremo Nº 04-2011-VIVIENDA; Que, la anexión urbana y asignación de zonificación son dos procedimientos administrativos contemplados dentro del TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete, que permite la incorporación de áreas al Plan de Desarrollo Urbano asignándosele una zonificación urbana que permite el desarrollo de proyectos urbanísticos; dicho procedimiento están contemplados en la norma como modificación del Plan de Desarrollo Urbano; Que, el Art. 40º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 04-2011-VIVIENDA, establece que es de competencia exclusiva de la Municipalidad Provincial respecto a la aprobación del Plan de Desarrollo Urbano; Que, en este orden de ideas el Art. 49º del citado cuerpo normativo, señala que el Concejo Municipal Provincial, es competente para aprobar las modificaciones y/o actualizaciones a los planes que corresponda, considerando que las modificaciones deben ser, en procura de un óptimo beneficio para la comunidad tales modificaciones y/o actualizaciones pueden versar sobre "Plan de Acondicionamiento Territorial", "Plan de Desarrollo Metropolitano" y "Plan de Desarrollo Urbano"; Que, respecto al asunto materia de análisis, versa sobre modificación y/o actualización al Plan de Desarrollo Urbano, específicamente respecto literal 3, numeral 3 del Art. 49º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, la misma que expresa:

"Las que dirijan la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan"; Que, de conformidad con el Art. 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, referido a la modificación y/o actualización de los Planes urbanos, se realizan las modificaciones al PDU cuando la expansión urbana se dirija hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan de Desarrollo Urbano; Que, de conformidad con el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC con fecha 08 de junio de 1995 y modificatoria aprobada mediante Ordenanza Nº 0262002-MPC, con fecha 20 de mayo del 2002, la zonificación que le corresponde es USO AGRÍCOLA (U.A.); Que, la zonificación propuesta por el administrado es Zonificación de Comercio Zonal CZ y Zonificación Residencial de Densidad Media RDM (R-3 y R-4) cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: La zonificación propuesta por el administrado para el sub lote "A" (área 5.2311 Has) , es la zonificación Residencial de Densidad Media (R-3 y R-4), para un área de 5.2311 Has cuyos parámetros normativos son los que se indican en el siguiente cuadro:
LOTE MINIMO EN (m2) 160.00 COEFIFRENTE ALTURA CIENTE AREA MINIMO DE EDIFIDE EDIFI- LIBRE EM (ML) CACIÓN CACIÓN 8.00 3 pisos 2,1 30.00%

USO

Zonificación Residencial de Densidad Media (R-3)

UNIFAMILIAR

MULTIFAMILIAR CONJUNTO RESIDENCIAL

160.00

8.00

5 pisos

3,5

30.00%

450.00

15.00

5 pisos

3,5

30.00%

USO

LOTE MINIMO EN (m2) 90.00

COEFIFRENTE ALTURA CIENTE AREA MINIMO DE EDIFIDE EDIFI- LIBRE EM (ML) CACIÓN CACIÓN 6.00 3 pisos 2,1 30.00%

Zonificación Residencial de Densidad Media (R-4)

UNIFAMILIAR

MULTIFAMILIAR CONJUNTO RESIDENCIAL

120.00

6.00

5 pisos

3,5

30.00%

450.00

15.00

5 pisos

3,5

30.00%

La zonificación propuesta por el administrado para el sub lote "C" es zonificación COMERCIO ZONAL (CZ) para un área de 2,8327 Hás, cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente:
ZONIFICACIÓN COMERCIO ZONAL (CZ) COMPATIBLE CON USO RESIDENCIAL PARA EL DESARROLLO DE HABILITACIÓN URBANA DE TIPO MIXTO, SEGÚN RNE COEFITIPO NIVEL LOTE FRENTE ALTURA CIENTE DE AREA DE SERMINIMO MINIMO DE EDIFIDE ZONIFICOMERLIBRE VICIO EN (M2) EN (ML) CACIÓN EDIFICACIÓN CIO CACIÓN COMERCIO ZONAL (CZ) Según Según Según Según Según Uso Unifamiliar Proyecto Proyecto Proyecto Proyecto Proyecto Diario de H.U. de H.U. de H.U. de H.U. de H.U.

Que, sobre el particular se precisa que dicha notificación estará afecta a los aportes reglamentarios establecidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones para la zonificación indicada y concordante con la zonificación aprobada en el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de San Vicente, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2013-MPC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de mayo del 2013, vigente del 2012 al 2021, concordante con el Reglamento Nacional de Edificaciones;

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