Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2017 (11/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 11 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo a los Informes N°s 249 y 289-2016-MINEDU/SG-OTEPA, la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción sustenta los motivos por los cuales resulta necesario contar con una Política Institucional de Gestión de Riesgos en el marco del Sistema de Control Interno, que defina los alcances, principios, objetivos y componentes que permita reconocer los riesgos en la entidad y minimizarlos a través de un adecuado tratamiento, que implique el diseño de controles efectivos y su seguimiento correspondiente. De igual modo, indica que el Comité Central de Control Interno del Pliego 010: Ministerio de Educación, acordó impulsar la aprobación de la política institucional de gestión de riesgos; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto de administración interna que apruebe la Política Institucional de Gestión de Riesgos del Ministerio de Educación; Con el visado de la Secretaria General, de la Jefa de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción; y, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado; la Resolución de Contraloría N° 149-2016-CG, que aprobó la Directiva Nº 013-2016-CG-GPROD denominada "Implementación del Sistema de Control Interno en la Entidades del Estado"; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Política Institucional de Gestión de Riesgos en el marco del Sistema de Control Interno en el Ministerio de Educación, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Asesoría Jurídica publique la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1585677-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1134-2017-IN Lima, 10 de noviembre de 2017 VISTOS; el Circular con Referencia 2017/2/OEC/VCO/ BS, de fecha 24 de mayo de 2017, de la Dirección Ejecutiva de Servicios Policiales de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL, la Hoja de Estudio y Opinión N° 434-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 31 de octubre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001840-2017/IN/OGAJ, de fecha 8 de noviembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Circular con Referencia 2017/2/OEC/ VCO/BS, de fecha 24 de mayo de 2017, la Dirección Ejecutiva de Servicios Policiales de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL hace de

conocimiento de la Jefatura de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Perú, que se va llevar a cabo la 35a Reunión del Grupo INTERPOL Especializado en Delitos Contra Menores, a realizarse del 13 al 17 de noviembre de 2017, en la ciudad de Lyon ­ República Francesa; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 434-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 31 de octubre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Karen Liv Guevara Sessarego, propuesta por la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, y de la Teniente de la Policía Nacional del Perú Jessica Katherine Juárez Racchumi, propuesta por la Dirección Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de la Policía Nacional del Perú, para que participen en la reunión antes citada, a realizarse en la ciudad de Lyon ­ República Francesa, del 11 al 19 de noviembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión tiene como objetivo que el Grupo INTERPOL Especializado en Delitos Contra Menores intercambie información policial de las medidas, pruebas, gestiones públicas y estrategias comunitarias que se aplican en el enjuiciamiento de las personas que han cometido delitos contra menores; asimismo, se busca examinar nuevas tendencias y modus operandi de los grupos delictivos trasnacionales que perpetran dichos delitos; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 6667-2017-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 30 de octubre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y

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