Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2017 (02/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Servicio Civil, el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la "Guía para la Gestión del Proceso de Cultura y Clima Organizacional del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos" que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; y, de la "Guía para la Gestión del Proceso de Cultura y Clima Organizacional", en el portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1560588-1

Aprueban "Guía para la Gestión del Proceso de Comunicación Interna" del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 151-2017-SERVIR-PE Lima, 24 de agosto de 2017 VISTO, el Informe Técnico Nº 203-2017-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, Que, el artículo 5 del citado Decreto Legislativo Nº 1023 dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos comprende los siguientes subsistemas; a) La planificación de políticas de recursos humanos, b) La organización del trabajo y su distribución, e) La gestión del empleo, d) La gestión del rendimiento, e) La gestión de la compensación, f) La gestión del desarrollo y la capacitación, g) La gestión de las relaciones humanas; y, h) La resolución de controversias. Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que los siete (7) subsistemas citados anteriormente a su vez se encuentran integrados por procesos; Que, el literal e) del numeral 3.7 del citado artículo 3 considera que el Subsistema de Gestión de Relaciones Humanas y Sociales, comprende las relaciones que se establecen entre la organización y sus servidores civiles en torno a las políticas y prácticas de personal; siendo que los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Relaciones laborales individuales y colectivas, b) Seguridad y Salud en el Trabajo, c) Bienestar Social, d) Cultura y Clima Organizacional; y, e) Comunicación Interna; Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014-SERVIR/PE formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2014-SERVIR/GDRSH "Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas", en cuyo literal e) del numeral 6.1.7 se definió el proceso de comunicación interna como aquel proceso mediante el cual se transmite y comparte mensajes dirigidos al servidor civil, con un contenido adecuado, que cumpla las características de integralidad y claridad; con la finalidad de generar unidad de visión, propósito e interés,

comprendiendo el diagnóstico de necesidades de comunicación, la identificación de la audiencia de interés, definición de mensaje, identificación de los medios o canales de comunicación, el período o momento oportuno para transmitir el mensaje, la medición de la efectividad de las acciones desarrolladas y los planes de acción de mejora del proceso; Que, mediante el Informe Técnico Nº 203-2017-SERVIR/ GDSRH la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos propone la aprobación de la "Guía para la Gestión del Proceso de Comunicación Interna del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos", que es un documento autoinstructivo que tiene por objetivo establecer los criterios y brindar las pautas para que las entidades públicas gestionen el referido proceso; asimismo, contiene las orientaciones generales y específicas así como los aspectos sobre la progresividad de su implementación, que las entidades deben tener en cuenta para gestionar su proceso de comunicación interna; Que, en la sesión de fecha 20 de julio de 2017, el Consejo Directivo acordó delegar al Presidente Ejecutivo la aprobación de Manuales y Guías Metodológicas que regulen los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, de conformidad con el literal p) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias, la Presidencia Ejecutiva tiene por función emitir las resoluciones de su competencia; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar por delegación la "Guía para la Gestión del Proceso de Comunicación Interna" del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; y, de la "Guía para la Gestión del Proceso de Comunicación Interna", en el portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1560588-2

AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL
Otorgan habilitación portuaria a empresa para iniciar obra de proyecto de mejoramiento de la capacidad de recepción de hidrocarburos en el "Terminal Multiboyas de Mollendo", ubicado en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 051-2017-APN/DIR Callao, 22 de agosto de 2017 VISTOS: El Informe Legal N° 258-2017-APN/UAJ de fecha 27 de abril del 2017, el Memorando N° 242-2017-APN/UAJ

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