Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2018 (01/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 1 de noviembre de 2018
AL:

NORMAS LEGALES
(En Soles)

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SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Pliego 460 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC : Gobierno Regional de Tacna 80 000, 00 : N° 001 Sede Central : N° 0931 : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT : N° 20519752515

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1707562-1

Autorizan transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 430-2018-MEM/DM Lima, 29 de octubre de 2018 VISTOS: El Informe N° 107-2018-MEM-OGPP/ODICR y el Informe N° Informe N° 108-2018-OGPP/ODICR, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 1042-2018-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los Gobiernos Regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, hasta por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones con 00/100 Soles); Que, en concordancia con la referida disposición, las transferencias financieras se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades públicas, empresas o Gobiernos Regionales, según corresponda, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fines distintos para los cuales son transferidos. Dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas ­ Central; Que, asimismo, las entidades que reciben las referidas transferencias de recursos en el marco de lo establecido en la presente disposición, informan al Ministerio de Energía y Minas los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes; Que, en virtud de ello, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito Convenios de Cooperación y Gestión con los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco,

cuyo compromiso es transferir S/ 200 000,00 (Doscientos Mil con 00/100 Soles) a cada Gobierno Regional en dos oportunidades, en tal sentido, mediante Resoluciones Ministeriales N° 170-2018-MEM/DM y 167-2018-MEM/ DM respectivamente, se efectúo la primera transferencia financiera de recursos presupuestales por la suma de S/ 120 000,00 (Ciento Veinte Mil con 00/100 Soles); quedando la segunda transferencia por el diferencial, sujeta al informe de avances y logros de los citados convenios; Que, mediante Informes N° 107-2018-MEM-OGPP/ ODICR y N° 108-2018-OGPP/ODICR, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco respectivamente, han presentado sus informes de avances y logros al I Semestre 2018, por lo que, resulta necesario autorizar las transferencias financieras de recursos presupuestales del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, a favor de cada Gobierno Regional, por la suma de S/ 80 000,00 (Ochenta Mil con 00/100 Soles); Con las visaciones de la Secretaría General; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y, de la Oficina General Administración del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Supremo N° 126-2017-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de las transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco Autorizar las transferencias financieras de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Cusco, por la suma de S/ 80 000,00 (Ochenta Mil con 00/100 Soles), para ser destinados exclusivamente, a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como, para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Gastos Corrientes:
2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 160 000,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:
AL: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Pliego 442 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC Pliego 446 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC : Gobierno Regional de Apurímac 80 000,00 : N° 001 Sede Central : N° 0747 : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT : N° 20527141762 : Gobierno Regional de Cusco 80 000,00 : N° 001 Sede Central : N° 0789 : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT : N° 20527147612 (En Soles)

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