Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2018 (14/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Domingo 14 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL

85

Que, las Ordenanzas Municipales son Normas Municipales que aprueban disposiciones de carácter general en materia de su competencia, obligatorias en el ámbito de su jurisdicción, que regulan aspectos sustantivos de la vida social y económica de la comunidad, en observancia a lo prescrito en el Art. 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, cuyo texto original es como sigue: "Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos.(...)". Que, el Art. 9º inc. 35) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, cuyo texto original es como sigue: "Corresponde al concejo municipal: Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley". Que, las Ordenanzas Municipales, según lo establecido en el Art. 9º inc. 8 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: "Son atribuciones del Concejo Municipal: "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos". Que, por lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º Inc. 8) y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y estando al Acuerdo Nº 006-2018, adoptado en Sesión Extraordinaria Nº 003-2018 de fecha 24.09.2018, por Unanimidad de votos, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: SE ORDENA: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 022-2018-MDM de fecha 28.08.2018, que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Manantay, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Artículo Cuarto.- PRECISAR que la presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con la Ley Nº 30793 ­ Ley que Regula el Gasto de Publicidad del Estado Peruano, el mismo que estará a cargo su publicación por parte de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la notificación y distribución de la presente Ordenanza. Regístrese, cúmplase, comuníquese y, archívese. ANTONIO MARINO PANDURO Alcalde 1701585-1

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 188-2017-MDAA/A, emitido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Atavillos Alto, el Informe Nº 0249-2017-MPH/GPPR, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización y el Memorándum Nº 0135-2017-MPH/GPPR, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos Promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 9º numeral 8), establece que es atribución del concejo municipal entre otras: "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos". Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia, corresponderá a la Municipalidad Provincial de Huaral pronunciarse respecto de aquellos procedimientos y servicios prestados en exclusividad, que establezcan como concepto tributario de tipo tasa, derechos de tramitación, evaluando que el costo de dichos procedimientos y servicios contenidos en el TUPA respondan al costo del servicio teniendo en cuenta el marco legal vigente, así como los últimos cambios normativos y pronunciamientos emitidos pro INDECOPI que están basados en la legalidad del establecimiento de los procedimientos. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2016MPH, modificada por la Ordenanza Nº 011-2016-MPH se aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el Ámbito de la Provincia de Huaral, cuyo artículo 4 establece que la presentación de las solicitudes de ratificación deberá efectuarse ante la Municipalidad Provincial de Huaral a fin de que emita su Opinión Técnica y Legal. Que, mediante Oficio Nº 188-2017-MDAA/A la Secretaria General en representación del Sr. Cesar Augusto Liceta Quispe, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Atavillos Alto, solicita la ratificación de la Ordenanza Nº 010-2017-MDAA, ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativo ­ TUPA. Que, mediante Informe Nº 0249-2017-MPH/GPPR la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización de la Municipalidad Provincial de Huaral, emite el informe técnico con relación a la evaluación de la solicitud de Ratificación de la Ordenanza Nº 010-2017-MDAA, que aprueba los derechos de trámite correspondiente a los procedimientos Administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Atavillos Alto. Que, mediante Memorándum Nº 0135-2017-MPH/ GPPR la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de la Municipalidad Provincial de Huaral, de acuerdo al artículo segundo de la Ordenanza Municipal Nº 011-2016-MPH, remite los actuados para que sea elevado a la Comisión de Administración Economía y Planeamiento ­ CAEP, para que de acuerdo a sus atribuciones de encontrarlo conforme continúe con el trámite correspondiente para su posterior aprobación en el Pleno del Concejo Municipal. Que, mediante Oficio Nº 568-2017-MPH-SG, se remitió al Presidente de la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento del Concejo Municipal el expediente sobre la Ordenanza Municipal Nº 010-2017MDAA, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Atavillos Alto para su conocimiento, evaluación y emisión del Dictamen respectivo si así lo considera pertinente.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Ratifican la Ordenanza N° 010-2017-MDAA, que aprueba los Derechos de Trámite correspondiente a los Procedimientos Administrativos y Servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Atavillos Alto
(Se publica el presente Acuerdo de Concejo a solicitud de la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante Oficio N° 360-2018-MPH-SG, recibido el 12 de octubre de 2018) ACUERDO DE CONCEJO Nº 088-2017-MPH-CM Huaral, 15 de diciembre de 2017

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.