Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2000 (26/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2000

ciones del Estado - CONSUCODE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, postores o contratistas que, en ese periodo, hayan sido sancionados con inhabilitacion para contratar con el Estado; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Registros respecto de los proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE durante el mes de diciembre de 1999; y, De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 59º inciso d) de la Ley Nº 26850, Articulo 5º inciso b) y Articulo 7º inciso g) del Decreto Supremo Nº 047-98-PCM; SE RESUELVE:

INDECOPI
Aprueban normas tecnicas sobre carne y productos carnicos
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0061-1999/INDECOPI-CRT MORDAZA, 10 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO:

Articulo Unico.- Disponer la publicacion de la relacion de proveedores, postores o contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE, correspondiente al mes de diciembre de 1999, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 8º de la Ley Nº 26850 y Articulo 186º de su Reglamento, que es la siguiente: 1. VLSI COMPUTER S.A..- Inhabilitacion temporal de sesenta (60) dias calendario para participar en licitaciones publicas, concursos publicos, adjudicaciones directas y a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 243/99.TC-S1 de 9.12.99. Publicacion: 18.12.1999. 2. FISCHER MORDAZA MORDAZA MORDAZA - ARQ.Inhabilitacion temporal de seis (6) meses para presentarse a concursos publicos, adjudicaciones directas y a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 257/99.TCS2 de 29.12.99., con vigencia a partir de su publicacion: 7.1.2000. 3. REPRESENTACIONES ATM E.I.R.L..- Inhabilitacion temporal de un (1) ano para presentarse a licitaciones y concursos publicos, adjudicaciones directas y a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 268/99.TC-S2 de 30.12.99, con vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. 4. MORDAZA S.A..- Inhabilitacion temporal de un (1) mes para presentarse a licitaciones, concursos y adjudicaciones, asi como a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 270/99.TC-S1 de 30.12.99, con vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. 5. H y J CLEANEARS S.R.L..- Inhabilitacion temporal de dos (2) anos para contratar con el Estado, por la MORDAZA de Carta Fianza falsificada, segun Resolucion Nº 264/99.TC-S2 de 30.12.99, con vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. 6. LASPER S.A..- Inhabilitacion temporal de dos (2) anos en el ejercicio de sus derechos para participar en Licitaciones y Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas y para contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 267/ 99.TC-S2 de 30.12.99, con vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. 7. CIPSA ORIENTE S.A.C..- Inhabilitacion temporal de dos (2) anos en el ejercicio de sus derechos para participar en Licitaciones y Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas y a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 265/ 99.TC-S1 de 30.12.99, con vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. 8. PERUANA DE SEGURIDAD S.A..- Inhabilitacion temporal de dos (2) anos en su derecho a presentarse en Licitaciones, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas, y a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 285/ 99.TC-S1 de 30.12.99, con vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. 9. IMPORTADORA EXPORTADORA CONTINENTAL S.A..- Inhabilitacion temporal de dos (2) anos en su derecho a presentarse en Licitaciones, Concursos y Adjudicaciones Directas, y a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 286/99.TC-S1 de 30.12.99, con vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. 10. MORDAZA S.A. CONTRATISTAS GENERALES.- Inhabilitacion temporal de dos (2) anos en su derecho a presentarse en Licitaciones, Concursos y Adjudicaciones Directas, y a contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 287/99.TC-S1 de 30.12.99, con vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. PIN MORDAZA Presidente 0960

Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resoluciones Nº 03193-INDECOPI/CNM y Nº 033-93-INDECOPI/CNM, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboracion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion Permanente de Carnes y Productos Carnicos de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 19 de MORDAZA de 1999, el Comite Tecnico senalado, presento a la Secretaria Tecnica de la Comision los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas detallados a continuacion, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Revision, utilizando el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusion Publica por un periodo de treinta dias calendario, contados a partir del 29 de setiembre del ano en curso. Los proyectos presentados fueron los siguientes: PNTP 201.006:1999 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Embutidos con tratamiento termico despues de embutir o enmoldar. Definiciones, clasificacion y requisitos. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 201.006: 1986 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Embutidos. Definiciones, clasificacion y requisitos. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 201.007: 1979 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Embutidos Crudos. Definiciones, clasificacion y requisitos. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 201.012: 1980 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Embutidos con tratamiento termico MORDAZA de embutir o enmoldar. Definiciones, clasificacion y requisitos. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 201.014: 1980 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Carnes envasadas. Requisitos. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 201.044: 1984

PNTP 201.007: 1999

PNTP 201.012: 1999

PNTP 201.014: 1999

PNTP 201.044: 1999

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