Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2000 (26/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines, se tendra en cuenta el costo real del servicio correspondiente al ejercicio, este costo se distribuira entre todos los contribuyentes, considerando el uso, area y valor del inmueble, debiendo excluirse el inciso i) del Articulo MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza Nº 094-98-CDSB-C. Articulo Segundo.- De la Modificacion del Articulo Setimo. Los contribuyentes y/o responsables deberan abonar la tasa de arbitrios de Serenazgo en funcion a la determinacion que efectue la administracion; quien tendra en cuenta el costo real del servicio correspondiente al ejercicio gravable, el cual se distribuira en porcentaje de la UIT vigente al 1 de enero considerando el uso, area y categoria de acuerdo a la actividad efectiva a que se destine el predio, por lo tanto excluyase el inciso d) del Articulo Setimo de la Ordenanza Nº 094-98-CDSB-C. Articulo Tercero.- Ratificar la vigencia de la Ordenanza Nº 094-98-CDSB-C y la Ordenanza Nº 133-99CDSB-C Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas, Oficina de Fiscalizacion, en lo que les compete. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0931

ingresos que generara la aplicacion de la presente Ordenanza Nº 211-MML; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante informe legal opina que se cumplen con las disposiciones MORDAZA senaladas por lo que el Concejo Distrital debera aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos mediante Ordenanza; Con Dictamen de las comisiones de Economia y Asuntos Legales; y, Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Actas, el Concejo aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA SOBRE TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Articulo Primero.- APROBAR el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos para la Municipalidad de San MORDAZA el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General eleve los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su pronunciamiento, y la Oficina de Planeamiento y Procesos efectuara el seguimiento pertinente ante el Servicio de Administracion Tributaria (SAT). Articulo Tercero.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA

0954 Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la municiFijan haber mensual de MORDAZA y precipalidad san monto de dieta que percibiran regiORDENANZA Nº 16-MSI dores por asistencia efectiva a sesioSan MORDAZA, 13 de enero del 2000 nes de concejo EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN ISIDRO; POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO: En Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Articulos 20º y siguientes del Decreto Legislativo Nº 757 "Ley MORDAZA para el Crecimiento de las Inversiones Privadas" es obligacion de los gobiernos locales aprobar anualmente su Texto Unico de Procedimientos Administrativos mediante Ordenanza Municipal, a fin que la colectividad tenga conocimiento de los diversos procedimientos establecidos en dicho texto y los derechos que deben abonar en cada circunstancia, correspondiendole a las Municipalidades provinciales pronunciarse sobre el particular de conformidad al Articulo 32º del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; Que, esta disposicion es concordante con lo que establece el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 211 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA respecto a la ratificacion por parte de la Municipalidad Provincial del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobados por las Municipalidades Distritales; Que, es necesario indicar que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, tal como lo establece el inciso 3) del Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru concordante con la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, de acuerdo al informe tecnico emitido por la Direccion de la Oficina de Planeamiento y Procesos, se aprecia la estructura de costos de cada procedimiento en las diversas areas de esta Municipalidad asi como la estimacion de los ACUERDO DE CONCEJO Nº 03-2000-MSI San MORDAZA, 13 de enero del 2000 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, en la Sesion Ordinaria de fecha 13.ENE.2000, la propuesta presentada por el regidor MORDAZA MORDAZA Ostolaza; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26317 del 29.MAY.94 se ha modificado el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades relacionado con el monto de las dietas por asistencia efectiva a sesiones de concejo de los senores regidores, disponiendo que las mismas MORDAZA determinadas de acuerdo a la disponibilidad de recursos de cada Municipalidad, la que debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo; De conformidad con la Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26317 y el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; Por UNANIMIDAD ha adoptado el siguiente: ACUERDO: Articulo 1º.- FIJAR en 3.5 Unidades Impositivas Tributarias el Haber Mensual Neto que percibira el senor MORDAZA para el Ejercicio Fiscal del ano 2000. Articulo 2º.- PRECISAR que a los senores regidores se les abonara un MORDAZA de cuatro (4) dietas mensuales por su asistencia efectiva a las sesiones de concejo, las mismas que en su totalidad no superaran el 80% del Haber Neto Mensual del senor MORDAZA, estableciendose que dentro del porcentaje mencionado percibiran el 30% del mismo, las tres primeras sesiones y la MORDAZA el 10%. Articulo 3º.- DISPONER que dicho monto tendra valor para todo el Ejercicio Fiscal del ano 2000.

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