Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2000 (26/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2000

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- OTORGAR un plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion al servidor mencionado en el articulo anterior, para que presente su descargo con arreglo a ley. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CALCINA MORDAZA (e) 0985 RESOLUCION MUNICIPAL Nº 242-99-MPA Azangaro, 30 de diciembre de 1999 VISTOS: El Informe Nº 001-99-CPPAD-MPA, de fecha 23 de marzo de 1999, evacuado por el CPC MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, sobre apropiacion ilicita y falsificacion de firmas, cometidas por el servidor de MORDAZA don MORDAZA MORDAZA Aragon. CONSIDERANDO: Que, el servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por mandato del ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA Itusaca, a partir del mes de MORDAZA de 1998 ha ostentado el cargo de pagador; Que, con fecha 10 de marzo del ano en curso, los ex trabajadores de esta Municipalidad Provincial de Azangaro: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA PARISAUANA MORDAZA, MORDAZA LARUTA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han presentado sus respectivas cartas, de las mismas que se advierte que durante el mes de MORDAZA de 1998 han laborado en las diferentes obras que ha ejecutado esta entidad edilicia; sin embargo, no han percibido sus salarios, muy a pesar de que existe las correspondientes planillas, en las mismas que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha fraguado falsificando las firmas de los ex trabajadores MORDAZA mencionados, con el evidente proposito de apropiarse los dineros que legitimamente les corresponde; Que, en merito a las denuncias de los ex trabajadores, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad Provincial de Azangaro, ha efectuado la revision y confrontacion de firmas en las planillas de salarios correspondiente al mes de MORDAZA del ano de 1998, en las que efectivamente aparece como que habian cobrado sus salarios; empero, se evidencia que las firmas de los denunciantes han sido falsificadas, conforme es de verse en el informe indicado en el introito de la presente Resolucion. Que, el presunto acto ilicito cometido por el servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme prescribe el Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, Art. 150º y siguientes del D.S. Nº 005-90-PCM, constituye falta disciplinaria grave; porque, el presunto acto cometido por el servidor mencionado la de apropiarse ilicitamente las remuneraciones de los ex trabajadores, y falsificar las firmas y documentos de los denunciantes constituye actos dolosos sancionados y penados por el Codigo Penal vigente; Estando a lo dispuesto en el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, opinion favorable de Asesoria Legal y Acuerdo de Concejo de Regidores de fecha 8 de setiembre de 1999; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario en la via sumarisima, al servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos

expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- OTORGAR un plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, al servidor mencionado en el articulo anterior, para que presente su descargo con arreglo a ley. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CALCINA MORDAZA (e) 0986

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Sancionan con destitucion a MORDAZA de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 093-TAE-2000-MPHM Matucana, 24 de enero del 2000 LA MORDAZA MORDAZA ENCARGADA PROVISIONALMENTE DEL CARGO DE MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA Visto el Informe Nº 002-2000-CEPAR, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos de Regidores el mismo que contiene la recomendacion y propuesta a ser aplicada al MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHINCHAY. CONSIDERANDO: 1. Que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 071-TAE2000-MPH-M de fecha 6 de enero del mismo ano se le abrio MORDAZA administrativo disciplinario al MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que el procesado con fecha 13 de enero del 2000 solicita se le amplie el plazo a 5 dias mas a fin de poder hacer sus descargos de Ley. 2. Que con fecha 21 de enero del 2000 el procesado presenta un escrito que de modo alguno levanta los cargos que dan merito al MORDAZA abierto en su contra. 3. Que al no haber el procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, levantado los cargos en el plazo previsto en el Articulo 169º del Decreto Supremo Nº 005-PCM. 4. Y estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos para regidores, mediante Informe Nº 002-2000-CEPAR, de conformidad a lo establecido en los incisos a) y b) del Articulo 21º, incisos a), d) y f) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Articulos 129º, 153º inciso c) del Articulo 154º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM, y a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion de destitucion al MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quedando inhabilitado para desempenarse en la administracion publica bajo cualquier forma o modalidad por un periodo no menor de 5 anos. Articulo Segundo.- Remitir los actuados a la Oficina de Asesoria Juridica para que evalue si existen meritos para iniciar las acciones a que hubiere lugar. Articulo Tercero.- Notificar mediante el Diario Oficial El Peruano el tenor de la presente Resolucion al interesado para los fines pertinentes.

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