Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2000 (23/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de marzo de 2000

Las adquisiciones y/o contrataciones se realizaran mediante el procedimiento de adjudicacion directa de menor cuantia hasta por la suma de S/. 1'984,350.00 (UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL, TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3º.- Las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo precedente se efectuaran con cargo al Presupuesto autorizado y a las Asignaciones Trimestrales aprobadas para el Ano Fiscal 2000 al Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES. Articulo 4º.- La ejecucion de los contratos derivados del presente Decreto Supremo se regularan por la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su reglamento y demas normas complementarias. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera puesto en conocimiento de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, la Contraloria General de la Republica y el Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia, y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de marzo del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 3387

Que, habiendose verificado que en el inmueble submateria la Asociacion recurrente continua aplicando el uso respectivo, resulta procedente afectar en uso de dicho inmueble; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal se aprueban mediante Resolucion Suprema a favor de las reparticiones del Estado y/o a favor de instituciones particulares que desempenen una labor que signifique una colaboracion con la funcion social del Estado, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar la afectacion en uso otorgada mediante Resolucion Suprema Nº 092-93-PRES a favor de la Asociacion Club Hebras de Plata por un periodo de seis anos correspondiente al inmueble de 111,30 m2, ubicado entre los edificios 2C, B6, B11 y 3C de la Primera Etapa del Grupo Residencial San MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para que continue brindando servicios asistenciales a personas de la tercera edad. Articulo 2º.- La presente afectacion en uso queda sujeta a lo dispuesto por el Articulo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Articulo 3º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion inscribira la afectacion en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 3397

Prorrogan afectacion en uso de inmueble a favor de asociacion, para que continue brindando servicios asistenciales a personas de la tercera edad
RESOLUCION SUPREMA Nº 024-2000-PRES MORDAZA, 22 de marzo del 2000 Visto el Expediente Nº 844254 por el cual la Asociacion del Club Hebras de Plata solicita la ampliacion del plazo de la afectacion en uso del inmueble de 111,30 m2, ubicado entre los edificios 2C, B6, B11 y 3C de la Primera Etapa del Grupo Residencial San MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el inmueble de 111,30 m2, se encuentra inscrito en la Ficha Nº 1149531 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, la cual es continuacion del asiento 10, fojas 1, tomo 1375 de la partida I y registrado en el asiento 1140 del Margesi de Bienes Nacionales; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 092-93-PRES, de fecha 4 de noviembre de 1993, se resolvio afectar en uso a favor de la Asociacion Club Hebras de Plata del inmueble submateria por un plazo de seis anos para que brinde servicios asistenciales a las personas de la tercera edad; Que, mediante escrito de fecha 25 de MORDAZA de 1999, la Presidenta de la Asociacion del Club Hebras de Plata solicito a la Superintendencia de Bienes Nacionales la renovacion de la autorizacion de la afectacion en uso; Que, mediante Informe Nº 280-99/SBN-DAT, la Direccion de Apoyo Tecnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales establece que el predio materia de revision es utilizado como sede del club y centro de diferentes actividades;

Autorizan viaje de Inspector General del Ministerio a los EE.UU., para participar en evento sobre administracion financiera gubernamental
RESOLUCION SUPREMA Nº 025-2000-PRES MORDAZA, 22 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Consorcio Internacional sobre Gerencia Financiera Gubernamental, la Facultad de Contaduria - Universidad Internacional de La MORDAZA y la Asociacion de Contadores Gubernamentales estan organizando la XIV Conferencia Internacional sobre Nuevos Acontecimientos en la Administracion Financiera Gubernamental - cuyo tema es "Sistemas Integrados de Administracion Financiera", la cual se llevara a cabo en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de Norteamerica, del 27 al 31 de marzo del 2000; Que, por su finalidad y los temas a tratar se ha considerado pertinente la participacion en el mencionado evento del CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector General del Ministerio de la Presidencia; Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Ministerio de la Presidencia;

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