Norma Legal Oficial del día 07 de Junio del año 2001 (07/06/2001)


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Propuestas de Accion

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de junio de 2001

§ Desarrollar un programa de capacitacion permanente y sostenido a nivel nacional a favor de los pescadores procesadores artesanales, fileteadores y comercializadores, en aspectos de higiene y sanidad alimentaria de los productos hidrobiologicos. § Recomendar la reglamentacion de sistemas de preservacion a bordo de embarcaciones pesqueras artesanales. 3.2.6 Infraestructuras Problematica La infraestructura pesquera artesanal esta basicamente localizada en el ambito litoral, existiendo en la actualidad 47 desembarcaderos pesqueros artesanales, muchos de los cuales, debido ya sea a su antiguedad o a su deterioro como consecuencia de los fenomenos naturales, no operan a plena capacidad. Asimismo se evidencia un escaso apoyo al sector pesquero artesanal del ambito continental especialmente en la construccion e implementacion de infraestructuras pesqueras que posibiliten un adecuado desembarque, manipuleo y comercializacion de productos hidrobiologicos. Propuestas de Accion § Recomendar al FONDEPES, previa evaluacion situacional de cada una de las infraestructuras pesqueras artesanales existentes, operativizar aquellas que no vienen funcionando a plena capacidad, asi como la construccion y equipamiento de otras, priorizando zonas criticas de Costa, MORDAZA y Selva. § Solicitar al FONDEPES que propenda a la modernizacion y redimensionamiento de las infraestructuras pesqueras artesanales, preferentemente en lo que corresponde a las plantas de frio. § Asimismo promover la gestion de los desembarcaderos pesqueros artesanales como polos de desarrollo local, ampliando la cobertura de sus servicios, propios del sector pesquero. 3. 3 MEDIO AMBIENTE 3.3.1 EFECTOS DE LA CONTAMINACION EN LA PESCA ARTESANAL Problematica La MORDAZA costera del litoral y de aguas continentales donde se ejerce la actividad pesquera artesanal recibe sin ningun MORDAZA de tratamiento las descargas residuales de diversas actividades industriales y de los efluentes domesticos de centros poblados adyacentes. Los esfuerzos aislados de algunas comunidades pesqueras por ejecutar acciones relacionadas con la proteccion y conservacion del medio ambiente MORDAZA no consiguen significativos avances al no encontrarse definidos los niveles maximos permisibles para los principales contaminantes de diversas MORDAZA que afectan la actividad pesquera y acuicola. Limitada coordinacion de politica intersectorial. Propuestas de Accion § Sugerir que el Ministerio de Pesqueria establezca a la brevedad los limites maximos permisibles de estandares de calidad y ambiental coordinando con los sectores involucrados a fin de que puedan ser ejecutables en el tiempo. § Proponer a la autoridad ambiental o CONAM, promueva una revision, actualizacion y armonizacion de las normas ambientales, de los diferentes sectores productivos a fin de que se tomen medidas coherentes que contribuyan a la solucion de la problematica existente sobre el asunto. § Promover en los desembarcaderos pesqueros artesanales el cumplimiento de la reglamentacion sobre sanidad e higiene de los productos hidrobiologicos durante su manipulacion y procesamiento y comprometer a los pescadores artesanales a mantener en las mejores condiciones dichos ambientes para evitar la contaminacion. IV CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES A. CONCLUSIONES Del analisis de cada uno de los problemas planteados, se pueden priorizar algunos que requieren trazar lineas de accion concertada con todos los agentes vinculados a la

actividad pesquera artesanal orientada a la busqueda de su solucion; entre estas podemos citar: a) Necesidad de una sostenida capacitacion de parte del sector pesquero, b) Transferencia tecnologica, c) Repotenciacion y equipamiento de infraestructuras pesqueras artesanales, d) Necesidad de lineas de credito asequibles para el pescador artesanal, y e) Una MORDAZA coordinacion multisectorial que permita superar problemas de orden sanitario y de medio ambiente. f) Fortalecimiento de la Organizacion Social del Pescador Artesanal con el fin de elevar su nivel cultural, social y economica de su comunidad B. RECOMENDACION Implementar, con niveles de priorizacion, las propuestas de accion planteadas, en coordinacion con los diversos agentes e instituciones que de una u otra manera tienen injerencia en la solucion de la problematica pesquera artesanal, con el objeto de lograr un desarrollo armonico y sostenido de dicha actividad. 24831

Declaran improcedente solicitud de permiso de pesca para operar embarcacion en la extraccion de diversos recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 087-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2001 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00173003 con escrito de fecha 19 de MORDAZA del 2001, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE YATACO. CONSIDERANDO: Que el Articulo 11º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE senala que el regimen de acceso a la actividad pesquera esta constituido por las autorizaciones de incremento de flota y los permisos de pesca; asimismo el numeral 12.1 del Articulo 12º del mismo reglamento senala que en caso de recursos plenamente explotados, el Ministerio de Pesqueria no autorizara incrementos de flota ni otorgara permisos de pesca que conceden acceso a las pesquerias bajo responsabilidad, salvo que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente en la pesqueria de los mismos recursos; Que por Resolucion Ministerial Nº 781-97-PE se declaro a los recursos anchoveta y sardina como plenamente explotadas limitandose su acceso a la sustitucion de igual capacidad de bodega; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "GENESIS" de 68.16 m3 con matricula Nº CO-15126-CM, en la extraccion de los recursos jurel, caballa, anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto utilizando redes de cerco; Que mediante Resolucion Directoral Nº 222-2000-PE/ DNE de fecha 22 de setiembre del 2000, se declaro entre otras, la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 477-97PE, para la construccion de la embarcacion pesquera "GENESIS", con acceso a la extraccion de los recursos hidrobiologicos cachema, suco, machete y MORDAZA con destino al consumo humano directo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recurrente no cuenta con autorizacion de incremento de flota para la extraccion de los recursos jurel, caballa, anchoveta y sardina con la embarcacion pesquera "GENESIS", asi como que la autorizacion mencionada otorgada para la construccion de la citada embarcacion fue caducada mediante la Resolucion Directoral Nº 222-2000-PE/DNE MORDAZA citada, por lo que resulta improcedente la solicitud del permiso de pesca presentada; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 103-2001-PE/DNEPP-

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