Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2001 (29/06/2001)
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TEXTO DE LA PÁGINA 11
N° de orden
REQUISITOS
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
DERECHO DE PAGO
CALIFICACION DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE
AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE
AUTORIDAD COMPETENTE QUE RESUELVE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS Previsional de la ONP. El Recurso de RECONSIDERACION Es resuelto por el Jefe de Division de Calificaciones de la ONP. El Recurso de APELACION Es resuelto por el Tribunal de Administracion Previsional de la ONP
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Renovacion de Pension por haber cumplido 80 anos de edad. (Decreto Ley N° 20530)
1. Solicitud dirigida al Jefe de la Oficina de Personal, con indicacion de su direccion domiciliaria. 2.Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante.
Gratuito
Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (30 Dias)
Area de Mesa de Partes y Archivo del Ministerio
Jefe de Division de Calificaciones de la ONP
MORDAZA, viernes 29 de junio de 2001
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Incorporacion al Regimen del Decreto Ley N° 20530
1. Solicitud dirigida al Jefe de la Oficina de Personal, con indicacion de su direccion domiciliaria. 2.Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante.
Gratuito
Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (30 Dias)
Area de Mesa de Partes y Archivo del Ministerio
Jefe de Division de Calificaciones de la ONP
El Recurso de RECONSIDERACION Es resuelto por el Jefe de Division de Calificaciones de la ONP. El Recurso de APELACION Es resuelto por el Tribunal de Administracion Previsional de la ONP
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Pension de Sobrevivientes Viudez (Decreto Ley N° 20530)
1. Solicitud del conyuge sobreviviente y/o de su representante legal requiriendo pension de viudez, con indicacion de su direccion domiciliaria, dirigida al Jefe de la Oficina de Personal. 2.Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante o del Representante Legal, de ser el caso.
Gratuito
Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (30 Dias)
Area de Mesa de Partes y Archivo del Ministerio
Jefe de Division de Calificaciones de la ONP
El Recurso de RECONSIDERACION Es resuelto por el Jefe de Division de Calificaciones de la ONP. El Recurso de APELACION Es resuelto por el Tribunal de Administracion Previsional de la ONP
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NORMAS LEGALES
Pension de Sobrevivientes Orfandad (Decreto Ley N° 20530)
Gratuito
Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (30 Dias)
Area de Mesa de Partes y Archivo del Ministerio
Jefe de Division de Calificaciones de la ONP
El Recurso de RECONSIDERACION Es resuelto por el Jefe de Division de Calificaciones de la ONP. El Recurso de APELACION Es resuelto por el Tribunal de Administracion Previsional de la ONP
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1.Solicitud del recurrente o su representante legal, dirigida al Jefe de la Oficina de Personal , requiriendo Pension de Orfandad, indicando su direccion domiciliaria. 2.Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante o de su representante legal. 3.Para el caso de que el solicitante sea tutor, adjuntar documento que lo acredite como tal. 4.Acta de defuncion del causante: original o MORDAZA fedateada por el funcionario competente de la entidad, MORDAZA 3 meses de antiguedad. 5.Partida de nacimeinto de los hijos menores de edad del causante; MORDAZA certificada expedida por la municipalidad respectiva, MORDAZA 3 meses de antiguedad. En caso de hijo adoptivo * Resolucion que declare heberse realizado la adpcion por el causante; MORDAZA certificada expedida por el funcionario correspondiente. * Partida de nacimiento con la anotacion corrrespondiente, que MORDAZA dispuesto la adopcion del causante; MORDAZA certificada expedida por la Municipalidad respectiva, MORDAZA 3 meses de antiguedad. En caso de ser hijo incapacitado * Para el caso que el solicitante sea curador, documento que lo acredite como tal. * Partida de nacimiento del hijo incapacitado, MORDAZA certificada expedida por la Municipalidad respectiva, MORDAZA 3 meses de antiguedad. * Resolucion Judicial que declare la incapacidad, MORDAZA certificada expedida por el Juzgado respectivo. * Resolucion Judicial que declare consentida la Resolucion de incapacidad, MORDAZA certificada expedida por el Juzgado respectivo. En caso de ser hija soltera mayor de edad * Partida de nacimiento de la hija soltera mayor de edad, MORDAZA certificada expedida por la Municipalidad respectiva, MORDAZA 3 meses de antiguedad. * Declaracion jurada de la recurrente indicando si permanece como soltera, si ha formado hogar fuera del matrimonio, si tiene actividad lucrativa, si carece de renta afecta y si se encuentra amparada en algun Sistema de Seguridad Social. * MORDAZA de no inscripcion de la hija soltera mayor de edad en el registro de