Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2001 (29/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de junio de 2001

Ministerio, debido al mal estado del equipo con que se cuenta; lo que esta causando perjuicios a los usuarios; Que, el inciso c) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM senala que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la referida ley; Que, el Articulo 21º del citado texto legal senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes o servicios u obras por el tiempo o cantidad segun el caso necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico Legal previo y publicado en el Diario Oficial El Peruano debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, mediante Memorandum Nº 804-2001-MTC/ 15.12, se senala que la cantidad de impresoras necesarias que se deben adquirir para la emision de Licencias de Conducir son 12 (doce); Que, en consecuencia es necesario adquirir las referidas impresoras mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; a fin no se comprometa directa e inminentemente la continuidad del servicio esencial de emision de Licencias de Conducir que presta el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a traves de la Direccion General de Circulacion Terrestre; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la adquisicion de 12 (doce) impresoras para la emision de las Licencias de Conducir. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion del MORDAZA de Adjudicacion Directa para la adquisicion de 12 (doce) impresoras para la emision de Licencias de Conducir hasta por un monto de S/. 200,000 (doscientos mil y 00/100 nuevos soles). Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion la adquisicion de los bienes a que se refiere el Articulo Primero, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- La presente Resolucion, asi como el Informe Tecnico contenido en el Memorandum Nº 702-

2001-MTC/15.18 y el Informe Legal, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 26219

Modifican resolucion que MORDAZA el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusion mediante concurso publico de ofertas en localidades y bandas de frecuencia con restricciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 276-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 28 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 491-2000-MTC/ 15.03, publicada el 29 de diciembre de 2000, se dispuso que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgarian por Concurso Publico de Ofertas en aquellas localidades y bandas de frecuencias en las que se identifiquen restricciones de disponibilidad de frecuencias atribuidas frente a un mayor numero de solicitudes presentadas; Que, a fin de implementar lo dispuesto en la mencionada resolucion, resulta necesario establecer los criterios o parametros que permitan determinar la existencia de restricciones en la disponibilidad de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion en una determinada localidad y banda de frecuencias; Que, asimismo, es necesario establecer los criterios para la atencion de las solicitudes para otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion en aquellas localidades y bandas de frecuencias donde se hubiere realizado Concurso Publico de Ofertas y se MORDAZA producido nueva disponibilidad de frecuencias; Que, en consecuencia resulta necesario modificar la Resolucion Ministerial Nº 491-2000-MTC/15.19, otorgando un plazo para que los administrados tomen conocimiento de los criterios a aplicarse, y tengan oportunidad de participar en la asignacion de frecuencias; Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones y Viceministro de Comunicaciones; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 491-2000-MTC/15.19, el cual tendra el siguiente texto: "Articulo 1º.- Disponer que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorguen mediante Concursos Publicos de Ofertas, en aquellas localidades y bandas de frecuencias en las que se identifique restricciones en la disponibilidad de frecuencias atribuidas a dicho servicio. Entiendase por restriccion en la disponibilidad de frecuencias cuando el numero de frecuencias disponi-

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