Norma Legal Oficial del día 04 de Mayo del año 2001 (04/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2001

cion oficial por ESSALUD; situacion confirmada a traves del Informe Nº 013-2001-PCM-SA-300, remitido por la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual senala que no se ha encontrado documento de remision de dicha Directiva a ESSALUD; adicionalmente, dicho documento contraviene explicitamente los principios de libre competencia, imparcialidad y transparencia referidos; Que, asimismo, y contrariamente a lo establecido en la normativa vigente, no se ha acreditado haber contado con estudios ni especificaciones tecnicas que sustentasen los servicios que se requerian, asi como la razonabilidad de los montos que serian invertidos en publicidad con relacion a los beneficios o impacto esperados; soslayando el MORDAZA de economia que debe regir las contrataciones del Estado, lo cual se refleja en la ejecucion de las distintas campanas, tales como el caso del SEGURO DE SALUD DEL PESCADOR, en el cual se invirtio S/. 1 044 458,84 efectuandose la MORDAZA publicitaria MORDAZA de la emision de la Ley Nº 27177 de 25.SET.99 que crea el mencionado seguro; asi como en la MORDAZA de EMERGENCIAS GRAU por S/. 648 440,32 donde se efectuaron gastos de publicidad en provincias por S/. 23 560,45, siendo que la atencion solo se otorga en la MORDAZA de MORDAZA, entre otros; Que, de otro lado, los pagos que se efectuaron por dichos conceptos no fueron hechos de conocimiento oportunamente a las entidades que preve el Decreto de Urgencia Nº 018-99, entre ellas la Contraloria General de la Republica; Que, de los hechos expuestos en los considerandos precedentes, se desprende que la decision de efectuar contrataciones direccionadas a determinadas Agencias de Publicidad, sustentadas en una Directiva sin firma ni acreditacion de su vigencia, y sin contar con especificaciones tecnicas que sustenten la razonabilidad de los montos invertidos, en contravencion a la legislacion vigente y a los parametros de una gestion transparente y economica, ocasionando perjuicio economico a ESSALUD, constituyen indicios razonables que hacen presumir la existencia de los delitos de Abuso de Autoridad y de Colusion Ilegal, ilicitos previstos y sancionados en los Articulos 376º y 384º del Codigo Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, en los casos de comprobarse la existencia de dano economico o indicios razonables de la comision de delito durante la accion de control, es deber de la Contraloria General de la Republica disponer el inicio de las acciones judiciales respectivas. En tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que de inicio a las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 12º del D.L. Nº 17537, modificado por el D.L. Nº 17667 y el Articulo 19º inciso f) del D.L. Nº 26162; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que formule las acciones legales por los hechos expuestos, contra las personas comprendidas en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HIGAONNA DE MORDAZA Contralora General de la Republica 22845

JNE
Autorizan a la ONPE iniciar trabajos preparatorios para la MORDAZA Eleccion Presidencial
RESOLUCION Nº 397-2001-JNE MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, aun cuando no se ha concluido el computo total de los votos emitidos en las elecciones generales del dia 8 de MORDAZA ultimo, el reporte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales al dia 2 de MORDAZA ultimo senala un avance del 99.08% en el computo de los votos presidenciales; Que, para llegar al computo total de los votos y al resultado oficial electoral es necesario que previamente, en base a los resultados dados por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, los Jurados Electorales Especiales levanten las Actas de Computo de los Sufragios emitidos en sus correspondientes distritos electorales, como requiere el Art. 317º de la Ley Organica de Elecciones, en la que se sustentara el Acta General a que se refieren los Arts. 322º y 323º de la misma ley; Que, del reporte primeramente citado, resulta que las mas altas votaciones corresponden a los candidatos presidenciales de los partidos politicos: Peru Posible y Partido Aprista Peruano, el primero con el 31.57% de los votos emitidos y el MORDAZA con el 22.29%, y que en el tercer lugar se ubica el candidato de la Alianza Electoral Unidad Nacional con el 21% de los votos emitidos; Que, es improbable que esta ubicacion en el resultado de las preferencias electorales pueda modificarse, tanto porque las observaciones en las actas pendientes de procesar se refieren a la eleccion para el Congreso de la Republica, como por el escaso numero de actas pendientes de computo, que porcentualmente no supera el margen existente entre los candidatos que han quedado en el MORDAZA y tercer lugar; Que, si bien no es posible en este momento, por lo MORDAZA senalado, convocar a la MORDAZA Eleccion Presidencial segun mandato de los Arts. 111º de la Constitucion Politica del Estado y 18º de la Ley Organica de Elecciones, es imperioso dar inicio inmediato a los trabajos preparatorios, por convenir al interes nacional, puesto que el inicio MORDAZA podria generar graves dificultades a la marcha al MORDAZA electoral en curso; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en ejercicio de las facultades que le conceden los Arts. 178º Inc. 4) y 181º de la Constitucion Politica del Estado y 5º Incs. a), b) y c) de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para iniciar de inmediato los trabajos preparatorios para la MORDAZA Eleccion Presidencial, tales como el diseno de la cedula de votacion, el sorteo del lugar que ocuparan los candidatos en dicha cedula, el diseno de las actas de sufragio, y todas las demas actividades relativas a la preparacion del material electoral. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General

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