Norma Legal Oficial del día 24 de Julio del año 2002 (24/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, miercoles 24 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Ica S.A., para efectuar el traslado de su Agencia de Nasca ubicada en la MORDAZA MORDAZA Nº 413, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica a la MORDAZA Grau Nº 250, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 13140

En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2002, Nº SBS-DIR-ADM-085-02; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, Jefe del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, del 24 al 27 de MORDAZA de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2002, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) Tarifa CORPAC US$ 25,00 90,36

Autorizan viaje a funcionario de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica a Panama para participar en el XXI Congreso Latinoamericano de Derecho Bancario
RESOLUCION SBS Nº 684-2002 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitacion cursada a esta Superintendencia por la Asociacion Bancaria de Panama y la Federacion Latinoamericana de Bancos y su Comite Tecnico de Derecho Bancario, con el fin de participar en el XXI Congreso Latinoamericano de Derecho Bancario, el mismo que se llevara a cabo del 24 al 26 de MORDAZA de 2002, en la MORDAZA de Panama, Republica de Panama; CONSIDERANDO: Que, en el citado Congreso se desarrollaran temas de importancia vinculados a las actividades de este organismo de regulacion, supervision y control, orientados principalmente a ampliar el conocimiento tecnico legal de los participantes con la finalidad de afrontar mejor las nuevas exigencias del MORDAZA financiero en esta era de globalizacion economica, asi como servir de foro para el intercambio de ideas y experiencias en materia legal aplicada a la actividad bancaria entre los representantes de diversos paises de la region; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-02, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2002, estableciendose en el Numeral 4.1.1. que se autorizaran viajes al exterior unicamente para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales o multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia indispensable de funcionarios de la Superintendencia, como en el presente caso; Que, se ha considerado conveniente designar, en esta oportunidad exclusivamente, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, Jefe del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, para que en representacion de esta Superintendencia participe en el referido evento, habiendose cancelado por razones de austeridad la participacion de otros tres representantes de esta Superintendencia; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 11145-2002 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2002; y,

Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 13149

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Autorizan transferencia de acciones representativas del capital social de Interfip Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. a favor de IFH PERU Ltda.
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 049-2002-EF/94.11 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 2002/06746 iniciado por Interfip Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., asi como el Informe Nº 039-2002-EF/94.55 de fecha 16 de MORDAZA de 2002 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 106-97-EF/ 94.10, del 18 de febrero de 1997 se autorizo el funcionamiento de Interfip Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. para que se dedique fundamentalmente a realizar la intermediacion de valores en uno o mas mecanismos centralizados que operen en las bolsas; Que, mediante escritos de fechas 29 de MORDAZA, 11 de junio y 8 de MORDAZA de 2002, Interfip Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. solicita a CONASEV autorizacion para la transferencia del 99,99% de las acciones representativas de su capital social, de propiedad del Banco Internacional del Peru S.A.A. a favor de la empresa IFH PERU Ltda.; Que, de conformidad con la documentacion presentada, Interfip Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. ha cumplido con lo previsto en el Articulo 19º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10; Que, de acuerdo a lo anteriormente expresado debe autorizarse a Interfip Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. la

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