Norma Legal Oficial del día 17 de Septiembre del año 2003 (17/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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descargos de acuerdo a la normatividad legal vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 037-2003-DA/MDB la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA reconoce que por desconocimiento de las normas legales se contrato indebidamente con el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y solicita la nulidad del MORDAZA de seleccion; Que, el ultimo parrafo del articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala "las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente articulo se tendran por no presentadas, bajo responsabilidad de los miembros del Comite. Los contratos celebrados en contravencion a lo dispuesto por el presente articulo son nulos sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar"; Que, el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala "... despues de celebrados los contratos, solo es posible declarar la Nulidad por efecto del articulo 9º de la Ley ...". Asimismo indica que la Resolucion que declara la nulidad de oficio, debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes de su expedicion, bajo responsabilidad; Que, de acuerdo a los documentos de vistos, y al MORDAZA de los principios que rigen las Normas de Contratacion y Adquisicion del Estado y a la politica de transparencia de la actual gestion edilicia es necesario declarar la nulidad de oficio del mencionado MORDAZA de seleccion y adoptar las medidas necesarias para salvaguardar los intereses de la Municipalidad de Brena; Estando a merito de lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, encargadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 035-2003-MDB de fecha 1 de setiembre de 2003, y a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad de Oficio de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 005-2002-CEP/MDB para la Contratacion del Servicio de Remodelacion de Cabinas de Internet otorgada al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA por un monto total de S/. 10,997.72 Nuevos Soles incluido impuestos de Ley, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer las acciones pertinentes para que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA devuelva el integro de lo cancelado por el mencionado servicio a la Municipalidad de Brena incluido los intereses de acuerdo a Ley. Articulo Tercero.- Poner de conocimiento del CONSUCODE de los hechos descritos en la presente Resolucion de conformidad con el articulo 205º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para las sanciones correspondientes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo establecido en el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado del Despacho de Alcaldia 17112

Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 4 de setiembre del 2003, el Dictamen Nº 008 de fecha 26 de agosto del 2003, de la Comision de Asuntos Juridicos, respecto al proyecto de Reglamento Interno de Concejo - RIC; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Articulo 200º inciso 4) de la Constitucion, tienen rango de Ley; Que, el Articulo 9º numeral 12) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar por Ordenanza el reglamento del Concejo Municipal; Que, a efectos de adecuar el funcionamiento del Concejo Municipal a las disposiciones de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, es necesario aprobar un MORDAZA Reglamento Interno de Concejo; Estando a lo expuesto, de conformidad con las funciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno del Concejo -RIC- de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, el mismo que consta de III Titulos, IV Capitulos, cincuentiocho (58) articulos y tres (3) Disposiciones Finales, y que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Deroguese el Edicto Nº 004-2003 de fecha 21 de marzo del 2003. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17090

Aprueban Reglamento de Comisiones de Regidores del Concejo Distrital
ORDENANZA Nº 066
La MORDAZA, 11 de setiembre del 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 4 de setiembre del 2003, el Dictamen Nº 008 de fecha 26 de agosto del 2003, de la Comision de Asuntos Juridicos, respecto al proyecto de Reglamento de Comisiones de Regidores del Concejo Distrital de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Articulo 200º, inciso 4) de la Constitucion, tienen rango de Ley; Que, el Articulo 9 numeral 15) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento; Que, a efectos de adecuar el funcionamiento del Concejo Municipal a las disposiciones de la Ley Organica de

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Reglamento Interno del Concejo - RIC
ORDENANZA Nº 065
La MORDAZA, 11 de setiembre del 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA

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