Norma Legal Oficial del día 17 de Septiembre del año 2003 (17/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES PROYECTO

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taciones Base del Sistema, expresado en centimos de S/./kW.h. PEMP y PEMF, determinados como el producto del Precio Basico de la Energia respectivo por el Factor de Perdidas Marginales de Energia. Articulo 47º, incisos d) y g) de la Ley13 . PEBP : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, expresado en centimos de S/./kW.h. PEBF : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, expresado en centimos de S/./kW.h. PCSPT : Cargo de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision, expresado en S/./kW-mes CPSEE : Cargo de Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia, expresado en centimos de S/./kW.h. Para el calculo de los precios de potencia y energia para el resto de Subestaciones de cada sistema, se emplearan los valores de PEBP, PEBF y PPB, resultantes de aplicar las formulas (1), (2) y (3). El cargo PCSPT corresponde al fijado por la Resolucion OSINERG Nº 057-2003-OS/CD y sus modificatorias. El cargo CPSEE corresponde al consignado en la Resolucion OSINERG Nº 105-2003-OS/CD y sus modificatorias. B) TARIFAS EN MORDAZA EN SUBESTACIONES DE CENTRALES GENERADORAS El Precio en MORDAZA de la Energia en una Subestacion de Central Generadora, cuyo flujo preponderante de energia es hacia otra subestacion con Precio en MORDAZA definido, se determinara del cociente resultante de dividir el Precio en MORDAZA de la Energia de la Subestacion con Precio en MORDAZA definido entre el correspondiente Factor de Perdida Marginal de Energia (FPME). El Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta en una Subestacion de Central Generadora, se determinara dividiendo el Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta de la Subestacion con Precio en MORDAZA definido entre el Factor de Perdida Marginal de Potencia (FPMP). En el caso de subestaciones en que el flujo preponderante de energia aporte a otra subestacion con Precios en MORDAZA definidos, se le aplicara el mismo procedimiento. Se define: PEBP1 = PEBF1 = PPB1 = Donde: PEBP0 : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, definido. PEBF0 : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, definido. PPB0 : Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta, definido. PEBP1 : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, por determinar. PEBF1 : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, por determinar. PPB1 : Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta, por determinar. Los Factores de Perdidas Marginales FPME y FPMP corresponden a los definidos y consignados en la Resolucion OSINERG Nº 105-2003-OS/CD y sus modificatorias. 1.2 TARIFAS EN MORDAZA EN SUBESTACIONES DIFERENTES A LAS SENALADAS EN EL NUMERAL 1.1. Los Precios en MORDAZA en subestaciones diferentes a las senaladas en el numeral 1.1, se determinaran segun el procedimiento siguiente: A) Tarifas en MORDAZA de la Energia Los Precios en MORDAZA de la Energia (en Horas de Punta y Fuera de Punta) seran el resultado de multiplicar los Precios en MORDAZA de la energia en una Subestacion de PEBP0 / FPME PEBF0 / FPME PPB0 / FPMP (4) (5) (6)

Referencia por el respectivo Factor de Perdidas Marginales de Energia (FPME), agregando a este producto el Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transmision en Energia (CBPSE). Se define: PEBP1 = PEBF1 = Donde: PEBP0 : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, definido. PEBF0 : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, definido. PEBP1 : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, por determinar. PEBF1 : Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, por determinar. El cargo por transmision CBPSE es aplicable en la formacion de los Precios en MORDAZA entre generador y distribuidor y se encuentra definido en la Resolucion OSINERG Nº 105-2003-OS/CD y sus modificatorias. B) Tarifas en MORDAZA de Potencia de Punta Los Precios en MORDAZA de la Potencia de Punta seran el resultado de multiplicar los Precios en MORDAZA de la Potencia de Punta en la Subestacion de Referencia por el respectivo Factor de Perdidas Marginales de Potencia (FPMP). Se define: PPB1 Donde: PPB0 PPB1 : Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta, definido. : Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta, por determinar. = PPB0 * FPMP (9) PEBP0 * FPME + CBPSE PEBF0 * FPME + CBPSE (7) (8)

En todos los casos las empresas deberan verificar que los costos por transmision no excedan los limites denominados costos de conexion directa, de acuerdo con las Condiciones de Aplicacion fijadas en el numeral 4, Articulo Primero, de la Resolucion Nº 015-95 P/CTE y sus modificatorias. 2 GRAVAMENES E IMPUESTOS Las tarifas de la presente resolucion, o sus reajustes, de acuerdo con las Formulas de Actualizacion del Articulo 2º, no incluyen impuestos o tributos que MORDAZA de cargo de los clientes. Los precios calculados por aplicacion de las formulas contenidas en el presente articulo deberan ser redondeados a dos decimales MORDAZA de su utilizacion.

13 Articulo 47º.- Para la fijacion de Tarifas en MORDAZA, cada COES efectuara los calculos correspondientes en la siguiente forma: ... d) Determinara el Precio Basico de la Energia por Bloques Horarios para el periodo de estudio, como un promedio ponderado de los costos marginales MORDAZA calculados y la demanda proyectada, debidamente actualizados; ... f) Determinara el precio basico de la potencia de punta, segun el procedimiento que se establezca en el Reglamento, considerando como limite superior la anualidad obtenida en el inciso anterior. En caso de que la reserva del sistema sea insuficiente se considerara para este fin un margen adicional, al precio establecido en el parrafo precedente; g) Calculara para cada una de las barras del sistema un factor de perdidas de potencia y un factor de perdidas de energia en la transmision. Estos factores seran iguales a 1,00 en la MORDAZA en que se fijen los precios basicos; ...

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