Norma Legal Oficial del día 12 de Noviembre del año 2005 (12/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 82

Pag. 304100

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de noviembre de 2005

sus modificaciones, previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental; asimismo normar, regular, otorgar autorizaciones y realizar la fiscalizacion de la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabricas; Que, la Ordenanza Nº 062 Reglamento de la Administracion del Centro Historico de MORDAZA y la Ordenanza Nº 201 Plan Maestro Centro de MORDAZA, establecen las politicas de seguridad, prevencion y mitigacion de desastres en el Centro Historico de Lima; Que, de acuerdo con el numeral 30 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, el MORDAZA preside el Comite Provincial de Defensa Civil, y segun la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, Decreto Ley Nº 19338, uno de los objetivos fundamentales es la prevencion de danos, por lo que en aplicacion del articulo 49º de referida ley organica, procede disponerse la paralizacion por un plazo determinado de toda obra autorizada, por constituir en un determinado momento un peligro o riesgo para la seguridad de las personas, la propiedad privada o la seguridad publica; Que, en este sentido el inciso 8.2 del articulo 161º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que es competencia metropolitana el desarrollar conjuntamente, con el Sistema Nacional de Defensa Civil, el Plan Metropolitano de Contingencia, para la prevencion y atencion de situaciones de emergencia y desastre; Que, debido a los sucesos ocurridos el 29 de diciembre del 2001 y en consideracion a que en los meses de noviembre y diciembre se incrementa el comercio y la presencia de publico usuario en la MORDAZA de Mesa Redonda, la cual presenta caracteristicas de alto riesgo y a fin de evitar accidentes y/o emergencias, es necesario adoptar medidas de seguridad durante la temporada navidena, en prevencion de hechos como los ocurridos en anos anteriores., medida que fue tomada con exito en el ano 2004, mediante Decreto de Alcaldia Nº 086; Estando a las facultades conferidas por el articulo 20º inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- SUSPENDER la ejecucion de todo MORDAZA de obras en propiedad privada y via publica, asi como la expedicion de licencias dentro del periodo comprendido entre el 14 de noviembre del 2005 y el 2 de enero del 2006, en la MORDAZA denominada MESA REDONDA delimitada por lo siguientes jirones: Jr. Jr. Jr. Jr. MORDAZA cuadras 5,6 y 7. Ucayali cuadras 6 y 7. Paruro cuadras 8,9 y 10. MORDAZA cuadras 6 y 7.

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban derechos y procedimientos respecto a inspecciones tecnicas basicas a cargo de la Oficina de Defensa Civil y su inclusion en el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 240-MDB Barranco, 25 de octubre del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS, el informe Nº 013-2005-ODC-MDB de la Oficina de Defensa Civil, el informe Nº 447-OAJ-MDB-2005 de la Oficina de Asesoria Juridica y el dictamen Nº 001-2005 de la Comision de Asuntos Legales del Concejo sobre la inclusion en el MORDAZA de los procedimientos de inspecciones tecnicas basicas de Defensa Civil, en la Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el D.S. Nº 013-2000-PCM que rige las inspecciones tecnicas de Defensa Civil ha sido modificado mediante el D.S. Nº 074-2005-PCM; Que, el literal (a) del articulo 11º del D.S. Nº 013-2000-PCM modificado por D.S. Nº 074-2005-PCM determina que es competencia de las Oficinas de Defensa Civil Regional, Provincial y Distrital las inspecciones tecnicas basicas; Que el articulo 15º del D.S. Nº 013-2000-PCM, modificado por el D.S. Nº 074-2005-PCM determina que las tasas por concepto de inspecciones tecnicas de seguridad en Defensa Civil se estableceran en porcentajes de la unidad impositiva tributaria (UIT) vigente, de acuerdo a los siguientes criterios y margenes: inspeccion tecnica basica limites de tasa aplicable de 1.5% a 10.5% de la UIT y el monto sera determinado en funcion a los siguientes tramos expresados en metros cuadrados (m2) hasta 120m2 y desde 121 m2 hasta 500 m2 y en caso de evento y/o espectaculos publicos, el monto de la tasa sera establecido en funcion al numero de espectadores correspondiendo la ejecucion de una inspeccion tecnica de seguridad basica siempre que el numero de espectadores no supere las 3,000 personas y a su vez precisa que el INDECI y sus organos desconcentrados los Gobiernos Regionales y Locales, de acuerdo a sus competencias en la ejecucion de inspecciones tecnicas de seguridad adecuaran el monto de la tasa en su respectivo MORDAZA, de conformidad con los parametros y margenes establecidos en el presente articulo, considerando los factores de complejidad presentes en diversos objetos de inspeccion. De conformidad con los establecido en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades y con 5 votos a favor y una abstencion de la regidora MORDAZA y con la dispensa de la lectura del acta ha dado la siguiente; ORDENANZA:

Articulo Segundo.- Las Licencias de Obra para Edificacion Nueva, Remodelacion, Ampliacion, Modificacion, Demolicion y Autorizaciones de Obras en Via Publica con plazos vigentes, otorgadas para ejecutar obras dentro de la MORDAZA denominada Mesa Redonda, quedaran en suspenso durante el plazo a que se refiere el presente decreto, entendiendose que las mismas quedan prorrogadas automaticamente por el mismo plazo que dure la suspension. Articulo Tercero.- El incumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto, MORDAZA lugar a la imposicion de las multas y medidas complementarias establecidas en el Cuadro de Sanciones y Escalas de Multas vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Primero.- Derogar la Ordenanza Nº 149-MDB. Articulo Segundo.- Aprobar los derechos y procedimientos contenidos en el cuadro Nº 1, respecto de las inspecciones tecnicas basicas a cargo de la Oficina de Defensa Civil. Articulo Tercero.- Incluir en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 216-MDB, los procedimientos, requisitos, derechos y otros a cargo de la Oficina de Defensa Civil, de conformidad con el cuadro Nº 1 que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Tesoreria el cobro de los derechos por concepto de inspecciones basicas a traves de la cuenta corriente del Banco de la Nacion que para tal efecto existe. POR TANTO:

MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 19210

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.