Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 140

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

Administracion Publica" y Directiva N° 003-82-INAP/DNR "Normas para la Formulacion, Aplicacion, Evaluacion y Actualizacion de Politicas de Gestion Institucional" que establecen que el ROF es un documento que formaliza la estructura de organizacion y funciones, asi como el de precisar las responsabilidades en forma coherente de las acciones de direccion y control. Al respecto, se precisa que estos hechos se generaron debido a que la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion encargada de efectuar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) omitio e inobservo la duplicidad de funciones entre las dos areas en el logro de alcanzar los objetivos esperados. Como consecuencia de ello, se produjo el desaprovechamiento del recurso humano en la distribucion del trabajo y la falta de eficiencia y eficacia en el cumplimiento de las funciones del personal que ahi laboraba. Mas aun conforme se puede observar en el numeral 1.2 de la Directiva N° 005-82-INAP/DRR no excluye la participacion mancomunada del area de Racionalizacion, en la elaboracion del Anteproyecto del ROF, es mas la misma MORDAZA senala al area de Racionalizacion como la encargada de hacer los ajustes y consolidacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y elevarlo a la Alta Direccion para su aprobacion; Que, asimismo, el numeral 4.1 y 4.3 del inciso 4 Capitulo VI de la citada Directiva reafirma el accionar relevante de la Oficina de Racionalizacion respecto a su participacion en la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones(ROF) la cual debe ser incluida en las actividades de su programacion anual, conforme se detalla seguidamente: 4.1) La Oficina de Racionalizacion Institucional o la que haga sus veces es responsable de la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, para lo cual debera incorporar en su programacion anual las actividades correspondientes, 4.3) La Oficina de Racionalizacion Institucional incluira en sus planes de trabajo anual, las acciones que le permitan actualizar el Reglamento de Organizacion y Funciones en forma eficaz y oportuna. En cuanto a esto ultimo, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion deberia haber controlado y evaluado en forma periodica y oportuna los documentos de Gestion Institucional como el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) a efecto de considerar las medidas correctivas necesarias. Respecto a esta Observacion el Informe N° 005-2006-OCI/MDSA concluye que ha incurrido en responsabilidad administrativa el ex Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por incumplimiento de lo establecido en los numerales 15, 16 y 18 del Articulo 45° del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Ordenanza N° 021-2004-MDSA que dispone: "Programar, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las actividades del Sistema de Racionalizacion y ejecutar las acciones para la modernizacion organica funcional", "Formular y evaluar los documentos de gestion institucional: Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF),...modificarlos y actualizarlos oportuna y periodicamente" y "Monitorear y coordinar la expedicion de los Reglamentos Internos que aprueben los organos de la Municipalidad" respectivamente, y el incumplimiento de lo dispuesto en el acapite a) del articulo 21° del D. Leg Nº 276 ­Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que establece "cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico"; Que, en la Observacion N° 2 el Informe N° 005-2006OCI/MDSA senala que existen bienes en el Almacen del periodo 2004-2005 en condicion de obsolescencia, mantenimiento, reparacion, destruccion, etc, que no fueron dados de baja por omision a la normatividad vigente, al respecto en el periodo 2004 la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales no contaba con un area encargada del control patrimonial o Margesi de bienes, las funciones asignadas a esta area fueron cumplidas por la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales, tal como lo senala el articulo 84° del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Ordenanza N° 032-2003MDSA de fecha 16.10.2003;

Que, con respecto a esta observacion el citado informe precisa que el area de Logistica encargada (segun ROF2003) de actualizar y controlar el margesi de bienes no efectuo la baja de los bienes muebles de la Municipalidad durante el periodo 2004, que se encontraban en el almacen en calidad de depositado, a pesar de tener bienes que se encontraban inoperativos o en condiciones para su baja, por lo que el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza N° 021-2004-MDSA de fecha 30.10.2004 considero en el articulo 68° el control patrimonial como una de las areas de las Subgerencia de Logistica y Servicios Generales y que mediante Resolucion Gerencial debio nombrarse un encargado del area de control patrimonial a efecto de que el mismo cumpla con las funciones encargadas en el articulo 68° del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza N° 021-2004MDSA, y que de acuerdo a las observaciones efectuadas por el Organo de Control Institucional en el periodo 2005, la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales omitio designar a un encargado responsable del Area de Control Patrimonial que administre, organice y cautele la baja de bienes de la Municipalidad, ocasionando de manera reiterada que no se efectue la baja de bienes patrimoniales; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Ordenanza N° 032-2003-MDSA senalo lo siguiente: articulo 84° Son funciones de la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales: e) Controlar y actualizar el Margesi de bienes de la Municipalidad conforme lo dispone la Ley Organica de Municipalidades y normas vigentes. El Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Ordenanza N° 021-2004MDSA senala lo siguiente: articulo 68° Son funciones de la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales: El Area de Control Patrimonial, 17. Supervisar, administrar, controlar, registrar y cautelar el patrimonio mobiliario de la Institucion, asi como proporcionar los documentos y las instrucciones tecnicas necesarias para el cumplimiento de los fines, 20. Tramitar ante el respectivo Comite de Bajas y Ventas de bienes patrimoniales de la Municipalidad, las solicitudes de baja de los bienes muebles, en los casos descritos en el respectivo Reglamento. Al respecto el Informe N° 005-2006-OCI/MDSA senala que los hechos ocurridos motivaron que en el periodo 2004, la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales no efectuo de acuerdo con la Normatividad la baja de los bienes patrimoniales en condicion de inservibles; y en el periodo 2005, la Subgerencia de Logistica omitio designar al jefe o encargado del Area de Control Patrimonial, a efecto de que el mismo tramite ante el Comite de Bajas y Ventas de Bienes Patrimoniales, la baja de los bienes muebles. Asimismo, los bienes del periodo 2004-2005 que se encontraban en el almacen en condicion de inservibles y que no representaban un valor real se siguieron contabilizando como activos de la Municipalidad a valores historicos. Respecto a esta Observacion el Informe N° 005-2006-OCI/MDSA concluye que ha incurrido en responsabilidad administrativa el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Logistica y Servicios Generales por incumplir lo dispuesto en los incisos 17 y 18 del articulo 68° del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Ordenanza N° 021-2004-MDSA que dispone:"Supervisar, administrar, controlar, registrar y cautelar el patrimonio mobiliario de la institucion, asi como proporcionar los documentos y las instrucciones tecnicas necesarias para el cumplimiento de los fines" y "Tramitar, ante el respectivo Comite de Bajas y Venta de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad, las solicitudes de baja de los bienes muebles, en los casos descritos en el respectivo Reglamento" y el incumplimiento de lo dispuesto en el acapite a) del articulo 21° del D. Leg Nº 276 ­Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que establece "cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico"; Que, en la OBSERVACION N° 3 del Informe N° 0052006-OCI/MDSA senala que en el periodo 2004-2005 se ha observado que los bienes que se encontraban en el almacen en calidad de depositado para la baja fueron

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