Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Aprueban "Formulacion y Evaluacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el Ano 2008"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 430-2007-PCM MORDAZA, 28 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Pan Operativo Informatico ­ POI, constituye un instrumento de gestion de corto plazo, que permite definir las actividades informaticas de las entidades de la Administracion Publica integrantes del Sistema Nacional de Informatica en sus diferentes niveles; Que, el Articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 604, senala que respecto de los organos del Sistema Nacional de Estadistica e Informatica, las Oficinas Sectoriales de Estadistica e Informatica son las encargadas de la produccion y del servicio estadistico e informatico en su sector; y que en cada Organismo Central, Institucion Publica Descentralizada y Empresa del Estado se constituira una oficina de estadistica y/o informatica para realizar actividades de produccion y servicio estadistico e informatico; Que, el Articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, establece que los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica estan conformados, por los niveles siguientes: Central: El Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - (INEI); las Oficinas Sectoriales de Estadistica e Informatica y demas Oficinas de Estadistica e Informatica de los Ministerios; de los Organismos Centrales, de las Instituciones Publicas Descentralizadas; de las Empresas del Estado; asi como de los Poderes Publicos y Organismos Autonomos; Departamental: Las Oficinas Departamentales de Estadistica e Informatica del INEI, las Oficinas de Estadisticas e Informatica de los Consejos Transitorios de Administracion Regional y de los Sectores; asi como de las Empresas Publicas y demas Organismos Publicos en este ambito; y, Local: Los Organos de Estadistica e Informatica de las Municipalidades y demas entidades publicas del ambito local; Que, mediante el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 066-2003-PCM, se decreta la Fusion por Absorcion de la Subjefatura de Informatica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI y la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de su Secretaria de Gestion Publica; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 49º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica, se constituye en el Organo Tecnico Especializado dependiente jerarquicamente del Presidente del Consejo de Ministros, y se encarga de dirigir, como Ente Rector, el Sistema Nacional de Informatica, y de implementar la Politica Nacional de Gobierno Electronico e Informatica; Que, la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica ­ ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha propuesto la formulacion y evaluacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el ano 2008 y su respectiva guia de elaboracion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 0632007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Formulacion y Evaluacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de

la Administracion Publica para el Ano 2008" y su respectiva Guia de elaboracion, que forma parte de la presente Resolucion, documento que sera publicado en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), y en el MORDAZA de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica, (www.ongei.gob. pe). Articulo 2º.- Las entidades integrantes del Sistema Nacional de Estadistica e Informatica se sujetaran a lo establecido en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial. Dichas entidades deberan registrar en la pagina Web del MORDAZA del Estado Peruano de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.peru. gob.pe/poi), el Plan Operativo Informatico - POI correspondiente al ano 2008, MORDAZA del ultimo dia habil del mes de Febrero de 2008, y la Evaluacion del Plan Operativo Informatico ­ POI, MORDAZA del ultimo dia habil del mes de Enero de 2009. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 147466-3

Reconocen la denominacion de Junta de Coordinacion Interregional "CONSEJO INTERREGIONAL CENTRO SUR - CENSUR"
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 052-2007-PCM/SD MORDAZA, 26 de diciembre de 2007 VISTOS: El Acta de Sesion de la "Junta de Coordinacion Interregional MORDAZA ­ Huancavelica ­ Ica", suscrita el 10 de noviembre de 2007; y el Informe Nº 050-2007-PCMSD/MIRA; CONSIDERANDO: Que, el articulo 190º, ultimo parrafo, de la Constitucion Politica, senala que mientras dure el MORDAZA de integracion, dos o mas gobiernos regionales podran crear mecanismos de coordinacion entre si; Que, el articulo 8º, numeral 14 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, expresa que la gestion regional se rige, entre otros, por el MORDAZA de integracion, orientado a la promocion de la integracion intrarregional e interregional; Que, el articulo 91º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que a iniciativa de los Gobiernos Regionales pueden establecer, de comun acuerdo, Juntas de Coordinacion Interregional como espacios de coordinacion de proyectos, planes y acciones conjuntas, procurando la consolidacion de corredores economicos y ejes de integracion y desarrollo, con la finalidad de establecer futuros espacios macrorregionales; Que, el articulo 3º, numeral 3.3, de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integracion y Conformacion de Regiones, modificada por la Ley Nº 28997, establece que los acuerdos de las Juntas de Coordinacion Interregional se adoptan, al menos, por los dos tercios de sus miembros; Que, el funcionamiento de las Juntas de Coordinacion Interregional se regula mediante sus Estatutos, los mismos que deben formalizarse mediante la resolucion correspondiente y publicarse en el Diario Oficial El Peruano, conforme al procedimiento establecido en el

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