Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2007 (20/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 17472-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0019/RE MORDAZA, 9 de enero de 2007 Visto, los Expedientes Nº 9091-2006 y Nº 106272006, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante los cuales solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Partners in Health, con sede en Boston, Massachusetts, Estados Unidos de America. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91PCM Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional; Que, mediante Certificado de Donacion de fecha 14 de MORDAZA de 2005, legalizado por el Consulado General del Peru en Boston se observa que, Partners in Health ha efectuado una donacion a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, el bien donado consiste en un (1) bulto conteniendo 78 MORDAZA (x 30 bolsitas) de Paraaminosalicylic acid (PASER®) 4 mg. lote 10690, 456 MORDAZA de Para-aminosalicylic acid (PASER®) 4 mg. lote 10700, y 466 MORDAZA de Para-aminosalicylic acid (PASER®) 4 mg. lote 10701, de acuerdo a lo aprobado con Resolucion Directoral Nº 0256-2005-SA/OGCI emitida por la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud, con un peso MORDAZA manifestado de 259 kilos y un peso MORDAZA recibido de 299 kilos, y con un valor FOB de US$ 43,235.40 (Cuarenta y tres mil doscientos treinta y cinco y 40/100 Dolares americanos), amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 235-2005-10041688-00 de fecha 20-May-05 y Volante de Despacho Nº 01186925 de fecha 22-Abr-05. La donacion sera destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogoresistente, dentro del MORDAZA del: "Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Peru, anos 2001-2005", bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Peru, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a

favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU consistente en un (1) bulto conteniendo 78 MORDAZA (x 30 bolsitas) de Paraaminosalicylic acid (PASER®) 4 mg. lote 10690, 456 MORDAZA de Para-aminosalicylic acid (PASER®) 4 mg. lote 10700, y 466 MORDAZA de Para-aminosalicylic acid (PASER®) 4 mg. lote 10701, de acuerdo a lo aprobado con Resolucion Directoral Nº 0256-2005-SA/OGCI emitida por la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud, con un peso MORDAZA manifestado de 259 kilos y un peso MORDAZA recibido de 299 kilos, y con un valor FOB de US$ 43,235.40 (Cuarenta y tres mil doscientos treinta y cinco y 40/100 Dolares americanos), amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 235-2005-10041688-00 de fecha 20-May-05 y Volante de Despacho Nº 01186925 de fecha 22-Abr-05. La donacion sera destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogoresistente, dentro del MORDAZA del: "Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Peru, anos 2001-2005", bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Peru, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 17472-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0020/RE MORDAZA, 9 de enero de 2007 Visto, los expedientes Nº 9095-2006 y Nº 106252006, presentados por SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediante los cuales solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de International Dispensary Association (IDA), con sede en Amsterdam, Holanda. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones

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