Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2007 (20/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

338002

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de enero de 2007

y asequibles que promueven formalmente el inicio de la construccion y el mejoramiento de la vivienda existente, con el apoyo del Programa Techo Propio y su posterior inscripcion en Registros Publicos; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 20) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- CREAR EL PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA, que promueva la construccion formal de viviendas, con la intervencion de la Municipalidad como ente promotor de los mecanismos tecnicos-financieros existentes; el Programa Techo Propio como facilitador en el MORDAZA de postulacion del MORDAZA Familiar Habitacional. El Programa estara principalmente orientado a la promocion de la organizacion de la demanda, generacion de ahorro y asistencia tecnica en el desarrollo de proyectos de Adquisicion de Vivienda Nueva, Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Articulo Segundo.- La participacion al Programa es de iniciativa individual en todo el MORDAZA, el mismo que incluye la fase de inscripcion, calificacion tecnica y financiera, ejecucion de obras y saneamiento fisico legal. Articulo Tercero.- La operatividad del Programa se sustenta en la participacion de profesionales afines al sector vivienda, constituidos en Entidades Tecnicas, quienes seran las responsables de verificar el saneamiento fisico legal de los inmuebles, del desarrollo de expedientes tecnicos y de la ejecucion de obras, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26850, Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.Asi mismo se faculta a la instancia municipal a suscribir convenios con las notarias de la jurisdiccion, los colegios profesionales y la SUNARP a fin de facilitar los tramites que el MORDAZA de la legislacion permita. Articulo Cuarto.- Para el desarrollo del Programa de Vivienda la Municipalidad realizara las siguientes acciones: 1. Identificar las potenciales areas de intervencion. 2. Crear y mantener el Registro de Unidades de Vivienda a intervenir. 3. Difundir el Programa. 4. Generar la normatividad complementaria para facilitar la implementacion del Programa. 5. Crear mecanismos de gestion agil y asequible para facilitar el MORDAZA de formalizacion de las Unidades de Vivienda a Intervenir. 6. Emitir los certificados y licencias de obras, conformidad de obras y similares. 7. Formar equipos tecnicos para la evaluacion de las unidades de vivienda a intervenir y para la difusion del programa. 8. Facilitar el acceso a MORDAZA de financiamiento de los postulantes en el MORDAZA de elaboracion de expedientes tecnicos de obra, a traves de la firma de convenios con entidades financieras o Cooperativas locales. Articulo Quinto.- Delegar en calidad de responsable del Programa Municipal de Vivienda a un funcionario municipal, con el objetivo de implementar y ejecutar el desarrollo del Programa Municipal de Vivienda, cuyas acciones seran registrar, verificar, evaluar y aprobar tecnicamente los proyectos de vivienda (sea en modalidad de mejoramiento o densificaciones), asi como supervisar la obra y otorgar la conformidad de la misma. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la gestion del Programa Municipal de Vivienda a la que se le faculta a planificar y aplicar el desarrollo progresivo del mismo a traves del Responsable del Programa, que a su vez estara dirigida por el propio Gerente de Desarrollo MORDAZA u otro funcionario designado para tal fin.

Articulo Setimo.- Podran acogerse a este programa los contribuyentes propietarios de vivienda y los inmuebles que cumplan con los requisitos establecidos para el otorgamiento del MORDAZA FAMILIAR HABITACIONAL y para el PROGRAMA TECHO PROPIO respectivamente, que hayan sido calificados favorablemente por la oficina de Asesoria Tecnica de la Municipalidad. Articulo Ocho.- Autorizar la Declaracion Jurada de datos por la cual en forma gratuita, los vecinos podran declarar, rectificar, regularizar, modificar, incorporar, subsanar y en general actualizar la informacion relativa a su impuesto predial, estableciendose la condonacion del pago de cualquier clase de multa, respecto de dichas declaraciones y transferencias de inmuebles. Articulo Nueve.- Aprobar la reduccion a un 20% del costo de las tarifas por derechos municipales que figuran en el MORDAZA vigente para la emision de Certificado de Parametros Urbanisticos, Certificado de Retiro, Regularizacion de Licencia de Obra, Licencia de Obra Nueva, Licencia por Obra Menor, Certificado de Finalizacion de Obra y Declaratoria de Fabrica para todas aquellas solicitudes relacionadas con el Programa de Vivienda Municipal, asi como la condonacion de multas por construir sin licencia de obra. Articulo Decimo.- Aprobar, para los casos de modulos Techo Propio en la modalidad de Construccion en Sitio Propio como Obra Menor aquellas edificaciones cuyo valor de obra no excedan las 6 UIT. Articulo Decimo Primero.- Los requisitos para la construccion de los modulos que se ejecuten bajo los lineamientos del Programa Techo Propio, para sus productos "Mejoramiento de Vivienda" y "Construccion en Sitio Propio" y promovidos en el MORDAZA del Programa Municipal de Vivienda, son los siguientes: - Para el producto "MEJORAMIENTO DE VIVIENDA" con obras de remodelacion, refaccion y ampliacion.Procedimiento: 1. Actualizacion de la Declaracion Jurada de Autoavaluo 2. Certificado de Parametros Urbanisticos 3. Regularizacion de la Fabrica existente 4. Autorizacion Municipal 5. Ejecucion de obras 6. Actualizacion Post Obras de la Declaracion Jurada de Autoavaluo. Los items 1, 2, 3, 4 y 6 son de caracter municipal. - Para el producto "CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO" (Obra Menor).Procedimiento: 1. Certificado de Parametros Urbanisticos 2. Regularizacion de obras existentes 3. Licencia de Obra Nueva (menor). 4. Certificado de finalizacion de obra. 5. Declaratoria de Fabrica Municipal. Articulo Decimo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Oficina Tecnica de Promocion de la Vivienda, a la Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Gerencia de Administracion Tributaria, tomar las previsiones del caso a fin de facilitar el ingreso y tramite de los expedientes en las areas correspondientes, y disponer los recursos que fueran necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Decimo Tercero.- Dispensar de la lectura y aprobacion del acta, para su respectiva publicacion. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17227-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.