Norma Legal Oficial del día 01 de Mayo del año 2009 (01/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2009

emita el acto administrativo correspondiente, si las adendas no son suscritas por la empresa TELEFONICA en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion; Que, debido a que TELEFONICA ha ejercido su derecho de contradiccion reconocido en el articulo 109º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley No 27444, con la interposicion del recurso de reconsideracion contra la Resolucion Ministerial Nº 1402009- MTC/03, corresponde modificar el plazo para la suscripcion de las adendas que se aprobaron mediante la Resolucion Ministerial Nº 140- 2009- MTC/03; en ese sentido, el plazo de sesenta (60) dias habiles para la suscripcion de las adendas regira desde la notificacion de la presente resolucion; Que, por otro lado, corresponde publicar la presente resolucion en la pagina Web de este Ministerio en aras de otorgar la debida transparencia al presente procedimiento administrativo; De conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General - la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 011- 94- TCC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizaciones y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007- MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideracion interpuesto por la empresa TELEFONICA DEL PERU S.A.A. contra la Resolucion Ministerial Nº 1402009- MTC/03, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, quedando agotada la via administrativa. Articulo 2º.- Modificar el plazo de sesenta (60) dias habiles para la suscripcion de las adendas aprobadas por la mencionada Resolucion Ministerial Nº 140- 2009- MTC/03, en tal sentido, dicho plazo regira a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion, manteniendose inalterable en lo demas que contiene la Resolucion Ministerial Nº 140- 2009- MTC/03. Articulo 3º.- Publicar en la pagina Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

y el mantenimiento de la infraestructura de transporte correspondiente al Tramo Vial MORDAZA Mocupe ­ Cayalti ­ Oyotun a la empresa Obras de Ingenieria S.A., de acuerdo a lo previsto en las bases y en los lineamientos generales del concurso MORDAZA mencionado; Que en virtud de lo previsto en el Contrato de Concesion del Tramo Vial: MORDAZA Mocupe ­ Cayalti ­ Oyotun del Programa Costa MORDAZA, la empresa Obras de Ingenieria S.A. ha constituido una sociedad en capacidad de asumir las obligaciones que respectivamente le corresponde como consecuencia de la celebracion del citado Contrato de Concesion, la misma que se ha denominado OBRAINSA Concesion MORDAZA del Zana S.A.; Que, el Articulo 30º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96PCM, establece que son atribuciones de los sectores y/u organismos del Estado suscribir el Contrato de Concesion; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece que el Ministro de Transportes y Comunicaciones es la mas alta autoridad politica del Sector, quien a su vez se encuentra facultado a delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su cargo; Que, considerando que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones intervendra en calidad de Concedente en el Contrato de Concesion del Tramo Vial: MORDAZA Mocupe ­ Cayalti ­ Oyotun del Programa Costa MORDAZA, en representacion del Estado de la Republica del Peru, resulta necesario autorizar al funcionario que suscribira el referido Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791 y los Decretos Supremos N° 059-96-PCM, N° 060-96-PCM y N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que actuara en calidad de Concedente, suscriba el Contrato de Concesion del Tramo Vial: MORDAZA Mocupe ­ Cayalti ­ Oyotun del Programa Costa MORDAZA, asi como los documentos que resulten necesarios para su aprobacion, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

343335-1

Autorizan al Viceministro de Transportes suscribir el Contrato de Concesion del Tramo Vial: MORDAZA Mocupe - Cayalti Oyotun del Programa Costa MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 328-2009-MTC/01
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION es el organismo encargado de disenar y conducir el MORDAZA de promocion de la inversion privada en obras publicas de infraestructura y de servicios publicos; Que, en aplicacion de la citada MORDAZA, PROINVERSION, mediante Acuerdo de su Consejo Directivo de fecha 12 de agosto de 2004, ratificado con Resolucion Suprema N° 0872004-EF de fecha 09 septiembre de 2004, acordo incorporar al MORDAZA de promocion de inversion privada a su cargo, las obras y el mantenimiento de las vias que conforman el Programa Costa-Sierra, para ser entregados en concesion bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en las normas legales vigentes; Que, en acto publico celebrado el 26 de enero de 2009, PROINVERSION adjudico la buena pro del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion de las obras

342657-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 016-2009-MTC
Mediante Oficio Nº 259-2009-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, publicado en nuestra edicion del dia 22 de MORDAZA de 2009. Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA DICE: TITULO IV DE LA CIRCULACION CAPITULO I DE LOS PEATONES Y EL USO DE LA VIA (...) "Articulo 62º.- Inclusion en el concepto de peaton por extension. Las reglas de MORDAZA para peatones, tambien se aplican a las personas que usan sillas de ruedas para minusvalidos, andadores motorizados y carritos de compras, asi como a los vehiculos de ninos, como triciclos y cochecitos".

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