Norma Legal Oficial del día 11 de Enero del año 2010 (11/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de enero de 2010

entre otros, a SERVICIOS INTERNACIONALES DE COMERCIALIZACION S.A. - SICSA para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada ZORRITOS 2 con matricula Nº CE-4083-PM, de 260 TM de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 184-2000-PE/ DNE, de fecha 04 de MORDAZA del 2000, se aprobo a favor de PESQUERA ASTURIAS S.A., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE complementada por Resolucion Directoral Nº 178-98-PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera ZORRITOS 2 de matricula Nº CE-4083-PM y 278.56 m3 de volumen de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que la citada embarcacion figura en el literal J del Anexo I del listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala de MORDAZA con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta y en el Anexo V como embarcacion pesquera con permiso de pesca suspendido para el recurso hidrobiologico sardina por no contar con la red correspondiente, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, con una capacidad de bodega de 278.56 m3, asi como en el Anexo II del listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala que cuentan con derecho de sustitucion de capacidad de bodega, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente de la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que mediante los escritos del visto, la empresa INVERSIONES MOREDA S.A.C. solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera ZORRITOS 2 de matricula Nº CE-4083-PM y 278.56 m3 de volumen de bodega, para lo cual adjunta los requisitos senalados en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; Que mediante Oficio Nº 0469-2009-PRODUCE/OGA/ OEC de fecha 20 de MORDAZA de 2009, la Oficina de Ejecucion Coactiva, informa que la embarcacion ZORRITOS 2 de matricula Nº CE-4083-PM, tiene un procedimiento de ejecucion coactiva, el cual se encuentra suspendido, segun Resolucion Nº 0061-2009-S de fecha 11 de febrero de 2009, por cuanto la administrada interpuso demanda contenciosa administrativa, ante el MORDAZA Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por lo que corresponde otorgar el cambio de titular del permiso de pesca de la citada embarcacion pesquera, condicionando la vigencia del mismo al resultado del MORDAZA contencioso administrativo; Que de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada se ha determinado que la empresa INVERSIONES MOREDA S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera ZORRITOS 2 de matricula Nº CE-4083-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves de los Informes Nºs. 629 y 1343-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos

del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas a traves del Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa INVERSIONES MOREDA S.A.C., (en su condicion de ASOCIANTE segun Contrato deAsociacion en Participacion celebrado con la empresa PESQUERA ASTURIAS S.A.), el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera ZORRITOS 2 de matricula Nº CE4083-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 280-95PE complementada por Resolucion Directoral Nº 178-98PE/DNE, y modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 184-2000-PE/DNE, condicionandose la eficacia de dicho derecho administrativo al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 2º .- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a PESQUERA ASTURIAS S.A., a traves de la Resolucion Directoral Nº 184-2000-PE/ DNE, para operar la embarcacion pesquera denominada ZORRITOS 2 de matricula Nº CE-4083-PM. Articulo 3°.- Consignar a INVERSIONES MOREDA S.A.C., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera ZORRITOS 2 de matricula Nº CE-4083-PM, asi como la presente Resolucion al literal J del Anexo I y al Anexo V de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, asi como en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, excluyendo a la empresa PESQUERA ASTURIAS S.A. y la Resolucion Directoral Nº 184-2000-PE/DNE, de los indicados Anexos respecto de la citada embarcacion. Articulo 4º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 5°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 443058-7

Aprueban cambio de titular temporal de permiso de pesca a favor de Disolmar S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1001-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 29 de diciembre del 2009 Visto los escritos de Registro N°s. 00093353-2009 y Adjuntos Nºs. 1 y 2 de fechas 21 de noviembre, 10 y 15 de diciembre del 2009, solicitado por la empresa DISOLMAR S.A.C.

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