Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2010 (17/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de marzo de 2010

4.2 El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento podra disponer el monitoreo de otros parametros que no esten regulados en el presente Decreto Supremo, cuando existan indicios razonables de riesgo a la salud humana o al ambiente. 4.3 Solo sera considerado valido el monitoreo conforme al Protocolo de Monitoreo establecido por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, realizado por Laboratorios acreditados ante el Instituto Nacional de Defensa del Consumidor y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. Articulo 5º.- Resultados de monitoreo 5.1 El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es responsable de la administracion de la base de datos del monitoreo de los efluentes de las PTAR, por lo que los titulares de las actividades estan obligados a reportar periodicamente los resultados del monitoreo de los parametros regulados en el Anexo de la presente MORDAZA, de conformidad con los procedimientos establecidos en el Protocolo de Monitoreo aprobado por dicho Sector. 5.2 El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento debera elaborar y remitir al Ministerio del Ambiente dentro de los primeros noventa (90) dias de cada ano, un informe estadistico a partir de los datos de monitoreo presentados por los Titulares de las PTAR, durante el ano anterior, lo cual sera de acceso publico a traves del MORDAZA institucional de MORDAZA entidades. Articulo 6º.- Fiscalizacion y Sancion La fiscalizacion del cumplimiento de los LMP y otras disposiciones aprobadas en el presente Decreto Supremo estara a cargo de la autoridad competente de fiscalizacion, segun corresponda. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en coordinacion con el MINAM, aprobara el Protocolo de Monitoreo de Efluentes de PTAR en un plazo no mayor a doce (12) meses contados a partir de la vigencia del presente dispositivo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
ANEXO LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES PARA LOS EFLUENTES DE PTAR
PARAMETRO UNIDAD LMP DE EFLUENTES PARA VERTIDOS A CUERPOS DE AGUAS 20 10,000 100 200 6.5-8.5 150 <35

Designan responsable de brindar informacion publica y del contenido del MORDAZA de internet institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 036-2010-MINAM MORDAZA, 16 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, se aprobo la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 3º de la citada Ley, senala que el Estado tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad, para cuyo efecto se designa al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada; Que, asimismo, de acuerdo a lo previsto en el articulo 5º de la mencionada Ley, las Entidades Publicas deben identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los Portales de Internet; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 070-2008MINAM, se designo a la senorita MORDAZA MORDAZA Beas, como funcionaria responsable de brindar informacion que demanden las personas, y responsable del contenido de la informacion ofrecida en el MORDAZA de Internet del Ministerio del Ambiente; Que, por razones del servicio y considerando la renuncia al cargo que desempenaba en el Ministerio del Ambiente la servidora citada en el considerando precedente, resulta necesario designar al personal responsable de brindar informacion en el MORDAZA de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y responsable del MORDAZA de Internet Institucional; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; y De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; y el Decreto Supremo Nº 007-2008MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al abogado MORDAZA Milko MORDAZA Polar como Responsable de brindar la informacion publica del Ministerio del Ambiente y Responsable del contenido de la informacion ofrecida en el MORDAZA de Internet Institucional, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Articulo 2º.- Todos los organos del Ministerio del Ambiente, bajo responsabilidad, deberan facilitar la informacion y/o documentacion que les sea solicitada como consecuencia de lo dispuesto en el articulo precedente, dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano y en MORDAZA de Internet del Ministerio del Ambiente. Articulo 4º.- Notificar la presente Resolucion a todos los organos del Ministerio del Ambiente, al Organo de Control Institucional y al responsable designado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 469445-1

Aceites y grasas Coliformes Termotolerantes Demanda Oxigeno Demanda Oxigeno pH Solidos Totales Suspension Temperatura en Bioquimica Quimica de de

mg/L NMP/100 mL mg/L mg/L unidad mL/L °C

469446-2

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