Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2010 (17/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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Encargan funciones de la Viceministra de Desarrollo Estrategico de Recursos Naturales a la Viceministra de Gestion Ambiental
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 037-2010-MINAM MORDAZA, 16 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 001-2010MINAM, se autorizo el viaje de la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministra de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, a la MORDAZA de Doha, Estado de Qatar y a la MORDAZA de MORDAZA, Republica Checa, ambos comprendidos del 21 al 30 de marzo de 2010; quien asistira en representacion del Ministro del Ambiente a la Decimoquinta Reunion de la Conferencia de las Partes de la Convencion CITES del 24 al 25 de marzo de 2010, periodo en el cual se llevaran a cabo las votaciones y toma de decisiones por los paises Partes, asi como del 28 al 29 de marzo a las reuniones de trabajo con altos funcionarios del Ministerio para el Medio Ambiente de la Republica Checa; Que, con el proposito de garantizar la operatividad de la gestion del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, resulta necesario encargar durante dicho periodo, las funciones del referido Viceministerio; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo Nº 0072008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar del 21 al 30 de marzo de 2010, las funciones de Viceministra de Desarrollo Estrategico de Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, Viceministra de Gestion Ambiental, en adicion a las funciones propias de su cargo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 469445-2

coordinacion con la Federacion Agraria Departamental de MORDAZA de MORDAZA ­ FADEMAD, la Federacion MORDAZA del Rio de MORDAZA de MORDAZA y Afluentes ­ FENAMAD, y diversas asociaciones mineras; con quienes se acordo precisar ciertos aspectos relacionados con el Decreto de Urgencia N° 012-2010; Que, teniendo en cuenta ello y estando a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Decreto de Urgencia N° 012-2010, corresponde al Ministerio del Ambiente dictar las medidas complementarias para la mejor implementacion del mencionado dispositivo legal; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Decreto de Urgencia N° 0122010; y, en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De la actividad minera en el departamento de MORDAZA de MORDAZA Precisese, que el Decreto de Urgencia N° 012-2010 no prohibe la actividad minera en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, sino que dispone medidas para su desarrollo ordenado y de acuerdo a la legislacion nacional vigente. Lo regulado en el Decreto de Urgencia N° 012-2010 no afecta los derechos superficiales, las concesiones forestales maderables y no maderables, las concesiones para ecoturismo, las concesiones de reforestacion, las concesiones para conservacion, las areas naturales protegidas y sus zonas de amortiguamiento, los predios agricolas, asi como cualquier otro derecho otorgado dentro de las zonas de mineria aurifera. Articulo 2°.- De la prohibicion del uso de artefactos similares a las dragas De acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3) del articulo 2° y el articulo 8° del Decreto de Urgencia N° 012-2010, se entiende por dragas y artefactos similares a las unidades moviles que succionan materiales de los lechos de MORDAZA, MORDAZA y cursos de agua con fines de obtencion de oro; y, que localmente se conocen como draga de succion, balsa gringo y caranchera, con manguera de succion de cualquier dimension y que tienen incorporada o no una zaranda o canaleta. La prohibicion dispuesta en el articulo 8° del Decreto de Urgencia N° 012-2010 no incluye a las chupaderas y a los equipos operados en tierra, fuera del lecho y orillas de MORDAZA, MORDAZA y cursos de agua. Articulo 3º.- De las obligaciones derivadas del Decreto de Urgencia N° 012-2010 3.1. Corresponde a la autoridad regional competente, a traves de la Direccion Regional de Energia y Minas o la que haga sus veces, supervisar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los articulos 4º, 7º y 8º del Decreto de Urgencia Nº 012-2010. Lo anterior es precisado sin perjuicio de la facultad de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Peru ­ DICAPI, para disponer el decomiso inmediato de las dragas y otros equipos similares, o parte de estas para que las conviertan en inoperativas. 3.2. El Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, en cumplimiento de sus funciones, realizara acciones de seguimiento y verificacion del desempeno de las entidades de fiscalizacion ambiental del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Articulo 4°.- Mesas Tematicas El Ministerio del Ambiente, en coordinacion con el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, estableceran Mesas Tematicas para analizar y recomendar las acciones que correspondan respecto a la problematica que se presente en las zonas de exclusion minera y zonas de actividad minera, establecidas en los articulos 3° y 4° del Decreto de Urgencia N° 012-2010. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 469445-3

Dictan medidas complementarias para la mejor aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 012-2010
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 038-2010-MINAM MORDAZA, 16 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 234-2009MINAM del 05 de noviembre de 2009, el Ministerio del Ambiente formalizo la constitucion del Grupo Trabajo encargado de tratar el tema de ordenamiento minero en el departamento de MORDAZA de Dios; Que, a traves del Decreto de Urgencia N° 012-2010 publicado el 18 de febrero de 2010 en el Diario Oficial El Peruano, se declaro de interes nacional el ordenamiento minero en el Departamento de MORDAZA de MORDAZA, con la finalidad de garantizar la salud de la poblacion, la seguridad de las personas, la recaudacion tributaria, la conservacion del patrimonio natural y el desarrollo de las actividades economicas; Que, con fechas 25 de febrero y 02 de marzo de 2010, el Ministerio del Ambiente sostuvo reuniones de

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