Norma Legal Oficial del día 18 de Noviembre del año 2010 (18/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el area a ser objeto de la ZEE, dos representantes de las Organizaciones de Pueblos Indigenas, dos Representantes de la Empresa Privada y dos representantes de los Organismos No Gubernamentales. Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el MORDAZA unanime de sus miembros; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la conformacion de la Comision Tecnica Regional del MORDAZA de Zonificacion Ecologica Economica para el Ordenamiento Territorial en el ambito del Departamento de Huancavelica, la misma que estara integrada por: - El Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica - Quien lo preside - 01 representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huancavelica. - 01 representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. - Los alcaldes de las Municipalidades Provinciales del departamento de Huancavelica. - 07 alcaldes distritales, elegidos cada uno entre las Municipalidades Distritales del ambito de cada provincia del departamento. - 01 MORDAZA representante de las Municipalidades de Centros Poblados del departamento. - 01 representante de las Universidades del departamento. - 01 representante de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - 01 representante de COFOPRI. - 01 Representante de la Direccion Regional Agraria. - 01 representante de la Direccion Regional de Energia y Minas. - 01 representante de la Direccion Regional de Salud. - 01 representante de la Direccion Regional de Educacion. - 01 Representante del Instituto Nacional de Cultura de Huancavelica. - 01 representante de la Camara Regional de Turismo. - 02 Representantes de las Comunidades Campesinas. - 01 Representante de Camara de Comercio de Huancavelica. - 01 Representante de las MYPES del departamento. - 02 Representantes de ONGs con competencia en el tema, elegidos entre CARE PERU, CARITAS, DESCO, CEPES, CTB, INDESCO. - 02 Representantes de organizaciones de productores (alpaqueros, textil, vicuneros, artesanos y agricolas). - 02 Representantes de los Comites de Regantes. - 02 Representantes de organizaciones sociales elegidos entre Vaso de Leche, Comedores, Club de Madres y Organizaciones de Jovenes. Articulo Segundo.- La Comision Tecnica Regional una vez instalada, con asesoria del Equipo Tecnico del Proyecto Desarrollo de Capacidades para el Ordenamiento Territorial en el Departamento de Huancavelica, debera elaborar su Reglamento Interno y Plan de Trabajo, asimismo debera establecer las Sub Comisiones que considere conveniente para el mejor ejercicio de sus funciones. Articulo Tercero.- Comuniquese la presente Ordenanza Regional a los organos competentes para su conocimiento y cumplimiento conforme dispone.

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica a los cinco dias del mes de octubre del dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los doce dias del mes de octubre del ano dos mil diez. L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SCHULTZ Presidente Regional 567265-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Convocan a elecciones de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de La MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2010 La MORDAZA, 10 de noviembre de 2010 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece la conformacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el MORDAZA quien lo preside, por los Regidores, y por los Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier forma de organizacion de nivel distrital; Que, mediante Ordenanza Nº 072, se normo el MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital a traves del cual, los delegados acreditados legalmente, eligen democraticamente a sus representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, segun lo establecido en la Constitucion Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, el Articulo 11º de la MORDAZA citada, establece la conformacion del Comite Electoral responsable de la conduccion y desarrollo del MORDAZA de eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Distrital; Que, asimismo el Articulo 14º senala que es responsabilidad del MORDAZA convocar a la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, mediante Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR a elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de La MORDAZA, de acuerdo al Cronograma que como anexo forma parte del presente Decreto.

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