Norma Legal Oficial del día 24 de Noviembre del año 2010 (24/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 318-2009-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2010; Que, por Decreto Supremo N° 138-2010-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo N° 318-2009-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de noviembre de 2010; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Del 1/11/2010 al 15/11/2010 Maiz 278 Leche entera Azucar Arroz en polvo 795 557 3 762

inversion privada, minimizando los impactos sociales y ambientales y respetando e incentivando los mercados energeticos, asi como promoviendo la eficiencia energetica y el desarrollo de las energias renovables a nivel local, regional y nacional; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Articulo 4º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobar la Politica Energetica Nacional del Peru 2010-2040 Aprobar la Politica Energetica Nacional del Peru 2010-2040, contenida en el Anexo del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Financiamiento La realizacion de las acciones necesarias para la implementacion a cargo de las entidades del Sector Publico de lo establecido en el presente Decreto Supremo, se ejecuta con cargo a lo dispuesto en las Leyes Anuales de Presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3º.- Publicacion Disponer que la Politica Energetica Nacional del Peru 2010-2040 sea publicada en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Energia y Minas, en la misma fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministerio de Energia y Minas y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de noviembre del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
POLITICA ENERGETICA NACIONAL DEL PERU 2010-2040

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TRAGODARA Viceministro de Economia 570082-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban la Politica Energetica Nacional del Peru 2010-2040
DECRETO SUPREMO N° 064-2010-EM

VISION Un sistema energetico que satisface la demanda nacional de energia de manera confiable, regular, continua y eficiente, que promueve el desarrollo sostenible y se soporta en la planificacion y en la investigacion e innovacion tecnologica continua. OBJETIVOS DE POLITICA 1. Contar con una matriz energetica diversificada, con enfasis en las MORDAZA renovables y la eficiencia energetica 2. Contar con un abastecimiento energetico competitivo. 3. Acceso universal al suministro energetico 4. Contar con la mayor eficiencia en la cadena productiva y de uso de la energia 5. Lograr la autosuficiencia en la produccion de energeticos. 6. Desarrollar un sector energetico con minimo impacto ambiental y bajas emisiones de carbono en un MORDAZA de Desarrollo Sostenible. 7. Desarrollar la industria del gas natural, y su uso en actividades domiciliarias, transporte, comercio e industria asi como la generacion electrica eficiente. 8. Fortalecer la institucionalidad del sector energetico. 9. Integrarse con los mercados energeticos de la region, que permita el logro de la vision de largo plazo. LINEAMIENTOS DE POLITICA Objetivo 1: Contar con una matriz energetica diversificada, con enfasis en las MORDAZA renovables y la eficiencia energetica.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2010-EM, publicado en fecha 28 de MORDAZA de 2010 en el Diario Oficial El Peruano, se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, creandose la Direccion General de Eficiencia Energetica - DGEE, entidad integrante del Ministerio de Energia y Minas, que tiene entre sus funciones, proponer la politica del sector energetico en concordancia con las politicas de desarrollo nacional; Que, a traves del MORDAZA electronico del Ministerio de Energia y Minas, el 31 de MORDAZA de 2010 se procedio a publicar el Proyecto de Politica Energetica Nacional del Peru 2010-2040, el cual tambien fue difundido en diversos eventos y foros de discusion, incluido el Colegio de Ingenieros del Peru, recibiendo diversos aportes tanto al sector publico como privado; Que, la Politica Energetica Nacional del Peru 20102040 toma como referencia los lineamientos del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional - Plan Peru 2021, elaborado por el Centro de Planeamiento Estrategico - CEPLAN, ademas de sustentarse en conceptos de desarrollo sostenible y en el MORDAZA juridico nacional, con enfasis en los aspectos de promocion y proteccion de la

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