Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2010 (22/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de octubre de 2010

lo cual coadyuva al desarrollo socioeconomico y cultural de la Region Huancavelica. Aspectos que estan estrechamente vinculados con MORDAZA que debe existir respecto del medio ambiente y la dinamica propia del contexto nacional y mundial; Que el Inciso d) del Articulo 7º de la Ley 28303 - Ley MORDAZA de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, establece que el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (SINACYT), es el conjunto de instituciones y personas naturales del MORDAZA, dedicadas a la Innovacion, Desarrollo e Innovacion Tecnologica en ciencia y tecnologia y a su promocion. Esta conformado de manera enunciativa y no limitativa por las instancias de los Gobiernos Regionales, dedicadas a las actividades de Ciencia y Tecnologias en sus respectivas jurisdicciones; entre las otras instituciones; Que el Articulo 22º de la glosada Ley Nº 28303, preceptua que los Gobiernos Regionales estan representados en el Consejo Directivo del CONCYTEC y en el Directorio del FONDECYT. Las Instancias de los Gobiernos Regionales que ejecutan actividades de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CTel), podran convocar a las universidades, organizaciones y empresas de su jurisdiccion para el cumplimiento de sus funciones; Que, el Inc. 2) del Art. 10º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que, los Gobiernos Regionales ejercen las competencias compartidas que les asigna la Constitucion y el Articulo 36º de la Ley Nº 27783 - Ley Organica de Bases de la Descentralizacion, siendo una de ellas "Educacion, Gestion de los servicios educativos del nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formacion para el desarrollo"; Que, las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las politicas nacionales sobre la materia y conforme al Articulo Nº 47º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, son funciones en materia de Educacion. Cultura, Ciencia, Tecnologia, Deporte y Recreacion, entre otras : "a) Formular, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnologia y el programa de desarrollo del deporte y recreacion de la region; Que, el Gobierno Regional de Huancavelica, para el cumplimiento de las funciones establecidas, debe generar las condiciones necesarias para el desarrollo de la creatividad y la capacidad innovadora, siendo en este caso el Consejo Regional de Ciencia y Tecnologia e Innovacion, el Organo rector de generar el soporte institucional y los mecanismos promocionales de ciencia, tecnologia e innovacion en el ambito de su competencia; Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el MORDAZA unanime de sus miembros; ORDENA: Articulo Primero.- CREAR el Consejo Regional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica de Huancavelica (CORCYTEC-HVCA), como un organo del Gobierno Regional de Huancavelica, en materia de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, el mismo que tiene como finalidad: normar, orientar, coordinar, supervisar y evaluar planes, proyectos y actividades de ciencia, tecnologia e innovacion en la Region Huancavelica, e impulsar su articulacion a los planes nacionales formulados por el CONCYTEC.

Articulo Segundo.- El Consejo Regional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica de Huancavelica (CORCYTEC ­HVCA), estara integrada por un representante de las siguientes entidades: PRESIDENCIA: - Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica o a quien delegue. SECRETARIA TECNICA - Gerencia Regional de Desarrollo Social - Gerencia Regional de Desarrollo Economico. - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. MIEMBROS: - Alcaldes Provinciales. - Un representante de los Alcaldes Distritales. - Un representante de la Direccion Regional de Educacion de Huancavelica. - Un representante de la Camara de Comercio de Huancavelica. - Un representante de la Universidad Nacional de Huancavelica. - Un representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI. - Un representante de las Unidades de Gestion Educativa Local. - Un representante de los Institutos de Investigacion de la region. - Un representante de las Universidades Privadas. - Un representante del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial SENATI. - Un representante de los Institutos Superiores Tecnologicos Publicos de la region. Un representante del Equipo de Animacion Rural ­ Huancavelica (EAR-HVCA). Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, gestionar los recursos economicos y logisticos necesarios que permitan el adecuado funcionamiento del Consejo Regional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion de Huancavelica. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la responsabilidad de la constitucion e implementacion del Consejo Regional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica de Huancavelica (CORCYTEC-HVCA), en un plazo no mayor de sesenta (60) dias naturales a partir del dia siguiente de su publicacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- FACULTAR a la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica de Huancavelica (CORCYTECHVCA), para su funcionamiento, la elaboracion de su Reglamento de Organizacion y Funciones, en un plazo de 30 dias calendario posteriores a la publicacion de la presente Ordenanza Regional, la misma que sera aprobada mediante Decreto Regional y que se MORDAZA cuenta al Consejo Regional de Huancavelica. Articulo Sexto.- DEROGUESE O DEJESE sin efecto legal toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica a los ocho dias del mes de Junio del dos mil diez. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Presidente del Consejo Regional

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