Norma Legal Oficial del día 26 de Agosto del año 2011 (26/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en tanto se designe a su Titular. Articulo 13º.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el puesto de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en tanto se designe a su Titular. Articulo 14º.- Designar en calidad de suplente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el puesto de Jefe de Asesoria Legal de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, en tanto se designe a su titular. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA NARANJO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

Aprueban incorporacion definitiva de PMCE de embarcacion pesquera a favor de Pesquera Hayduk S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 428-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2011 Visto el escrito de Registro Nº 00088720-2010 de fecha 16 de noviembre del 2010, y los Adjuntos Nºs. 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de fechas 10 y 15 de diciembre del 2010, 11 y 19 de enero, 15 de febrero, 4 y 25 de marzo, 1, 6, 11 y 28 de MORDAZA, 6, 12, 13 y 17 de MORDAZA, y 16 de junio del 2011, respectivamente; presentado por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A.; y el Informe Nº 70-2011-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, emitido por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica; y, CONSIDERANDO:

682658-1

PRODUCE
Designan Director de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 246-2011-PRODUCE
MORDAZA, 25 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 107-2011PRODUCE/OGA-ORH de fecha 25 de agosto del 2011, se efectivizo la rotacion de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la plaza Nº 025 - Director de Sistema Administrativo II Nivel F-3 en la Oficina Tecnica de Innovacion Tecnologica del Viceministerio de MYPE e Industria; Que, la citada servidora, venia desempenando las funciones de Directora de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administracion, Plaza Nº 106 - Director de Sistema Administrativo II Nivel F-3, la cual segun la Resolucion Ministerial Nº 242-2011-PRODUCE de fecha 22 de agosto del 2011 es de Libre Designacion y Remocion por el Titular de la Entidad y que a la fecha, se encuentra vacante; Que, en tal sentido, corresponde dictar el acto de administracion, por el cual se designe a la persona que desempenara el cargo de Director de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion; Con el visado de la Secretaria General y de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Resolucion Directoral Nº 013-92INAP-DNP - Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal"; y Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BURNEO MORDAZA Ministro de la Produccion

683043-1

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con la finalidad de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su articulo 2º, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo Nº 1084. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, el articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, establece en su numeral 1) que, una vez determinado y atribuido el PMCE a una embarcacion, este quedara ligado para todos los efectos al permiso de pesca y a la embarcacion que sirvieron de base para su calculo y determinacion inicial. El PMCE no podra ser transferido de manera independiente de la embarcacion que sirvio de base para su calculo y determinacion inicial. Asimismo, en el numeral 2) senala que, no procedera la asociacion o incorporacion que se refiere este numeral en caso de verificarse que los titulares de las embarcaciones pesqueras materia de la misma cuenten con sanciones de multa o suspension que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas mediante sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada. En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la asociacion o incorporacion, encontrandose condicionada la vigencia a su resultado; Que, el articulo 16º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, establece los requisitos para asociar o incorporar de manera definitiva el PMCE fijado para una embarcacion a otra u otras embarcaciones del mismo armador que cuenten con permiso de pesca para los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA para consumo humano indirecto; Que, el articulo 17º del referido Reglamento, establece que, la embarcacion cuyo PMCE ha sido asociado o incorporado definitivamente a otra u otras embarcaciones quedara impedida de realizar actividades extractivas del Recurso dentro del ambito maritimo nacional, quedando su permiso de pesca, incremento de flota o, de corresponder, el derecho de sustitucion de bodega suspendidos durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, segun lo establecido en el articulo 20º del presente Reglamento.

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