Norma Legal Oficial del día 26 de Agosto del año 2011 (26/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de agosto de 2011

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Res. Nº 332-2011-GAC/MM.- Declaran habilitado de oficio predio ubicado en el Malecon de la Reserva y disponen inscripcion registral del cambio de condicion de "rustico" a "urbano" 449090 MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA Ordenanza Nº 269.- Aprueban Ordenanza que prohibe dejar vehiculos, carrocerias, autopartes y chatarras abandonados en la via publica, del distrito del MORDAZA 449091 Ordenanza Nº 270.- Aprueban cambio de nomenclatura del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nicolini Bollentini por el de Plaza de MORDAZA del MORDAZA 449092 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA R.A. Nº 076-2011-MSMM.- Aprueban disponibilidad presupuestal para el desarrollo de la actividad "Implementar un Programa de Segregacion en la fuente como parte del MORDAZA de recoleccion de residuos solidos domiciliarios" 449093

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SUCRE Ordenanza Nº 039-2011-MPS/A.- Aprueban Plan de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de Sucre, distrito de Morcolla 449094

SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 105-2011-CD/OSIPTEL.- Mandato de Interconexion entre MORDAZA Movil Peru S.A.C. y Telefonica Moviles S.A. 449008 ECONOMIA Y FINANZAS MORDAZA Macroeconomico Multianual Revisado 2012 - 2014 1 al 36
del 01 de setiembre de 2011, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales. Durante el termino del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, queda suspendido el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de agosto del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA VALDES DANCUART Ministro del Interior

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Prorroga de Estado de Emergencia declarado en provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavellca, MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 075-2011-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2011-PCM de fecha 22 de junio de 2011, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 03 de MORDAZA de 2011, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos alli indicados; Que, el articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, establece en el numeral 1) que la prorroga del Estado de Emergencia requiere MORDAZA Decreto; y, Que, por Decreto Legislativo Nº 1095 de fecha 31 de agosto de 2010, se establecieron los procedimientos que regulan la intervencion de las Fuerzas Armadas en zonas declaradas en Estado de Emergencia; y, De conformidad con el articulo 118°, numerales 4) y 14) de la Constitucion Politica del Peru; con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia. Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir

683047-1

Dejan sin efecto alcances de la R.S. N° 244-2011-PCM, que autorizo viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 248-2011-PCM
MORDAZA, 25 de agosto de 2011 VISTA: La Resolucion Suprema Nº 244-2011-PCM, que autorizo el viaje del Ministro de Estado en el Despacho

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