Norma Legal Oficial del día 16 de Diciembre del año 2011 (16/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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formo parte del Lote A-1 del Fundo Chuquitanta, signado con la Unidad Catastral Nº 10397 en el Distrito de San MORDAZA de Porres. Que en virtud a la Ordenanza Nº 292-MML se han aplicado los Aportes Reglamentarios, para el area asignada con Zonificacion R-4 Residencial de Densidad Media, con lo cual el aporte de Recreacion Publica esta constituido por el area de 2,825.20 m2, el aporte de Parques Zonales (SERPAR) es de 565.04 m2 y el aporte al Ministerio de Educacion esta constituido por el area de 565.04 m2; Que mediante el Informe Nº 348-2011-CDV-SGCHUGDU-MDSMP se senala que el administrado ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley 26878-"Ley General de Habilitaciones Urbanas y el MORDAZA de esta corporacion. Asimismo se indica que la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del terreno de 28,252.01 m2 sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda "Residencial La Planicie"", calificado con zonificacion Residencial de Densidad Media "R-4", Comercio Vecinal (C2), Centro de Educacion Basica (E-1) y Recreacion Publica (ZRP) ha cumplido con los planes urbanos respecto a la zonificacion, sistema vial y aportes reglamentarios dejando en el terreno el area de 2,325.30m2 destinado a Recreacion Publica y el area de 486.92m2 destinado al Ministerio de Educacion. Al no exisitir areas libres se redimira en dinero hasta MORDAZA de la Recepcion de Obras por el deficit de aportes de Recreacion Publica constituido por el area de 499.90m2, Parques Zonales por el area de 565.04m2 y por el deficit destinado al Ministerio de Educacion constituido por el area de 78.12m2 Que de acuerdo a la Valorizacion Nº 014-2011SGCHU-GDU/MDSMP del 11.08.2011 se calcula el valor por Proyectos y Control de Obras y por el Deficit de Aportes de Recreacion Publica de 499.90 m2 con zonificacion RDM (R-4) por el monto de S/. 12,957.46 nuevos soles cancelando en Tesoreria de esta corporacion segun Recibo Nº 3711008763 del 25.08.2011. Que con Codificado Nº 43080-01-2011 de fecha 13.09.2011, el administrado acuerda dejar en garantia de pago por el deficit de aporte al Ministerio de Educacion por el area de 78.12 m2 el Lote 10 de la Mz F y para Parques Zonales (Serpar) por el area de de 565.04 m2 deja en garantia los Lotes 5 y 13 de la Mz. F y los Lotes 14 y 15 de la Mz B del Programa de Vivienda "Residencia La Planicie". Que, mediante el Informe Nº 433-2011-CDV-SGCHUGDU-MDSMP de fecha 24.10.2011, el area Habilitaciones Urbanas, despues de haber evaluado y analizado la documentacion presentada por los administrados senalan que el administrado ha cumplido con los requisitos y pagos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en la Ley 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y el Texto Unico aprobado por DS. 011-1998-VIVIENDA. Que, la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, vigente cuando se inicio el presente tramite, en su Art. 3º establece que corresponde a las Municipalidades Distritales en el ambito de su respectiva circunscripcion territorial, conocer y aprobar las solicitudes de habilitacion MORDAZA que presenten las personas naturales o juridicas, las asociaciones de vivienda, Pro-vivienda, las cooperativas o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda incluyendo los casos de regularizaciones pendientes o en tramite; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de

las municipalidades distritales: 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; De conformidad con el articulo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades; articulo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, DS. 011-98-VIVIENDA y Reglamento Nacional de Construcciones; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del terreno de 28,252.01m2, de conformidad con el Plano signado con el Nº 115- 2011SGCHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", Comercio Vecinal C2, Centro de Educacion Basica (E-1) y Recreacion Publica (ZRP), constituido por el Lote Nº 19 que formo parte del Lote A-1 del Fundo Chuquitanta, signado con la Unidad Catastral Nº 10397 inscrito en la Partida Nº 44193035 sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda "Residencial La Planicie", en el Distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA RESIDENCIAL S.A.C.; para ejecutar las obras de Habilitacion MORDAZA en un plazo MORDAZA de treinta y seis meses (36 meses) computados a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion, responsabilizandose a los administrados por la culminacion de las mismas como son las obras de agua potable y alcantarillado, electrificacion, pavimentacion de pistas y veredas, ornamentacion del MORDAZA y senalizacion de la Habilitacion MORDAZA del terreno de 28,252.01m2, debiendo sujetarse al plano firmado y MORDAZA por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, signado con el Nº 115-2011-SGCHU-GDU-MDSMP y teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: Diseno: La Habilitacion MORDAZA se ha ejecutado de acuerdo al siguiente Cuadro de Areas: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION Area Bruta del Terreno Area Zonificacion RDM R-4 Area Comercio Vecinal ­C2 Area Util de Vivienda Area de Recreacion Publica Area Ministerio de Educacion Area de Circulacion y Vias AREA (m2) 28,252.01 28,252.01 1,853.04 15,378.84 2,325.30 486.92 8,207.91

CUADRO DE MANZANAS Y LOTES MANZANA A B C D E F TOTAL AREA UTIL LOTES 26 28 12 9 10 28 113 AREA (m2) 3,433.50 3,489.00 1,815.10 1,077.50 2,022.84 3,540.90 15,378.84

AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL.

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