Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

Pasajes Terrestres: MORDAZA - Valparaiso - MORDAZA (CHILE) US$ 30.00 x 2 x 1 persona Viaticos: US$ 200.00 x 5 dias x 1 persona Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El referido Oficial Superior, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

Que, sin embargo, es necesario establecer normas adicionales a la reglamentacion actualmente vigente, que permitan a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria efectuar adecuadamente su labor de control encomendada tanto por la Ley Nº 28306, Ley que modifica articulos de la Ley Nº 27693, asi como por las normas que regulan sus competencias; De conformidad con lo preceptuado en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Informacion solicitada por la SUNAT La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT dentro del ambito de las facultades que le otorga el Codigo Tributario, podra solicitar informacion referida a la fuente, origen, uso y destino del dinero en efectivo y/o en instrumentos financieros que MORDAZA declarados de acuerdo a lo establecido mediante la Sexta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 28306, asi como toda informacion adicional y, asimismo, podra efectuar cruces de informacion con cualquier persona o entidad publica o privada, respecto del dinero en efectivo y/o en instrumentos financieros que MORDAZA declarados. La informacion declarada sera registrada y transmitida electronicamente a la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, UIF - Peru, a traves del Oficial de Enlace SUNAT. Articulo 2º.- Aprobacion de disposiciones complementarias La SUNAT aprobara, mediante Resolucion de Superintendencia, las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para el debido cumplimiento del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Normas Adicionales a la Reglamentacion de la Sexta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 28306
DECRETO SUPREMO Nº 146-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27693 se creo la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, UIF-Peru, para recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir informacion para la deteccion del MORDAZA de activos y/o del financiamiento del terrorismo; Que, con Ley Nº 28306 se modificaron diversos articulos de la Ley Nº 27693, y en su Sexta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final, se dispuso que toda persona que ingrese y/o salga del MORDAZA, nacional o extranjero, tenga la obligacion de declarar bajo juramento el dinero en efectivo y/o en instrumentos financieros que porte consigo por mas de US$ 10 000,00 (diez mil y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en moneda nacional u otra extranjera; correspondiendo a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, la implementacion, control y fiscalizacion de lo dispuesto en el presente articulo; Que, con Decretos Supremos Nºs. 163-2002-EF y 061-2003-EF se reglamento la Ley Nº 27693, y mediante Decreto Supremo Nº 018-2006-JUS se adecuo dicha reglamentacion a proposito de las modificaciones introducidas por la Ley Nº 28306;

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Aceptan renuncia de representante del Ministerio de Economia y Finanzas ante el Directorio del Banco de la Nacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2011-EF
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 014-2010EF, del 30 de enero de 2010, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rubio como representante del Ministerio de Economia y Finanzas ante el Directorio del Banco de la Nacion; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; Que, en tal sentido, resulta necesario aceptar la renuncia presentada por citado funcionario; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 07-94-EF y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rubio, como representante del Ministerio de Economia y Finanzas ante el Directorio del Banco de la Nacion, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados al Estado.

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