Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

con matricula CO-20183-PM) de la siguiente manera: (i) dos (02) embarcaciones a ser construidas con 806.67 y con 806.68 m3 de capacidad de bodega, con permiso para anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al Consumo Humano Directo, y anchoveta y sardina con destino al Consumo Humano Indirecto; y (ii) una (01) embarcacion a ser construida con 800 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca para jurel y caballa con destino al Consumo Humano Directo, y anchoveta y sardina con destino al Consumo Humano Indirecto; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 716-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 20 de noviembre de 2010, se aprobo la incorporacion definitiva del PMCE de las embarcaciones pesqueras TIGRE 5 de matricula MO5475-PM y PACHACUTEC 3 de matricula CE-6330-PM a la embarcacion pesquera RIBAR XIV de matricula CE-11569PM; Incorporar al Listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Norte-Centro y al Listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Sur del litoral. Asimismo, se establecieron los nuevos PMCE, siendo para la embarcacion RIBAR XIV de matricula CE-11569-PM 0.4214801% para la MORDAZA NorteCentro y de 0.015650% para la MORDAZA Sur; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 719-2010PRODUCE/DGEPP del 20 de noviembre de 2010, se aprobo la incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera PARDELA de matricula PT-4825-PM a la embarcacion pesquera RIBAR I de matricula CE-3707PM; Incorporar al Listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Norte-Centro y al Listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Sur del litoral. Asimismo, se establecieron los nuevos PMCE, siendo para la embarcacion RIBAR I de matricula CE-3707-PM 0.318860% para la MORDAZA NorteCentro y de 0.074514% para la MORDAZA Sur. Por orto lado se aprobo la incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula CE1838-PM y SAN MORDAZA 4 de matricula SE-4673-PM a la embarcacion pesquera RIBAR XIII de matricula CE-2889PM; Incorporar al Listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Norte-Centro y al Listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Sur del litoral. Asimismo, se establecieron los nuevos PMCE, siendo para la embarcacion RIBAR XIII de matricula CE-2889-PM 0.442460% para la MORDAZA NorteCentro y de 0.366383% para la MORDAZA Sur; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 734-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 20 de noviembre de 2010 se aprobo la incorporacion definitiva del PMCE de las embarcaciones pesqueras MORDAZA de matricula PT4990-PM y CHALACO de matricula CO-5544-CM a la embarcacion pesquera RIBAR III de matricula CE-2509PM, Incorporar al Listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Norte-Centro y al Listado de PMCE correspondiente a la MORDAZA Sur del litoral. Asimismo, se establecieron los nuevos PMCE, siendo para la embarcacion RIBAR XIII de matricula CE-2889-PM 0.427900% para la MORDAZA NorteCentro y de 0.059098% para la MORDAZA Sur; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 745-2010PRODUCE/DGEPP del 30 de noviembre de 2010, se aprobo la incorporacion definitiva del PMCE de las embarcaciones PACHACUTEC 4 de matricula CE-6182PM y PACHACUTEC 1 de matricula CE-0002-PM a la embarcacion pesquera RIBAR XV de matricula CE10695-PM; y, de las embarcaciones PACHACUTEC 6 de matricula CE-13581-PM y PACHACUTEC 21 de matricula CE-13246-PM a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-20183-PM. Asimismo, se establecieron los nuevos PMCE, siendo para la embarcacion RIBAR XV de 0.364830% para la MORDAZA Norte-Centro y de 0.100507% para la MORDAZA Sur; y, para la embarcacion MORDAZA de 0.472610% para la MORDAZA Norte-Centro y de 0.184296% para la MORDAZA Sur; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 773-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 16 de diciembre de 2010, se declaro IMPROCEDENTE la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de once (11) embarcaciones pesqueras no siniestradas, con permiso de pesca para el recurso anchoveta para consumo humano indirecto, a implementarse en seis (06) embarcaciones pesqueras, presentada por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. por presentar el permiso de pesca suspendido, por haber servido de base para las incorporaciones definitivas aprobadas mediante Resoluciones Directorales Nº 745; 719; 734 y 716-2010PRODUCE/DGEPP; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 226-2011PRODUCE/DGEPP del 05 de MORDAZA de 2011, se acepto la renuncia de asociacion o incorporacion definitiva del

PMCE de las embarcaciones pesqueras PACHACUTEC 4 de matricula CE-6182-PM, PACHACUTEC 1 de matricula CE-0002-PM, PACHACUTEC 6 de matricula CE-13581PM y PACHACUTEC 21 de matricula CE-13246-PM, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 745-2010PRODUCE/DGEPP; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 227-2011PRODUCE/DGEPP del 05 de MORDAZA de 2011, se acepto la renuncia de asociacion o incorporacion definitiva del PMCE de las embarcaciones pesqueras PARDELA de matricula PT-4825-PM, DON MORDAZA de matricula CE-1838-PM y SAN MORDAZA 4 de matricula SE-4673-PM, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 719-2010-PRODUCE/ DGEPP; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 228-2011PRODUCE/DGEPP del 05 de MORDAZA de 2011, se acepto la renuncia de asociacion o incorporacion definitiva del PMCE, de las embarcaciones MORDAZA de matricula PT-4990-PM y CHALACO de matricula CO-5544-CM, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 734-2010-PRODUCE/DGEPP; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 229-2011PRODUCE/DGEPP del 05 de MORDAZA de 2011, se acepto la renuncia de asociacion o incorporacion definitiva del PMCE de las embarcaciones pesqueras TIGRE 5 de matricula MO-5475-PM y PACHACUTEC 3 de matricula CE-6330-PM, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 716-2010-PRODUCE/DGEPP; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 356-2011PRODUCE/DGEPP, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, se aprobo a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. los permisos de pesca para operar las embarcaciones pesqueras "INCAMAR 1" e "INCAMAR 2" de matriculas CE-38246-PM y CE-38247PM, y con capacidad de bodega de 806.67 y 806.68 m3 respectivamente, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al Consumo Humano Directo e Indirecto y los recursos jurel y caballa con destino al Consumo Humano Directo, cada una; asi como a la embarcacion pesquera "INCAMAR 3" de matricula CE38248-PM, y con capacidad de bodega de 800.00 m3 , para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al Consumo Humano Indirecto y los recursos jurel y caballa con destino al Consumo Humano Directo; utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) y diez (10) millas marinas adyacentes a la costa. Asimismo, se cancelaron los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras RIBAR I con matricula CE3707-PM, RIBAR III con matricula CE-2509-PM, RIBAR XIII con matricula CE-2889-PM, RIBAR XIV con matricula CE-11569-PM, RIBAR XV con matricula CE-10695-PM y MORDAZA con matricula CO-20183-PM; Que, mediante los escritos del visto, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., solicita (i) autorizacion de incremento de flota de seis (06) embarcaciones con 2 503.15 m3 de capacidad de bodega total, que ya se encuentran construidas denominadas RIBAR I con matricula CE-3707-PM, RIBAR III con matricula CE-2509-PM, RIBAR XIII con matricula CE-2889PM, RIBAR XIV con matricula CE-11569-PM, RIBAR XV con matricula CE-10695-PM y MORDAZA con matricula CO-20183-PM, via sustitucion de once (11) embarcaciones pesqueras no siniestradas con 2 413.35 m3 de capacidad de bodega total, denominadas PACHACUTEC 1 de matricula CE-0002-PM, PACHACUTEC 3 de matricula CE-6330-PM, PACHACUTEC 4 de matricula CE-6182PM, PACHACUTEC 6 de matricula CE-13581-PM, PACHACUTEC 21 de matricula CE-13246-PM, SAN MORDAZA 4 de matricula SE-4673-PM, TIGRE 5 de matricula MO-5475-PM, CHALACO de matricula CO-5544-CM, DON MORDAZA de matricula CE-1838-PM, MORDAZA de matricula PT-4990-PM y PARDELA de matricula PT-4825PM; (ii) se le reserve el saldo de 89.80 m3 de capacidad de bodega; (iii) la renuncia al permiso de pesca para la extraccion del recurso hidrobiologico sardina, respecto a las embarcaciones PACHACUTEC 1 de matricula CE0002-PM, PACHACUTEC 21 de matricula CE-13246PM, TIGRE 5 de matricula MO-5475-PM, DON MORDAZA de matricula CE-1838-PM, CHALACO de matricula CO5544-CM, PACHACUTEC 3 de matricula CE-6330-PM, PARDELA de matricula PT-4825-PM, SAN MORDAZA 4 de matricula SE-4673-PM, MORDAZA de matricula PT-4990PM y PACHACUTEC 4 de matricula CE-6182-PM; (iv) via acumulacion de expediente, el permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras RIBAR I con matricula CE-

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