Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2011 (23/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2011

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Disponen publicar relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de junio de 2011
RESOLUCION Nº 450-2011-OSCE/PRE
MORDAZA MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1011 VISTO: El Memorando Nº 871-2011/DS-MSH de la Direccion del SEACE, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 9º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial "El Peruano" la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 281º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el OSCE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Direccion del SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de junio del 2011. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de junio del 2011: 1. EKKO COMPANY S.R.L., inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 661-2011-TC-S3 del 18.04.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion. 2.R & R CONSULTORACONTRATISTAS GENERALES S.R.L. ­ R & R S.R.L., Inhabilitacion por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 10) del articulo 294 del Reglamento del Texto Unico de le Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM; segun Resolucion Nº 784-2011-TC-S1 del 11.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de publicada la indicada resolucion. 3. WORLD SERVICE COMPANY S.A.C., Mediante Resolucion Nº 1172-2011-TC-S2 del 05.07.2011, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 7902011-TC-S2 del 11.05.2011, que lo sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de

seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017. 4. R & J INGENIEROS CONTRATISTAS S.R.L., Mediante Resolucion Nº 1121-2011-TC-S3 del 28.06.2011 se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 801-2011-TC-S3 del 12.05.2011 que lo sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por suscribir contrato sin contar con inscripcion vigente en el RNP, infraccion tipificada en literal e) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el literal e) numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 5. GRUPO INVERCENTRO S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, infraccion tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51° de la Ley de Contrataciones del Estado y el literal a) numeral 1 del articulo 237° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 805-2011-TC-S2 del 12.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 6. ASOCIACION DE PRODUCTORES MI MORDAZA, Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del articulo 30º del Reglamento de la Ley Nº 27767 del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria (PRONAA), aprobado mediante Decreto Supremo Nº002-2004-MINDES, segun Resolucion Nº 813-2011-TC-S3 del 16.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 7. CONSTRUCCIONES & FABRICACIONES JENCERPE E.I.R.L., Inhabilitacion por dieciocho meses (18) en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte y la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, infracciones tipificadas en los literales b) e i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con los literales b) e i) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 823-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion. 8. JAT CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado , por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 826-2011-TC-S4 del 17.05.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. TESACOM PERU S.A.C., Mediante Resolucion Nº 1013-2011-TC-S4 del 14.06.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 827-2011-TC-S4 del 17.05.2011 que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por estar impedido para ser contratista y por la MORDAZA de documentacion inexacta, infracciones tipificadas en los literales g) e i) del articulo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado en concordancia con los literales d) e i) del articulo 237del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 10. INGENIERIA Y PROYECTOS ELECTROMECANICOS INTEGRALES S.A.C., Mediante Resolucion Nº1008-2011TC-S1 del 14.06.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 829-2011-TC-S1 del 17.05.2011 que la

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