Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 2011 (03/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de junio de 2011

Articulo 6º.- FONDO MUNICIPAL DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Constituyase el Fondo Municipal de Promocion de la Inversion Privada de la Municipalidad de La MORDAZA (FOMPRI). Los recursos del FOMPRI seran destinados a financiar todos aquellos gastos imputables, directa o indirectamente, al MORDAZA de promocion de la inversion privada a cargo del Organismo Promotor de la Inversion Privada. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Establezcase que por Decreto de Alcaldia se dicten las disposiciones complementarias a la presente Ordenanza asi como las normas reglamentarias para la tramitacion y evaluacion de las Iniciativas Privadas en proyectos de Inversion Publica. Segunda.- Autoricese a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y la Gerencia de Administracion y Finanzas a financiar los gastos en que incurra (n) el (los) CEPRI por la ejecucion de los procesos de promocion de la inversion privada; los recursos empleados deberan ser reembolsados con los recursos propios que genere el FOMPRI. Tercera.- Disponer la publicacion del texto de la presente Ordenanza en el diario Oficial El Peruano, en la Pagina Web de la Municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Cuarta .- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 647665-1

que representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 56º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las vias y areas publicas, con subsuelos y aires son bienes de dominio y uso publico. En ese sentido, el espacio publico constituye un bien que debe ser usado por los ciudadanos de acuerdo a su naturaleza y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley, razon por la cual la utilizacion de dicho espacio publico requiere una autorizacion municipal con la finalidad que se evalue y verifique que tal uso no se encuentre en contradiccion con su naturaleza y con las normas sobre ornato, seguridad y mantenimiento de la infraestructura urbana; Que, en ese sentido, se ha verificado que durante la ejecucion de obras en las vias publicas del distrito de MORDAZA MORDAZA por parte de las empresas concesionarias de servicios publicos, en muchas ocasiones los trabajos que se realizan, lo hacen sin la respectiva autorizacion administrativa municipal, fuera de los cronogramas y horarios establecidos, sin prever alternativas para la fluidez vehicular, sin atender y cumplir las medidas de seguridad reglamentarias, entre otras conductas, que generan peligro, creciente malestar en la poblacion y atentan contra el ornato del distrito; Que, teniendo en cuenta que es objeto de la Municipalidad preservar el ornato, regular la circulacion, asi como velar por la seguridad de los ciudadanos, MORDAZA los trabajos de ejecucion de obras de las empresas de servicios publicos con el fin de evitar el desorden y afectacion del espacio urbano; ademas de garantizar a los ciudadanos un MORDAZA fluido y sin riesgo para su seguridad; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento para la Ejecucion de Obras en Areas de Dominio Publico en el distrito de MORDAZA MORDAZA, el mismo que consta de cuatro (04) Titulos y Cuarenta y Tres Articulos (43) articulos, una (1) disposicion transitoria y, dos (2) disposiciones finales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza; cuyo texto completo se encontrara a disposicion de los administrados en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA (www. munimagdalena.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), como Anexo I a la presente Ordenanza. Articulo 2º.- MODIFIQUESE en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, los procedimientos regulados en la presente ordenanza, de conformidad a lo previsto en el Anexo II de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- INCORPORESE al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aplicable de conformidad a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 182-MDMM, los Codigos de Infraccion previstos en el Anexo III de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- DEROGUESE toda MORDAZA que se oponga a la presente ordenanza. Articulo 5º.- FACULTESE al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 648124-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban el Reglamento para la Ejecucion de Obras en Areas de Dominio Publico
ORDENANZA Nº 467-MDMM MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 11 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 344-2011-DOPT-GDUO/MDMM del Departamento de Obras Publicas y Transporte, el memorando Nº 300-2011-GDUO-MDMM de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y el Informe Nº 435-2011GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607; Que, las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular,

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