Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2011 (15/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Rubro 1

NO PROPORCIONAR O PROPORCIONAR A DESTIEMPO O DE FORMA PARCIAL O EN FORMATOS DIFERENTES A LOS APROBADOS, LA INFORMACION Y/O DOCUMENTACION REQUERIDA POR OSINERGMIN Y/O POR REGLAMENTACION. Infraccion Base Normativa Sancion Sancion No Pecuniaria Art. 53° del Reglamento aprobado por D.S. N° 015-2006-EM. Art. 69° del Reglamento aprobado por D.S. N° 006-2005-EM. Arts. 26° numerales 26.1, 26.3, 26.4, 26.5, 26.6 y 26.7, 28° y 29° numeral 29.7 del Reglamento aprobado por D.S. N° 043-2007 EM. Art. 36° literal g) del Reglamento aprobado por D.S. N° 081-2007-EM. Arts. 67° y 79° del Anexo 1 del Reglamento aprobado por D.S. N° 081-2007-EM. Art. 14° del Reglamento aprobado por D.S. N° 057-2008-EM. Arts. 4°, 5° numeral 5.2, 6° numerales 6.1, 6.2, 6.3, 6.4, 6.5, 6.6, 6.7, 6.8 y 6.10, 8° y 9° del Procedimiento aprobado por R.C.D. N° 172-2009-OS/CD. Arts. 20º, 21º y 23º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 040-99-EM Art. 24º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 032-2004-EM Art. 1º de la R.C.D. Nº 003-2011-OS/CD Arts. 4º numerales 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5; 5º numerales 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5; 7º numeral 7.2 y 8º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 169-2011-OS/CD. Pecuniaria

Articulo 4º.- Autorizar a la Gerencia General de OSINERGMIN a aprobar y modificar los formatos, cartas de visita y actas; asi como dictar las disposiciones tecnico-operativas y medidas complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y la publicacion, en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) del "Procedimiento para el Reporte de Emergencias en las Actividades de Comercializacion de Hidrocarburos", de los formatos asi como de la Exposicion de Motivos que como Anexos Nºs I, II y III respectivamente, forman parte integrante de la misma. Articulo 6º.- La presente Resolucion y sus Anexos entraran en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Articulo 7º.- El presente procedimiento sera de aplicacion para los reportes por emergencias ocurridas a partir de la entrada en vigencia de la norma; siendo que, los reportes por emergencias ocurridas de manera previa deberan ser presentados por las empresas supervisadas comprendidas en la presente MORDAZA, de acuerdo con los formatos aprobados mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 088-2005-OS/CD. Articulo 8º.- Dejar sin efecto el procedimiento aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 0882005-OS/CD. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN
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Modifican la Res. Nº 196-2010-OS/CD, que aprobo el Procedimiento para la Adecuacion del Sistema de Control de Ordenes de Pedido de Combustibles (SCOP) a las Disposiciones del D.U. Nº 027-2010 y del D.S. Nº 133-2010-EF
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 170-2011-OS/CD

MORDAZA, 6 de setiembre de 2011 VISTO: El Memorando Nº GFHL-DPD-2387-2011 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos a traves del cual se propone al Consejo Directivo de OSINERGMIN aprobar la modificacion de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 196-2010-OS/CD. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los

Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito y materia de su respectiva competencia, entre otros, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF y sus modificatorias, se aprobo las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, referidas a la creacion del Fondo para la Estabilizacion de Precios de Combustibles Derivados del Petroleo;

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