Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2011 (15/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2011

Organica de Gobiernos Regionales, es de competencia exclusiva de los gobiernos regionales: Planificar el desarrollo integral de su region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo. Asimismo, son funciones especificas en materia ambiental y de ordenamiento territorial que ejercen los gobiernos regionales, de acuerdo al articulo 53 de la misma ley: a)formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; d) proponer la creacion de areas de conservacion regional y local en el MORDAZA del Sistema Nacional de Areas Protegidas. Que, mediante Ordenanza Regional N° 0322009-GOREMAD/CR, se aprobo la Macrozonificacion Ecologica y Economica en la Region de MORDAZA de MORDAZA, estableciendose como una MORDAZA de Proteccion de alto valor bioecologico al area denominada Senor de la Cumbre, lo que significa que por las caracteristicas de la Unidad Ecologica Economica ­ UEE, donde se ubica, amerita una estrategia especial para la conservacion de la biodiversidad y/o de los procesos ecologicos esenciales, segun lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 0872004-PCM, Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica. Que, diferentes organos que componen la actual gestion del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, entre ellos, la Presidencia Regional y representantes del Consejo Regional, han tomado conocimiento directo que en la MORDAZA adyacente al area denominada Senor de la Cumbre se estan realizando actividades ilegales de aprovechamiento de recursos naturales, que pondrian en grave riesgo el equilibrio de un ecosistema que alberga las cabeceras de MORDAZA de los MORDAZA Manuani, Jayave y afluentes, los cuales drenan sus aguas a los MORDAZA Malinowski e Inambari respectivamente, los que desembocan en los principales MORDAZA de la region: el MORDAZA de MORDAZA y el Tambopata, principales MORDAZA de servicios hidricos para beneficio de la poblacion local. Que, esta situacion ha causado una grave convulsion social por parte de los habitantes de los poblados MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, pues conocen de la fragilidad del habitat en el que desarrollan sus actividades, asi como las potenciales consecuencias que viene presentando la mineria ilegal, sobre el actual uso y aprovechamiento que le dan al ecosistema mencionado. Que, como demuestran numerosos estudios realizados y es reconocido por diferentes normas legales vigentes, caso del Decreto de Urgencia N° 012-2010, MORDAZA por Decreto de Urgencia N° 0042011, la mineria en MORDAZA de MORDAZA causa un impacto ambiental negativo por la destruccion de los bosques y la grave contaminacion del MORDAZA de los ambientes acuaticos y los recursos hidrobiologicos, que son luego ingeridos por la poblacion local; ocasionado ademas, perjuicios en el ecoturismo, en el manejo sostenible de las concesiones forestales y castaneras; asi como, en las concesiones de conservacion y otras actividades productivas y de servicios, mermando la posibilidad de desarrollo sostenible del Departamento de MORDAZA de Dios. Que, desde el mes de noviembre del 2009, tanto autoridades como poblacion local, con el apoyo de instituciones de la sociedad civil, vienen impulsando un MORDAZA participativo para el establecimiento de una estrategia de conservacion en el area denominada Senor de la Cumbre, por representar una MORDAZA de alto valor bioecologico, segun los diferentes estudios realizados en la MORDAZA, que viene siendo amenazada por actividades ilegales, habiendose realizado una intervencion liderada por el "Grupo Tecnico, para la proteccion de la Reserva Nacional Tambopata, su MORDAZA de amortiguamiento y otras areas prioritarias para la conservacion" de manera conjunta con la poblacion local del CPM MORDAZA MORDAZA y del sector la MORDAZA, el 07 de MORDAZA de 2010.

Que, mediante Carta Nº 014-2011-CG-RNTAMB, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Comite de Gestion de la Reserva Nacional Tambopata, remite ante el Consejo Regional la propuesta tecnica, asi como el proyecto de ordenanza regional para la declaratoria de interes regional la conservacion del sector denominado "Senor de la Cumbre". Que, mediante Oficio N° 439-2011-GOREMAD/ GRRNYGMA, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, envia la propuesta tecnica que sustenta la aprobacion mediante ordenanza Regional la declaratoria de interes regional la conservacion del area denominado Senor de la Cumbre. Que mediante Informe Legal N° 651-2011-GOREMAD/ ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emite opinion favorable, para la aprobacion del proyecto en mencion. Que, mediante Dictamen Nº 001-2011-GOREMAD/ CAMAYA-P, la Comision Ordinaria de Agricultura, Medio Ambiente y Amazonia del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, opina en forma favorable para la procedencia de la aprobacion correspondiente. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio unanime de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente. Consecuentemente, se Declare de interes Regional la Conservacion del area denominado Senor de la Cumbre. Que, de conformidad con el articulo 38 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el mismo que senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobiernos Regional y reglamentan materias de su competencia. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. HA DADO SIGUIENTE: LA ORDENANZA REGIONAL

Articulo Primero.- DECLARAR, de Interes Regional la Conservacion del area denominado Senor de la Cumbre, con una extension de 13,992.00 has. (Trece mil novecientos noventa y dos) hectareas de superficie, segun la memoria descriptiva que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, inicie los procedimientos administrativos y todas las gestiones necesarias para establecer una estrategia de conservacion participativa con la poblacion local del area denominada Senor de la Cumbre, con el apoyo de un grupo tecnico de la Comision Ambiental Regional, constituido por representantes de instituciones del sector publico, del sector privado, de la sociedad civil, con el objetivo de coadyuvar esfuerzos para la conservacion efectiva de dicho area, asi como de implementar las acciones que resulten necesarias para el referido fin. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los diez dias del mes de agosto del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA ALPACA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

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