Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2011 (29/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de septiembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 697055-3

del Decreto Supremo Nº 017-2007-EF, en el cual se indica la equivalencia de 0.003785412 metros cubicos por galon (USA liquido); de esta manera se verificara el volumen en galones declarado en la correspondiente autoliquidacion. 9.8. Los valores de Volumen, Factor y Subtotal declarados en las Autoliquidaciones deberan ser redondeados a dos (02) decimales." Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. ERICK PORTUGUEZ MORDAZA Director General de Hidrocarburos 696570-1

ENERGIA Y MINAS
Incluyen numerales en el Articulo 9º del Reglamento Operativo del Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles derivados del Petroleo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 176-2011-MEM/DGH MORDAZA, 26 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 creo el "Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo", como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados, se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF se aprobaron las normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, asi como se faculto a la Direccion General de Hidrocarburos para que dicte y establezca los aspectos operativos del Fondo; Que, por su parte, el literal h) del articulo 7º de las Normas Reglamentarias y Complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, establece como una de las funciones del Administrador del Fondo, aprobar mediante Resolucion Directoral, los formularios, calendarios de MORDAZA, documentacion, exigibles para las liquidaciones y cualquier otro aspecto operativo del Fondo; Que, como resultado del Examen Especial al Fondo para la Estabilizacion de Precios de Combustibles derivados del Petroleo, la Contraloria General de la Republica ha recomendado que la Direccion General de Hidrocarburos como Administrador del Fondo, instruya a las empresas Importadoras a que utilicen una conversion volumetrica fija de metros cubicos a galones, acorde al factor establecido por el Anexo 2 del Decreto Supremo Nº 017-2007-EF; Que, considerando que en la publicacion del Informe de Factores de Aportacion y/o Compensacion, los factores se encuentran redondeados a dos (02) decimales, cualquier monto declarado en las autoliquidaciones debera ser redondeado a este numero de decimales; Que, teniendo en cuenta lo senalado en los considerandos de la presente resolucion, resulta necesario modificar la Resolucion Directoral N° 052-2005EM/DGH, mediante la cual se aprobo el Reglamento Operativo del Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles derivados del Petroleo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Incluir los numerales 9.7 y 9.8 en el articulo 9º del Reglamento Operativo del Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles derivados del Petroleo, aprobado por Resolucion Directoral Nº 0522005-EM/DGH y sus modificatorias: "9.7. En caso de volumen de importacion o exportacion consignado en metros cubicos en la Declaracion Unica de Aduanas, se utilizara el factor establecido por el Anexo 2

PRODUCE
Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Corporacion Palvar S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 538-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de agosto de 2011 Visto, el escrito de registro N° 00009270-2011 de fecha 29 de enero del 2011. y los Adjuntos Nºs. 1, 2, 3, 4 de fechas 29 de marzo, 04 y 05 de MORDAZA, y 23 de junio del 2011, respectivamente, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa CORPORACION PALVAR S.A.C, con Registro Unico de Contribuyente N° 20525825044. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 157-2002PRODUCE/DNEPP de fecha 13 de diciembre del 2002, se otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada DON MORDAZA de matricula ZS-19410CM, de Arqueo Neto 12.66, y de 53.96 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 11/2 pulgada (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina, fuera de las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral N° 927-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 20 de noviembre del 2009, se declara la caducidad del permiso de pesca otorgado al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Directoral NO 157-2002-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula ZS-19410-CM, unicamente en el extremo referido a los recursos jurel y caballa; Que, a la fecha, la embarcacion pesquera DON MORDAZA, de matricula ZS-19410-CM, con 53.96 m3 de capacidad de bodega, se encuentra inscrita en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion, a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano directo, y anchoveta para consumo humano indirecto; Que, mediante escrito y adjuntos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa CORPORACION PALVAR S.A.C, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral N° 157-2002-PRODUCE/DNEPP, modificado por la Resolucion Directoral N° 927-2009PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA DON MORDAZA, de matricula ZS-19410-CM; Que, mediante el Certificado Compendioso de Dominio N° 20491 de fecha 24 de marzo del 2011, la empresa CORPORACION PALVAR S.A.C., acredita la propiedad

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