Norma Legal Oficial del día 04 de Enero del año 2012 (04/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

458510

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de enero de 2012

transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 60 kV Pichanaki-Satipo, ubicada en los distritos de Pichanaki y Satipo, provincias de Chanchamayo y Satipo, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Ancho de Faja de Longitud servidumbre (km) que corresponde (m) 43,065 16

Salida / Llegada de la linea transmision

Tension N° de (kV) Ternas

S.E. Pichanaki ­ S.E. Satipo

60

01

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 3822011 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro ­ Electrocentro S.A., el que consta de 17 clausulas y 03 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que origine el Contrato de Concesion Nº 382-2011 referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 736714-4

(PNER) a largo plazo, con un horizonte de diez anos, el mismo que consolidara los Planes de desarrollo Regional y Local concertados, los programas de expansion de las empresas concesionarias de distribucion electrica y de electrificacion rural, las iniciativas privadas y los programas o proyectos a desarrollarse por el Gobierno Nacional; Que, el articulo 18° del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, dispone que el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) es aprobado por el Titular del Sector Energia y Minas; Que, en concordancia con lo dispuesto en el considerando anterior y lo establecido en el articulo 15° del Decreto Supremo N° 025-2007-EM, la Direccion General de Electrificacion Rural ha elaborado el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) correspondiente al periodo 2012-2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificacion Rural, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM y modificado por el Decreto Supremo N° 042-2011-EM; el Decreto Ley N° 25962, que aprueba la Ley Organica del Sector Energia y Minas; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y modificado por el Decreto Supremo N° 026-2010-EM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) correspondiente al periodo 2012-2021. Articulo 2°.- Encargar a la Direccion General de Electrificacion Rural del Ministerio de Energia y Minas la difusion del Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER), asi como disponer su publicacion en la pagina web del Ministerio de Energia y Minas a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 736713-1

Aprueban Plan a Corto correspondiente al ano 2012
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 552-2011-MEM/DM MORDAZA, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Plazo

Aprueban Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) correspondiente al periodo 2012-2021
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 551-2011-MEM/DM MORDAZA, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2007-EM, de fecha 05 de MORDAZA de 2007, se creo la Direccion General de Electrificacion Rural como organo dependiente del Despacho del Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Ley N° 28749, se aprobo la Ley General de Electrificacion Rural, con el objeto de establecer el MORDAZA normativo para la promocion y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificacion de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del pais; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, de fecha 03 de MORDAZA de 2007, se aprobo el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificacion Rural, el mismo que ha sido modificado mediante Decreto Supremo N° 042-2011-EM de fecha 20 de MORDAZA de 2011; Que, el articulo 10° de la Ley General de Electrificacion Rural, establece que el Ministerio de Energia y Minas elaborara el Plan Nacional de Electrificacion Rural

Que, mediante Ley N° 28749, se aprobo la Ley General de Electrificacion Rural con el objeto de establecer el MORDAZA normativo para la promocion y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificacion de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del pais; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, de fecha 2 de MORDAZA de 2007, se aprobo el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificacion Rural, con el objeto de reglamentar el referido MORDAZA normativo para la promocion y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificacion de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del pais; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 10 de la acotada Ley General de Electrificacion Rural, el Ministerio de Energia y Minas elaborara un Plan a Corto Plazo que incluira los proyectos a desarrollarse en el correspondiente ejercicio presupuestal, por parte del Gobierno Nacional, Regional y Local e iniciativa privada; Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 16 y 18 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, el Plan a Corto Plazo, documento tecnico que se desprende del Plan a Largo Plazo, debera aprobarse anualmente por el Titular del Sector Energia y Minas; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes, la Direccion General de Electrificacion Rural del Ministerio de Energia y Minas ha elaborado el Plan a Corto Plazo correspondiente al ano 2012,

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